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Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

8 respuestas
Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto
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Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto
#1

Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

Hola tengo 2 dudas :

-si no voy equivocado para darme de baja de 1 seguro tengo que comunicarlo a la compañia 1 mes antes; pero si para decidir si me doy de baja quiero saber la nueva cuota anual, y la compañia me dice que hasta que falte menos de 1 mes no pueden darme el nuevo precio ( no se si es normal ), no parece una incongruencia ? porque si para decidir quiero saber el nuevo precio, cuando lo sepa ya faltara menos de 1 mes y si no me interesa ya no podre darme de baja. No os pasa lo mismo ?

-si en un seguro de coche hay un siniestro abierto de este año con abogado y juicio de por medio ,puedo no renovar el seguro y si lo hago eso me perjudicara en alguna tema del siniestro que hay abierto; es decir en la defensa que me ofrece el abogado y su asesoramiento en el caso de que haya juicio que puede suceder de aqui 3 / 4 años.

Gracias
#2

Re: Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

Vamos por partes....

Si la aseguradora te indica el precio faltando menos de un mes. Una vez lo conozcas, si no estás de acuerdo, tendrás que informar a la aseguradora que no estás de acuerdo con el mismo en el plazo de 15 días. Si la aseguradora te acepta tu propuesta, perfecto. Si no te la acepta, entonces podrás cambiarte e irte. Ojo, un error típico es contratar otro seguro mientras tu actual compañía responde. Si finalmente, tu compañía actual decide mantenerte el precio estarías OBLIGADO a seguir con ellos y te encontrarías con dos seguros.

Respecto al siniestro. La teoría y la ley dice que no tendrías que tener problema alguna. La realidad es que, logicamente, no van a poner el mismo interés en atenderte si ya no eres cliente de ellos. Tu decides.
#3

Re: Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

 Emmamani, gracias pero...

Consulta 1: dices que  tendrás que informar a la aseguradora que no estás de acuerdo con el mismo en el plazo de 15 días. Si la aseguradora te acepta tu propuesta, perfecto pero yo tengo que comunicar por escrito que no estoy de acuerdo y hacer una propuesta del precio que yo acepto ? eso no lo entiendo. Porque hay algun apartado de la Ley que indica que si falta menos de 1 mes puedo igualmente darme de baja y ellos tienen la obligacion de aceptarlo ? porque he estado buscando y no he encontrado nada al respecto.

Consulta 2:  no sere cliente pero por Ley, tienen la obligacion de defender y pagar si es necesario indemnizar al contrario como si tuviera el seguro, no ? porque entiendo que la Ley dice que como el siniestro se produjo cuando tenia seguro con ellos deben encargarse de todo aunque hayna pasado 5 años ...es correcto ?

Gracias


#4

Re: Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

Respecto a la consulta 2 es tal cual indicas. En lo que respecta a la consulta 1 es complejo de explicar por escrito.... la ley habla de cambio en las condiciones del contrato pero no establece si el precio del seguro es parte o no del contrato. En ese sentido, existe jurisprudencia de todo tipo y parece que sí se considera como una parte del contrato. Por eso, tal y como indica la ley, en caso de que se produzca un cambio en las condiciones, tu tienes 15 días para aceptar o rechazar las nuevas condiciones. Lógicamente, ese rechazo lo debes hacer por escrito y medio fehaciente... el riesgo... que los días pasan y tu tienes que buscar un seguro porque tu coche tiene que estar asegurado y, como te decía, si la compañía te dice que "vale, te mantengo el precio" tendrías dos seguros. Eso suele ser muy poco habitual pero puede pasar y, de ocurrir, tienes obligación de seguir con ellos y de no hacerlo te lo podrían reclamar via judicial.
#5

Re: Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

Emmamani increible lo que dices ( lo que dice la Ley claro ) pero por lo que leo, lo mejor es no jugarsela a si la compañia mantiene el precio o no, porque si falta menos de 1 mes y no me he dado de baja y cuando se el precio ( que sera mas alto seguro, al haber tenido un siniestro ) corro el riesgo de "tener problemas".

Vaya con los seguros !!!

No hay nadie mas que se haya encontrado con este hecho ?

Saludos y gracias  Emmamani 
#6

Re: Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

La cosa es sencilla.

Si tu quieres anular la póliza lo tienes que comunicar con un mes de antelación.

Y si la compañía quiere cambiarte las condiciones debe hacerlo con dos meses de antelación. 

