Sí, en el impuesto de patrimonio se deben declarar todas las acciones que posea el contribuyente, independientemente de la situación de la empresa emisora de las mismas. Incluso si la empresa está en proceso de liquidación o ha estado suspendida durante años, las acciones todavía forman parte del patrimonio del contribuyente y, por lo tanto, deben ser declaradas en el impuesto de patrimonio correspondiente. La valoración de estas acciones se debe hacer siguiendo las reglas generales de valoración de activos financieros establecidas en la normativa fiscal. La casilla donde se deben declarar las acciones dependerá de la Comunidad Autónoma donde resida el contribuyente y las instrucciones específicas que establezca para la cumplimentación del impuesto.