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Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

5 respuestas
Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#1

Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes
Una consulta tengo un hermano con una discapacidad psíquica del 65% tiene 52 años y solo ha trabajado 2 años en su vida por diferentes circunstancias.
En el caso de no trabajar más se puede pedir una pensión de incapacidad permanente?
Que me aconsejáis. Vive con mi madre con pensión de viudedad y también mi madre cobra la ayuda mensual por hijo a cargo con discapacidad 65% mayor de 18 años.
Gracias.
#2

Re: Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Sane, independiente de la discapacidad que tenga para poder solicitar la incapacidad permanente le van a pedir haber cotizado algo más de 6 años para la edad de 52 años y ese requisito, al no cumplirlo, va a hacer que se la denieguen automáticamente.
Me imagino que está cobrando por la discapacidad del 65%, no?
Un saludo 
#3

Re: Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No el no cobra nada.
Vive con mi madre y ella aparte de su pensión de viudedad cobra la ayuda por hijo a cargo con discapacidad mayor de 18 años.
#4

Re: Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

https://www.campmanyabogados.com/blog/discapacidad/pension

Pues tiene derecho a una pensión no contributiva como explica en este enlace.
Yo conozco a varias personas con este grado de discapacidad y todos están cobrando.
Un saludo 
#5

Re: Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

La pensión de viudedad de mi madre supera el mínimo para 2 convivientes.
Ya lo miré en su día.
Gracias de todas maneras.
#6

Re: Pensión de incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pues entonces poco se puede hacer, la fórmula para saber cuantos años tienes que tener cotizados para pedir una incapacidad permanente es,
A tu edad le restas 20 y a lo que salga lo divides entre 4.
Es su caso 52 - 20 = 32 / 4 = 8 años (corrijo la cantidad que te he dicho antes) así que, por desgracia, no la van a aceptar al tener dos años cotizados.
Un saludo 
Un