A ti ya se te ha explicado, yo en concreto, quién tiene obligación de indicar los datos referentes a nóminas en este país, y son los pagadores, no las entidades que utilizan dichos pagadores para su operativa.
Esto es una codificación INTERBANCARIA, en la cual nada tiene que ver la AEAT, más allá de la repercusión fiscal que las bonificaciones llevan aparejada, del mismo modo que un simple depósito.
También te he recomendado que acudas a un asesor fiscal para que aplaques todas tus dudas en un momento, pero por lo que veo no has recogido el guante.
¿Por qué será si como bien dices estás profundamente preocupado por el tema y quieres tenerlo todo claro y bien atado? ¿Nos ilustras? Ya puestos también podrías acudir a una oficina de la AEAT (nótese aquí la ironía).
Por contra, no cejas en tu empeño de asaltar a cualquier usuario que todavía no tienes en tu lista cuando este osa hacer un comentario al respecto de esta operativa. Ya cansa.