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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Con el dato de IPC publicado esta semana, a falta de conocer los IPC de Octubre y Noviembre, la situación a día de hoy:
  1. El IPC Promedio que afecta a la subida de las Pensiones y la P. Maxima, es:
    1. 2,94%
  2. La P. Máxima, a día de hoy,  para el año 2025 con el incremento del 0,115%, establecido en la DT 39, y en función del modo de calculo:
    1. P. Max 2024 *(1+2,94%)+(( P. Max 2024 *(1+2,94%))*0,115%) -- > 3272,14€
    2. P. Max 2024 *( 1+2,94%+0,115%) --> 3272,04 €
    3. La diferencia es mínima, pero..... a saber como lo interpretan y calculan.
  3. Si el IPC Promedio de los dos últimos meses (Octubre y Noviembre) se mantiene en el 1,5% o 1,6%, el IPC Promedio quedaria en 2,72% y la P. Máxima de 2025 quedaría entorno a 3265€, con el incremento del 0,115%. Con estos valores la DT 34 continuara aplicándose la DT 34, como daba a entender el Informe de la DGOSS
  4. Para el año 2026, es mucho "adivinar", si se cumple la previsión anterior, y el IPC Promedio Final de 2025 fuese como máximo del 2,1%, para 2026 se SEGUIRIA aplicando la DT34, teniendo en cuenta la frase del informe de la DGOSS:
    1. "En conclusión, en el año 2024 debe ser de aplicación la DT ª 34 en todos los supuestos en los que la pensión es superior a la pensión máxima que corresponda al año 2024, independientemente del número de meses de anticipo sobre la edad ordinaria de jubilación; igualmente, debe aplicarse en los años siguientes del período transitorio - aunque previsiblemente solo alcance hasta 2026-."