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Participaciones del usuario Avante - Consumo

Avante 22/09/10 23:36
Ha respondido al tema Vicios ocultos y quiebra
Parecemos... parecemos. Tampoco nos vayas a santificar a estas alturas. Si te va la mitología, sigue en esto que vas por buen camino. Abrazos,
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Avante 22/09/10 23:35
Ha respondido al tema Vicios ocultos y quiebra
Deberíamos empezar a planificar la construcción de un templo para ofrecer culto a tal aparición. Si te parece bien tú te encargas de conseguir la financiación, a WPetersen lo ponemos de Project Manager y yo me encargo de los seguros; como es por una noble causa a comisión cero y sin honorarios :) Para repartir obleas siempre encontraremos voluntarios. Abrazos,
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Avante 22/09/10 00:35
Ha respondido al tema Vicios ocultos y quiebra
Estimado Coloso, Tienes por ahí una Ley que es la de Ordenación de la Edificación que es la 38/1999. Por tanto lleva una década entre nosotros. En la misma tienes un artículo que es el 19 donde se establecen las responsabilidades y garantías que debe acompañar al hecho constructivo una vez que finaliza el proceso de edificación. Dicho artículo establece tres tipos de garantías: - de un año: para problemas de acabados (la puerta que roza, el interruptor que no enciende la luz o la baldosa mal encolada. El responsable es el Contratista principal quien responde, además, por los fallos de las subcontratas. Si el promotor designó distintos profesionales o contratistas responde de todos ellos. Para esta garantía no hay seguro en el mercado. - de tres años: para todo cuanto afecte a la habitabilidad (problemas de aislamiento -acústico y térmico -, olores, filtraciones, azulejos que se caen, instalaciones básicas que no funcionan - climatización, fontanería, gas, electricidad,...). Desde hace tiempo ASEFA ofrece esta cobertura y recientemente se han incorporado algunas especialistas como MDIS o ALBION pero muy pocos promotores la contratan dado que todas las actuaciones relativas a este riesgo deben ser supervisadas por la OCT y eso encarece los costes. Visto desde el punto de vista profesional es una actitud que roza la mezquindad habida cuenta los márgenes existentes pero es una política de riesgos que tiene poco calado entre la mayoría de promotores. - de diez años: es la que ofrece el seguro decenal de daños. Esta cobertura y su garantía se refieren, exclusivamente, a los daños que pueda sufrir TODA la edificación o una parte de ella (incluyendo instalaciones y servicios) que tenga por origen un error en el proyecto, una deficiente ejecución de los elementos de cimentación o estructurales o un problema originado en la calidad del suelo que comprometa la estabilidad del edificio. Como puedes suponer el seguro es pagado en su totalidad antes de librar el documento de entrada en cobertura legalizado ante notario. A partir de ahí que la empresa promotora quiebre o no es lo de menos si atendemos al seguro decenal porque quien está garantizando es el asegurador, no el promotor. Para el resto de garantías descritas ya es harina de otro costal. Aparte, si pasaron los tres años es prácticamente imposible que un juez determine cobertura en concepto de garantías del art 19 LOE; de tratarse de vicios ocultos o de mala práxis habría que atacar por el 1591 del Código Civil que dice, textualmente "El contratista de un edificio que se arruinase por vicios de la construcción, responde de los daños y perjuicios si la ruina tuviere lugar dentro de diez años, contados desde que concluyó la construcción; igual responsabilidad, y por el mismo tiempo, tendrá el arquitecto que la dirigiere, si se debe la ruina a vicio del suelo o de la dirección. Si la causa fuere la falta del contratista a las condiciones del contrato, la acción de indemnización durará quince años" Y que no fue derogado por la LOE. Pero en ese caso preparaos para años de pleito. Un saludo,
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Avante 22/09/10 00:15
Ha respondido al tema Vicios ocultos y quiebra
¡Dios mío! ¡Estamos asistiendo a un milagro! WP acaba de romper un mito secular y ahora resulta que... ¡existe un cliente bancario que sabía dónde se estaba metiendo! Desde los Médici esta posibilidad se había planteado como posible pero no había ni una sola referencia histórica ¿os dáis cuenta del momento que vivimos? Esto debería salir en Expansión, el NYT y, con toda probabilidad el NYSE subirá. Esa es la muestra de confianza que le hacía falta al sector financiero español para salir de la crísis sistémica que lo aqueja porque ahora sabemos que ¡es posible ser sincero y aún así vender! ¡Cojones! ¡Voy a por el cava! Saludos,
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Avante 09/09/10 01:33
Ha respondido al tema Ryanair quiere prescindir de los copilotos en los aviones que realicen trayectos cortos"
