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En Herencias: Reducción por adquisición de la vivienda habitual o Bonificacion por adquisición de la vivienda habitual

3 respuestas
En Herencias: Reducción por adquisición de la vivienda habitual o Bonificacion por adquisición de la vivienda habitual
En Herencias: Reducción por adquisición de la vivienda habitual o Bonificacion por adquisición de la vivienda habitual
#1

En Herencias: Reducción por adquisición de la vivienda habitual o Bonificacion por adquisición de la vivienda habitual

  
Buenas tardes, tengo una duda respecto a la liquidación de una herencia y la aplicación de la reducción y bonificación para el caso de adquisición de la vivienda habitual. 

Por normativa: 
-Reducción por adquisición de la vivienda habitual:
Cuando se adquiera la vivienda habitual del fallecido por el cónyuge, ascendientes o descendientes o pariente colateral mayor de 65 años que hubiese convivido con el fallecido en los dos años anteriores: reducción de 100%, con el límite de 200.000 €. 
El único requisito es que se mantenga durante 5 años la vivienda. 

-Bonificaciones por la adquisición de la vivienda habitual de la persona fallecida, por el cónyuge, ascendientes y descendientes, de un 65%. 
Para poder aplicarla, el valor de la vivienda deberá ser igual o inferior a 300.000 euros. 
Además, la vivienda se ha de mantener durante los 5 años siguientes al fallecimiento. 

 
Soy el hijo y la que era vivienda habitual del fallecido está valorada en 200.000 Eu. No tengo intención de vender la vivienda que heredaré así que también  cumpliría el requisito de mantener 5 años la vivienda sin problemas. 


Me pueden explicar cuando se aplica la reducción y cuando la bonificación, si son complementarias o no.  ¿Que efectos en otros impuestos tiene aplicarlas?.

Gracias.



#2

Re: En Herencias: Reducción por adquisición de la vivienda habitual o Bonificacion por adquisición de la vivienda hab...

entiendo que estás hablando de Aragón.
Primero se calcula el patrimonio del fallecido y se aplican las reducciones. Con ello, se llega a la base imponible.
Sobre esta, se calcula la cuota tributaria, que es a la que se aplican las bonificaciones.
Otros impuestos -IRPF, plusvalía municipal- tienen su normativa independiente del Impuesto de Sucesiones.

#3

Re: En Herencias: Reducción por adquisición de la vivienda habitual o Bonificacion por adquisición de la vivienda hab...

 
Si es Aragón. Mi duda es que en la autoliquidación si selecciono la opción “reducción vivienda habitual” la aplicación me calcula el importe de la “Bonificación adquisición mortis causa vivienda habitual” menor que si no la selecciono. 

Es más me sale un breve aviso que me dice que aunque la marque no va a incrementarse el total de reducciones y que valore si me interesa tener que cumplir los requisitos que hay que cumplir al seleccionarla. 

Por lo que supongo que entonces no es obligatorio seleccionarla y para mí es mejor no aplicarla.

¿Me puedes dar mas información?.
Gracias, un saludo. 
#4

Re: En Herencias: Reducción por adquisición de la vivienda habitual o Bonificacion por adquisición de la vivienda hab...

no vivo en Aragón, no te puedo ayudar.
Ten en cuenta que creo también existen reducciones o bonificaciones importantes por parentesco (descendientes/ascendientes/cónyuge), tal vez sea mejor usar estas sólo en lugar de atarse a los 5 años de compromiso con la vivienda habitual. Quizá el aviso que te sale está relacionado con este punto.