Chico, nómina. Asalariado, no autónomo. Nómina superior a 1800. Está claro?
En tu caso hay que ir por otro cauce y eso es otro cantar.
Bankia tiene un déficit con los autónomos que está intentando encauzar. Cuestión de tiempo y personal.
Tú ve donde estés más agusto. Siempre.
El sujeto pasivo del impuesto, es decir, quien ha de pagarlo es quién tiene el usufructo.
La propiedad de todos simplemente se registra aportando el documento público de aceptación de herencia. Es sólo un único trámite.
El ser avalista en un préstamo no te hace prestataria. El banco le prestó el dinero a tu pareja, pero no a ti. Por lo tanto, a priori no tienes derecho. Si lo haces, Hacienda te va a exigir que demuestres o les expliques clarito que ese préstamo también se te financió a ti y lo estás pagando tú y que por tanto tienes derecho a deducción.
Suponiendo que Hacienda se lo crea: entonces le girará paralelas a tu novio porque ha estado desde el 2011 deduciéndose por el 100% de la hipoteca cuando sólo tendría derecho a la mitad y le solicitará le devuelva esos importes.
Que te cases con tu pareja en gananciales o en separación de bienes no influye para nada y el hecho de que formalicéis un nuevo préstamo siendo los dos titulares del mismo (prestatarios) tampoco serviría de nada. Lo único que te influye es que desde que te cases tenéis derecho a presentar la declaración en modalidad conjunta en vez de individual y eso quizás os haga pagar menos impuestos.
El registro de documentos es voluntario. El registro de la propiedad no es obligado. Podíais haber pactado perfectamente que todos esos gastos los asuma el nuevo dueño.
En todo caso pagáreis el hecho de registrar la adjudicación de la herencia. Desconozco cual es la tasa.
Llevamos tantos años echándonos pestes entre nosotros y pensando que todo lo que viene de fuera es mejor que se nos olvidan que hay cosas que hacemos muy bien: el notariado, el registro, el sistema nacional de transplantes de órganos y el jamón ibérico.
Ahora el que alucina soy yo. ¿Qué seguridad existe en Argentina sobre estos casos? ¿No existen registros de la propiedad? ¿Todo se fía a la existencia física de un título (escritura) en papel?
Ufffffffffffff