Afectados por la pignoración de fondos ICO
Hola
Quiero denunciar la ilegalidad cometida por las entidades bancarias con los FONDOS ICO LIQUIDEZ concedidos a las Pymes.
En el 2011 mi empresa solicita al BANCO POPULAR un FONDO ICO LIQUIDEZ. Me concedieron 80.000€ 0,5% de comisión de apertura, un año de carencia, 8,57% tipo de interés (que me pareció muy alto pero ante la necesidad de liquidez puntual lo acepté), presentación de garantía personal y sin requisito de avales adicionales ni garantía por SGR (Del Sistema de Garantías Español). En el momento de la firma ante notario, el gestor del BANCO POPULAR asignado a la operación me informó que se habían concedido 80.000€ pero que el banco entregaría 30.000€ a la firma (40% del importe) y que pignorarían 50.000€ a un año (el 60% restante) en un FONDO DE INVERSIÓN denominado EUROVALOR TESORERÍA. Como salía de viaje y tenía prisa, firmé la documentación y me desentendí del tema.
Ahora un año después de estar pagando los intereses en el período de carencia, acudo al BANCO POPULAR para DESPIGNORAR el citado fondo de inversión suscrito con LOS FONDOS ICO y dicen que éste fondo no se puede despignorar por que se queda como un fondo de garantía sobre el crédito concedido.
Mi reclamación ante el BANCO POPULAR surge en el momento en que me entero que según cursa la operación, las cifras por ellos presentadas son: Crédito concedido: 80.000€ Importe entregado: 30.000€ Total a pagar en 4 años con intereses: 102.577,12€
La justificación que hace el banco es que:
1º Dicen que "si yo firmé esta operación es por que estaba de acuerdo". Reconozco que no he leído todo el documento firmado en el acto notarial y que lo he hecho sólo un año después
2º Dicen que " COMO CON LOS FONDOS ICO LIQUIDEZ NO HAY QUE PRESENTAR JUSTIFICACIÓN POR LA ENTIDAD BANCARIA NI POR LA EMPRESA DE EN QUE TE GASTAS EL DINERO, ellos no están obligados a modificar las condiciones de la operación"
3º El BANCO POPULAR plantea a día de hoy que ha destinado el importe pignorado en el FONDO DE INVERSIÓN EUROVALOR TESORERÍA (los 50.000€ del crédito que no me entregaron) como mecanismo de previsión ante posibles impagos, hasta que el total de la deuda alcance la cifra de 50.000€(operación ilógica y que no es comprensible de ninguna forma)
Si miráis la web del ICO http://www.ico.es en su sección de preguntas frecuentes (FAQS) de los Fondos ICO Liquidez, dicen claramente que las entidades bancarias NO PUEDEN OBLIGARTE pignorar ni parte la totalidad de los fondos concedidos en créditos ICO.
Mi objetivo es que si tu empresa está en la misma situación que la mía, nos unamos para denunciar, ejercer presión y conseguir que las entidades bancarias respondan por sus fechorías. Mi correo [email protected]