Hola,
En hladvocats.com, hemos analizado el tema de la devolución del IRPF de los permisos de maternidad, y pensamos que nos encontramos ante la primera de las muchas sentencias que van a acabar por confirmar que la prestación de maternidad está exenta de tributación, hasta el punto que, en nuestra opinión, la Agencia Tributaria en algún momento se va a tener que plantear estimar las reclamaciones administrativas y evitar los Tribunales.
Consideramos, que es cuestión de tiempo que, a la postre, exista una doctrina judicial unificada en la materia.
Entretanto, concuerdo con el resto de foreros, en cuanto a que lo mejor es presentar la solicitud de rectificación para evitar que prescriba el derecho a reclamar (máximo 4 años).
Como se ha dicho, la reclamación a la Agencia Tributaria la puede hacer uno/a mismo/a, sin ningún profesional que le asesore. Sin embargo, como Abogado, siempre recomiendo asesorarse bien, que luego la Administración se agarra a cualquier "defectillo" en la reclamación, para aguarnos la fiesta.
En nuestra web (hladvocats.com), os damos unos primeros consejos y desde allí también os podéis descargar la sentencia. También nos ofrecemos a tramitar las reclamaciones en vía administrativa, por un precio MUY competitivo (59 euros), por cuanto se trata deuna cuestión con la que estamos muy sensibilizados, y también atendiendo a que se trata de un trámite en el que la intervención de abogado no es preceptiva, y sin olvidar que por lo general las reclamaciones no van a ser por cantidades astronómicas, aunque en los tiempos que corren nadie nos negará que cualquier dinerillo adicional siempre viene bien.
Aquí os dejo el enlace a la publicación/oferta:
http://hladvocats.com/index.php/novedades/13-informacion-corporativa/76-reclamamos-el-irpf-de-tu-prestacion-de-maternidad-por-59-euros.html
¡Muchas gracias por leernos!