Efectivamente, como te han aclarado, siempre que tengas sentencia de divorcio con una compensatoria fijada tienes derecho a esa pensión de viudedad si se diera el caso.
Ten en cuenta que son dos vías diferentes:
1) La fiscal: si el no lo está declarando a ti no te afecta para nada, es simplemente una reducción que el obtendría si lo hace. Y en el caso de que tú no lo estuvieras declarando sí que tendrías un problema con Hacienda. Ten en cuenta que el cruce de datos y las reclamaciones de Hacienda son cuando es menos beneficioso para ella (caso por ejemplo de que el se practicase la la reducción y tu no declarase, automáticamente te llegaría la cartita).
2) La seguridad social: que será la que establezca y te pague esa pensión, y teniendo la sentencia de divorcio establecido ese importe siempre lo podrás reclamar.
Un saludo