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Retribuciones en especie

4 respuestas
Retribuciones en especie
Retribuciones en especie
#1

Retribuciones en especie

buenas tardes,

Trabajo en una sociedad limitada y tenemos un vehículo en renting por el cual pagamos una cuota mensual, ese vehículo lo utiliza un trabajador que realiza tareas de comercial, nos han dicho que se debería de hacer a través de nomina como una retribución en especie, que tratamiento fiscal tiene?, lleva iva?, como se contabilizaría esta operación?

muchas gracias.

un saludo

#2

Re: Retribuciones en especie

En principio, por la puesta a disposición de un vehiculo al trabajadores corresponde imputar un pago en especies del 20 % del valor del vehículo.
Si es como el caso del renting, donde la empresa no es la propietaria, se contabiliza el 20 % del valor de mercado actual de ese vehículo.
Establecida esta cuantía, hay que aplicar el ingreso a cuenta del IRPF. Ese ingreso a cuenta se le puede repercutir, o no, al trabajador.

Como es un vehiculo de uso mixto particular-profesional, esta operación hay que hacerla en la proporción en que sea la utilización.
Es aceptable utilizar el criterio de lo declarado a efectos de IVA.

Si para el IVA,la empresa considera (y puede acreditar) que ese vehículo está afecto al 75 % a la actividad (y por tanto, se deduce el 75 % del IVA), en ese mismo porcentae no es salario en especie, sino uso de herramienta de trabajo. Y sería salario en especie el 25 % restante.

En este caso, 75 herramienta 25 particular, la parte de salario en especie sería un 5 % del valor de mercado del vehículo.
Las retenciones o pagos a cuenta hay que contabilizarlos con la misma periodicidad que las nóminas. O sea, mes a mes.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Retribuciones en especie

Buenos días,

Muchas gracias por la respuesta, la verdad tengo muchas dudas respecto a este tema.

Cuando dices que el ingreso a cuenta se puede o no repercutir al trabajador que significa? también se puede aplicar al concepto del iva o es diferente??

Porque el salario en especie seria del 5% de valor de mercado del vehiculo???

Nosotros lo que estamos haciendo es deducirnos el iva de las cuotas del renting como un alquiler normal y deducible al 100%

y ahora queremos hacerlo correctamente, declararlo en su nomina.
El valor de mercado del vehículo 18.000 al 20%= 3600 euros
Salario bruto: 20.000
Retención:15%
Cuota pagamos en el renting: 300 euros mensuales
Le pagamos la gasolina: 300 euros mensuales.

Como tratamos el tema del iva a nivel de impuestos, es decir tengo que declarar en el modelo trimestral de iva alguna cantidad? Ahora mismo declaro solo el iva de las cuotas del renting 52 euros como gasto del renting y 52 euros de la gasolina.

Y contablemente como reflejo este iva en el asiento de la nomina??

Muchas gracias
Un saludo

#4

Re: Retribuciones en especie

La resolución fiscal:
Respecto del IRPF, en principio la puesta a disposición del vehiculo al trabajador equivale a una entrega del 20 % de su valor de mercado, 3.600 €.
Como se trata de un vehículo para uso profesional y particular, la parte proporcional en que el vehículo es herramienta de trabajo no cuenta como nómina en especie.
El resto sí.
Supongamos que el vehículo está afectado al 75 % como herramienta y 25 % a libre disposición.
Cuenta como salario en especie solo este 25 %. En este caso, 900 €/año.

Sobre estos 900 € hay que efectuar el pago a cuenta IRPF, 15 %, 135 €.

Estos 135 € se pueden repercutir al trabajador (descontar de la nómina), o no.

Si se lo descontamos de la nómina, resulta que el trabajador recibe un salario en especie de 900 €, y tiene una retención de 135 €.

Si no se lo descontamos de la nómina, incrementa el valor del pago en especies.
El trabajador recibe un pago en especies de 900+135 = 1.035 €, y una retención de 135 €.

Estos 135 € hay que entenderlos devengados y retenidos mes a mes (11,25 €/mes).

Establecida la parte afecta (la proporción en que el vehículo es herramienta), sabemos que parte del IVA es deducible.
En el supuesto presente, un 75 %. Por tanto, de los 63 € de IVA, son deducibles 47,25 € por recibo de renting.

El resto del IVA, 15,75 €, junto con la base imponible del renting, 300 €, es coste de adquisición para la empresa.

En este supuesto, la empresa adquiere mediante renting, una herramienta productiva comercial, con un coste total de 315,75 (e IVA deducible de 47,25 €), mediante la que efectúa parte de sus labores de promoción comercial, y además, le sirve para retribuir en especies al representante comercial, con una valoración de 900 € (ó 1.035 €).

Los gastos de gasolina, supongo que corresponden 100 % a gasto profesional afecto a la actividad. Así que sería 100 % deducible, siempre y cuando la factura vaya a nombre de la empresa (entre otros requisitos).

Sobre como reflejar y asentar todo en la contabilidad, ya no es mi fuerte.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Retribuciones en especie

Buenos Días,

Muchas gracias por la contestación,

Por lo que deduzco de tu respuesta el iva lo asume íntegramente la empresa y no tiene que repercutirle nada al trabajador, es más una cuestión de ver en qué porcentaje está afectado a la actividad el vehículo siguiendo este ejemplo del 75% y el 25%, en la declaración trimestral del iva solo declaro las cuotas soportadas (47, 25 euros (75%) y 63 euros de la gasolina al (100%) mensualmente hablando, no tengo que declarar ningún iva repercutido por parte del trabajador en la declaración trimestral??

Entiendo que para el impuesto de sociedades también seria deducible el 75%.

Muchísimas gracias por la respuesta.

Un saludo.