#3166
Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic
entran en la Campaña de Renta 2025

Artículo 42 bis. Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
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4. La obligación de información prevista en este artículo no resultará de aplicación respecto de las siguientes cuentas:
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e) No existirá obligación de informar sobre ninguna cuenta cuando los saldos a 31 de diciembre a los que se refiere el apartado 2.d) no superen, conjuntamente, los 50.000 euros, y la misma circunstancia concurra en relación con los saldos medios a que se refiere el mismo apartado. En caso de superarse cualquiera de dichos límites conjuntos deberá informarse sobre todas las cuentas.