Acceder

MEL (Médicos Ejercicio Libre) - Trámites fiscales

3 respuestas
MEL (Médicos Ejercicio Libre) - Trámites fiscales
MEL (Médicos Ejercicio Libre) - Trámites fiscales
#1

MEL (Médicos Ejercicio Libre) - Trámites fiscales

Hola
mi mujer se ha dado de alta en la modalidad MEL (Médicos Ejercicio Libre). Esto es un sistema creado parar aquellos profesionales de la medicina que desempeñan su labor por cuenta propia. Es alternativo al RETA.

Mi duda es sobre los trámites fiscales.
Tengo claro que hay que cumplimentar el 036 (desconozco en que epígrafe), y supongo que habrá que darse de alta en Estimación Directa y cada trimestre el modelo tributario 130.

No sé si voy bien encaminado. Si alguno de vosotros conoce el tema y me lo puede corrobar, estaría muy agradecido.

Un saludo y muchas gracias.

#2

Re: MEL (Médicos Ejercicio Libre) - Trámites fiscales

Ejercicio libre de la profesión, con o sin consulta propia, si es medicina general, epígrafe 830 de la sección 2ª, y si es una especialidad, epígrafe 831.

Si quien te paga es una entidad obligada a practicar retención, ésta te retendrá el 21 % de tus honorarios brutos (el 10 %, optativo, el año que inicies y los dos siguientes), y no estás en la obligación de presentar el modelo 130 de pagos a cuenta.

Si cobras directamente de cliente final, es sin retenión. Tú debes presentar el modelo 130, y satisfacer un pago a cuenta del 20 % de tus beneficios netos.

Si cobras de manera mixta, mientras el 70 % o más de tu facturación sea con retención, no estarías en la obligación del modelo 130.

Las prestaciones de servicios sanitarias son exentas de IVA, así que no debes llevar ningún libro registro a efectos de IVA, ni tampoco puedes deducirte ningún IVA soportado.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: MEL (Médicos Ejercicio Libre) - Trámites fiscales

Hola Cachilipox.
No sabes cuanto agradezco tu respuesta.
De verdad, mil gracias.

Un saludo

#4

Re: MEL (Médicos Ejercicio Libre) - Trámites fiscales

Hola, me surge otra duda con el MEL.

los gastos de desplazamiento a la clínica donde ejerce mi mujer, ¿son deducibles?

¿puedo contabilizar los ingresos de MEL como rendimientos de trabajo o tiene que ser en Actividades Económicas, en la declaración de IRPF?

Un saludo y gracias.