Buenos días, soy un seguidor de este foro pues la verdad que es de lo mas interesante. Quería plantear una pregunta con la esperanza que alguien pueda arrojar algo de luz al tema:
Voy a solicitar la JAV y supero la pensión máxima. Llevo 6 meses cobrando el sb mayores 52 y por lo tanto, según he visto en este foro, al derogarse la DT34 me aplicaran los coeficientes reductores establecidos para JAI sobre la Pensión máxima posible.
La pregunta es, el articulo 210.4 de la LGSS afectaría a mi situación para calcular el limite de la pensión máxima? Muchas Gracias
210.4 Cuando para determinar la cuantía de una pensión de jubilación anticipada por causas no imputables al trabajador hubieran de aplicarse coeficientes reductores por edad en el momento del hecho causante, aquellos se aplicarán sobre el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda por meses de cotización. Una vez aplicados los referidos coeficientes reductores, el importe resultante de la pensión no podrá ser superior a la cuantía que resulte de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50 por ciento por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación. Este sistema de cálculo se extenderá a los supuestos contemplados en el apartado 3 del artículo 208.