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Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

12 respuestas
Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe
Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe
#1

Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

Tengo una duda.
Tengo una discapacidad e ingresos muy bajos.
Por lo que mis padres cobran una deducción por hijo con discapacidad de 1200€ al año.

Si yo cobro un subsidio de SEPE, ¿Tengo obligación a hacer la declaración aún teniendo ingresos inferiores?.
El problema de hacer la declaración es que perjudicó a mis padres que cobran la deducción anticipada por hijo con discapacidad.
¿Es obligatorio hacer la declaración o solo llevar el certificado de "no presentada"?

Siempre las personas con discapacidad somos las más perjudicadas .

En el caso de ser obligatorio.  Haciendo yo la declaración, cuantos ingresos no debo superar?


#2

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

Si el descendiente presenta declaración individual del IRPF, los padres solamente se podrán aplicar la deducción por descendiente si las rentas son iguales o inferiores a 1800 €, si el descendiente no la presenta el mínimo pasa a ser 8000 €.
Este puede ser uno de los perjuicios colaterales si no se cambia la normativa, de tener que presentar obligatoriamente la declaración de la renta los que cobran algún subsidio o prestación por desempleo.
#3

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

Solo existe posibilidad de suspensión del subsidio en caso de que la declaración de renta sea obligatoria según las normas de Hacienda.
En caso contrario el SEPE no puede suspender el subsidio por el simple hecho de descubrir que no se ha presentado

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#4

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

Coincido en que es así.
Pero tal y como está redactada dicha norma,  sospecho que va a ser origen de conflictividad.


#5

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

¿estás seguro de lo que dices?
La obligación para los perceptores del Ingreso Mínimo Vital creo que no está recogida en la normativa del IRPF, sino en la ley  Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007
y Hacienda informa en sus páginas de esa obligación
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2023/c01-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/delimitacion-obligacion-declarar-irpf.html
" de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36.1.f) y 2.c) de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, las personas titulares del ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas, para mantener la prestación del ingreso mínimo vital, a presentar anualmente la declaración correspondiente al IRPF, con independencia de que cumplan o no los requisitos establecidos en el artículo 96 de la Ley del IRPF para la obligación de declarar. "


Con lo de las prestaciones/subsidios de desempleo, van en la misma línea. Modificación de otra normativa que no es la del IRPF. 
https://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/920842-rd-ley-2-2024-de-21-may-medidas-urgentes-para-simplificacion-y-mejora-del.html

Como siempre, acaban jodiendo al que menos tiene, en este hilo ya se describe un efecto colateral: la pérdida de las deducciones por ascendiente/descendiente discapacitado. 


 
#6

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

Tendrían que hacer como con el IMV para que entre en la normativa de Hacienda, que se supone prevalece sobre la SS o SEPE....pero bueno, todo lo hacen así de bien 
#7

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

La Ley establece una obligación, si.
La Ley de infracciones y sanciones establece, no hacer la declaración de renta como una falta, no.
Solo se señala en el RDL 2/2024 como causa de suspensión y si la persona está obligada de acuerdo a la normativa de Hacienda.
O sea el SEPE no puede suspender el subsidio y ni mucho menos sancionar a quien no este obligado de acuerdo a la normativa de Hacienda.
Da igual que este señalado como obligación, también estamos obligados a empadronarnos en el domicilio que vivimos a tener la documentación en vigor...y luego todos sabemos que pasa.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#8

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

leyendo el decreto, no me queda clara la interpretación que haces, yo diría que se obliga a presentar la declaración con independencia de lo que diga la normativa del IRPF:

Artículo 299 Obligaciones
k) Presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Artículo 271. suspensión del derecho
 En caso de incumplimiento de lo previsto en el artículo 299.1.k), la suspensión tendrá lugar cuando la entidad gestora detecte que las personas beneficiarias de prestaciones hubieran incumplido durante un ejercicio fiscal la
obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en las condiciones y plazos previstos en la normativa tributaria aplicable.

Puede que la discrepancia venga del último párrafo; yo interpreto que, de acuerdo al artículo 299 copiado, es obligatorio para el perceptor presentar la declaración de la renta;  del último párrafo se podría alegar que se remite a la obligación de presentar la declaración según el IRPF,  que entiendo es lo que interpretas;
yo creo que se refiere a ajustarse a los plazos de presentación en periodo voluntario y por los medios que permita la ley, porque la obligación para el desempleado ya la han fijado en el 299.

En cualquier caso, va a haber lío. Aquí cada uno tiene su chiringuito -Seguridad Social, Trabajo, Hacienda- y va a su bola.

#9

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

Desde luego que los letrados del Estado que han revisado el redactado de ley son unos “figuras”
No se puede ser más ambiguo. 
Las instrucciones provisionales del SEPE, peor aún.
No aclara nada.
Comenté en otro hilo que esto va a dar lugar a interpretaciones de una cosa y la contraria.
Ya veremos cuando esto llegue a algún tribunal,  que llegará tarde o temprano.

#10

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

Lo aclara un poco la exposición de motivos donde se dice que se pretende verificar a posteriori la veracidad de la declaración de rentas y circunstancias familiares.
O sea que hay "figuras" en todos los ámbitos, no sólo entre los letrados de turno. No es difícil deducir que se ha detectado un nicho de fraude considerable.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

La clave está aquí.
 obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en las condiciones y plazos previstos en la normativa tributaria aplicable. 
¿Cuál es la normativa tributaria aplicable? La del IRPF
Por lo tanto el SEPE sólo podrá suspender (y nunca sancionar) y por tanto se puede reanudar sin consumo de días, si la persona no presenta la declaración de rentas en las condiciones y plazos que marca Hacienda.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#12

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

declaración de rentas
Declaración de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

PD:  Que no haya confusión con la DAR, que no tiene nada que ver en este invento.
#13

Re: Duda declaración de la renta si cobras subsidio sepe

ya, pero por ser prácticos,
-la persona que cobra una prestación por desempleo en 2025, el SEPE se "va a dar cuenta"  en 2027 de que no ha presentado la declaración en el periodo voluntario durante la primavera de 2026 , como ocurre con la revisión que hace Seguridad Social de los complementos a mínimos de pensiones, pues me da que la AEAT no pone a disposición de otras administraciones la información hasta final del año de la correspondiente campaña, cuando ha hecho sus cruces de datos y chequeos. Por lo que a esta persona, que le suspendan la prestación, probablemente no tenga ningún efecto porque la habrá agotado en la mayoría de los casos y la nueva norma no habla de solicitar reintegro de lo cobrado, ni sanciones, como dices.
-la persona que cobra el subsidio de mayores de 52 años, si se lo suspenden, entiendo que si logra reanudarlo presentando la declaración fuera de plazo, por el camino ha perdido algún mes sin cobrar y sin cotizar, ¿cierto? si es así, a estos son a los que van a fastidiar.