Una de las fórmulas básicas en todo programa de Gerencia de Riesgos es contar con sistemas redundantes donde la probabilidad de grandes daños o pérdidas consecuenciales se agrave fuertemente en el caso de que un circuito único tenga probabilidad de fallo. En un avión con un solo piloto el riesgo de siniestro en caso de fallo humano o desaparición del humano (http://www.elmundo.es/elmundo/2009/06/18/internacional/1245339803.html - http://www.denuncia-social.com/pasajero-aterriza-avion-piloto-muerto/ - http://es.wikinews.org/wiki/Muri%C3%B3_un_piloto_de_Continental_Airlines_en_pleno_vuelo ¿Seguímos, porque hay más...?) es del 100% lo cual no creo que sea aceptable para nadie y, cuando digo nadie, me refiero a: - pasajeros con dos dedos de frente o, incluso, uno solo. - empresas de renting de aviones comerciales - seguros de aviación comercial (daños y Rcivil) - administración aeronáutica. Si eso ocurre, no bastará con no comprar billete. Habrá que ver que tu casa no se halle en la ruta de ninguno de los planes de vuelo de esta basca. Está claro que la probabilidad de que un solo piloto casque durante trayectos cortos es igual a la que se sufre en viajes transoceánicos; lo que varía es una menor exposición al riesgo lo que disminuye la probabilidad resultante pero no la dependiente del factor decisivo. En términos sencillos: si yo llevo una borrachera de campeonato y me pongo al volante puedo chocar con la primera farola, con la última o con cualquiera intermedia. Si hago un trayecto de 1 Km me la puedo pegar pero es más probable si el trayecto es de 20 Km. Pero borracho y conduciendo el pasaje corre riesgo grave en ambos casos ¿verdad? No obstante, me permito una reflexión adicional: ¿hasta dónde puede llegar un consumidor apretando al mercado por un precio cada vez más bajo? ¿dónde está el límite que una empresa está dispuesta a aceptar por conseguir cuota de mercado entre los clientes que tienen ese nivel de exigencia... a la baja? Preocupante. Saludos,
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Avante 11/06/10 01:47
Ha respondido al tema Pulsera holográfica,¿cómo una estafa puede llegar tan lejos?
Simpático asunto si queda en esto pero el problema llega con toda intensidad cuando las personas o las colectividades confian exclusivamente en la magia. Llevamos siglos de experiencia en España: basta ver cómo hemos transformado una religión monoteísta que evolucionó a un desdoblamiento en tres dioses capitales más una diosa madre. Asimismo todos los santos son semidioses con poderes para sanar los animales, curar las afecciones pulmonares, librarnos de los rayos, hacer próspero un negocio o protegernos al volante. La estampita en la cartera, el imán del coche, la medallita en el pecho, el tatuaje legionario, el icono presidiendo un aula o la Biblia para jurar en sede judicial son versiones primitivas de la silicona holográfica. ¿O no? Cuestión de filias, de fe y de muchas otras cosas que exceden este simpático hilo. Saludos,
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Avante 31/07/09 02:15
Ha respondido al tema ¿Dónde comprar motocicleta eléctrica?
Recuerda que es un vehículo a motor que no tiene consideración legal de juguete así que está obligada a matriculación y seguro. Perdona si es una obviedad pero te sorprendería la cantidad de gente que anda por ahí sin seguro y sin matrícula. Un saludo,
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Avante 31/05/09 03:27
Ha respondido al tema ¿Revisión anual obligatoria caldera de gas de la casa?
Yo aseguro a la Asociación de instaladores de mi Comunidad Autónoma y lo que nos indica la solución a tu problema se halla en el RITE (REAL DECRETO 1027/2007). Al respecto: - cualquier empresa instaladora, mantenedora certificada vale. Si se detectara alguna anomalía, lo más indicado es que te la trate una empresa que tenga la condición de SAT de la marca del fabricante de la caldera; más que nada porque puede agilizar la reparación al disponer de recambios en stock y seguramente acertará a la primera reduciendo costes (conocen mejor SU máquina). - En la Disposición final segunda.Adaptación del real decreto, puedes leer "Se faculta al titular del Ministerio de la Presidencia, a propuesta de los Ministros de Industria, Turismo y Comercio y de Vivienda para introducir en el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y, en particular, en las Instrucciones técnicas y en los apéndices, cuantas modificaciones de carácter técnico fuesen precisas para mantenerlos adaptados al progreso de la técnica y especialmente a lo dispuesto en la normativa comunitaria. En particular, la exigencia de eficiencia energética se revisará periódicamente en intervalos no superiores a cinco años y, en caso necesario, será actualizada." - en el art 39.3 "3. El certificado de registro de empresa instaladora o mantenedora tendrá validez por un período de cinco años, siempre y cuando se mantengan las condiciones que permitieron su concesión, debiendo ser renovado, a solicitud del interesado, antes de la finalización de dicho plazo." Supongo que te queda claro. Saludos,
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