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Tributación "costas" devolución por cláusula suelo
Hola, caso de familiar al que el año pasado y tras reclamación de abogados y demás, su entidad financiera le devuelve una cantidad de dinero por el tema de las famosas "cláusulas suelo". Junto a la cantidad por los intereses, le ingresa también una cantidad en concepto de costas que él paga a su abogado, el dinero entra y sale. En los datos fiscales aparece por este tema por un lado lo que le han devuelto por intereses en el apartado Reintegro Gastos Financiación Ajena, y por otro lado una cantidad en Otras Cantidades Indemnizatorias que parece ser que coincide con ese importe que su banco le pagó por las costas del litigio y que él ingresó a su abogado como pago de sus servicios.
¿Debe declarar ese ingreso como ganancia patrimonial? No conocía este tema, no me parece lógico porque es un dinero que pasa por él pero que es para su abogado, pero he leído que si el criterio de Hacienda era que sí, que si hay gente que ha demandado y los tribunales han dado la razón a la gente, que si solo tributa el caso de que esa cantidad pagada fuera mayor a lo que factura el abogado y solo por esa diferencia...¿Me podeis explicar cómo funciona en realidad este tema?
Gracias!!
¿Debe declarar ese ingreso como ganancia patrimonial? No conocía este tema, no me parece lógico porque es un dinero que pasa por él pero que es para su abogado, pero he leído que si el criterio de Hacienda era que sí, que si hay gente que ha demandado y los tribunales han dado la razón a la gente, que si solo tributa el caso de que esa cantidad pagada fuera mayor a lo que factura el abogado y solo por esa diferencia...¿Me podeis explicar cómo funciona en realidad este tema?
Gracias!!