El asunto es qué es cambiar las condiciones (cambiar el precio), en tu caso, es modificar la prima por encima de lo establecido en el contrato. O sea, tu deberás asumir la subida pactada en el contrato de cada año, probablemente una tasa, más lo que te corresponda por tener un parte, dos , o diez.

Si la compañía pretende subir más de lo estipulado, y no has recibido advertencia de la modificación, NI LA HAS ACEPTADO, puedes solicitar que te devuelvan a lo que dice el contrato (la subida por la tasa, y el parte) si la compañía no acepta: la póliza se modificó y no has aceptado, por tanto no hay póliza y no deben/pueden cobrarte el recibo.

Y sobre el siniestro... las compañías son gigantes, y cada parte tiene los datos que le incumben, es probable que el siniestro acabe, te abonen y nadie se fije en si la póliza está en vigor o no. Asúmelo, no les importa un pimiento si eres o no cliente. Y van a actuar igual, si lo sigues siendo o no. Con el mismo interés. Ese interés dependerá del tipo de compañía, no de que la hayas abandonado.
#7

Re: Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

Dices "vaya con los seguros" y deberías decir "vaya con los políticos" son ellos y no las compañías quienes establecen y aprueban las leyes. Las compañías, como no puede ser de otra manera, lo que hacen es aplicarla y respetarla. Dicho esto, la ley es de 1980 y nuestros queridos políticos han sido incapaces de actualizarla en 40 años.
#8

Re: Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

Insurance

La parte del siniestro queda clara

La parte de anular la poliza no; me explico, si tal como dices muy bien, si yo quiero anular la poliza tengo que comunicarlo con 1 mes de antelacion ( lo dice la Ley ), pero para decidir si quiero cancelar / anular quiero esperar a saber la nueva cuota que me cobraran, y cuando se la prengunto ellos ( la compañia ) me dice que hasta que no falten 3 semanas para que el seguro caduque no tienen la nueva cuota que me van a cobrar...gestionar eso pues no es factible. De ahi el post, y como se puede solucionar de forma facily agil . 
Porque que es subir mas de lo estipulado ? Que es subir mas de lo establecido por contrato ?

Lo logico es ,si tenemos por Ley que avisar 1 mes antes del vencimiento, que no queremos renovar un seguro, pues que antes de este ultimo mes ya supieramos la nueva cuota para asi poder decidir si nos interesa continuar o no.

Saludos y gracias
#9

Re: Darse de baja de una aseguradora con un siniestro abierto

Ya he explicado el trámite posible. Entiendo que no te convenza. Pero es lo que hay.

Yo no tengo la culpa de que la aseguradora incumpla por norma la ley. Porque la conoce. Y puede actuar como más le beneficia.

¿Que qué es lo establecido en el contrato sobre la modificación de precio en la renovación? pues eso, exactamente eso. Lo que pone en tu contrato sobre como se modifica el precio al vencer anualidades. Tu deberías saberlo. Yo no puedo saber que dice tu contrato. TU lo aceptaste. Yo se la ley, lo general. Lo particular, tuyo, no puedo saberlo porque no intervengo en el contrato.

Esto es lo suficientemente complejo y enrevesado para, efectivamente, tener problemas para gestionarlo en igualdad de condiciones que la aseguradora.

Gracias a eso, los mediadores de seguros tenemos trabajo. Los agente y corredores de seguros nos movemos como peces en el agua sobre estas cosas. Y no solo manejamos la ley igual de bien que "las aseguradoras", y mucho mejor que la mayoría de empleados que tienen, sino que conocemos como va a actuar esa aseguradora en concreto, si va a reclamar el importe debido en el juzgado, te va a mandar mil cartas, o sencillamente podemos anular la póliza nosotros...

Preguntando en un foro, puedes tener suerte y que alguien sepa de verdad lo que dice, y medio resolver el caso, pero no creas que aprendes. Este tema de la anulación (art. 22 ley 50/1980 de contrato de seguro) por ejemplo ha sufrido una modificación hace unos años. Porque aunque la ley tiene 40 años, la jurisprudencia la ha modificado, y ha acabado por cambiarse muchos artículos para adecuarse. Así que cuando tengas que volver a usar algo de esto, lo mismo, ya no sirve...

Lo que tienes que aprender, es a contratar tus seguros a través de un mediador, y ya tendrás la mejor información actualizada siempre y alguien que te va a dirigir entre normas, leyes y problemas...