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Devolución deducciones cuenta vivienda

1 respuesta
Devolución deducciones cuenta vivienda
Devolución deducciones cuenta vivienda
#1

Devolución deducciones cuenta vivienda

El 29/09/2009 abrí una cuenta vivienda y me beneficié de las deducciones máximas en los años 2009-2012. La declaración de la renta del año pasado no devolví las deducciones sin intereses porque pensaba que todavía podría comprar la vivienda durante 2013. Compré la vivienda en 2013, pero entre el estudio de concesión de la hipoteca y los trámites burocráticos no fuimos al notario a formalizar la compra hasta 08/11/2013. Todo el dinero de mi cuenta vivienda lo destiné a la compra de la misma, pero me he pasado poco más de un mes el plazo de los 4 años. ¿Tengo que devolver las deducciones aunque solo me haya pasado un mes? ¿Que pasa si no lo devuelvo, porque al fin y al cabo si me he comprado la vivienda? Si me sancionan por no devolverlo este año, ¿cuando me sancionarían y en que cantidad aprox.? ¿Que me recomendáis, que devuelva ya o que me espere a ver que pasa?
Gracias de antemano

#2

Re: Devolución deducciones cuenta vivienda

En principio, y por estricta formalidad, debes devolver todo lo deducido por cuenta vivienda:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0126925

La única escapatoria sería que con anterioridad al 29/07/2013 tuvieses firmado un contrato privado de adquisición en firme (paga y señal), y que la elevación a escritura pública fuese posterior, por eso de los trámites burocráticos y el estudio de concesión de hipoteca.

Pero si la adquisición jurídica no es firme con anterioridad a esa fecha, la norma es clara y estricta. Pueden revisar el caso hasta el 30 de junio de 2018. La posible sanción, que es independiente del pago de las cuotas debidas y los intereses de demora, depende de la cuantía total de impuesto eludido.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

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