Acceder

Participaciones del usuario Emilio44 - Subsidios

Emilio44 21/06/24 22:44
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Mariaiha, te entiendo perfectamente porque a mí me hicieron más o menos lo mismo. Las mutuas se enteran antes que las empresas y los pacientes ( o trabajadores o como se quieran llamar) y rápidamente cortan el pago. En mi caso tuve 8 días que no me pagó nadie. Lo pensé con mi abogado y no merecía la pena meterse en juicio, así que los perdí...Te recomendaría seguir estos pasos:Verifica con la Seguridad Social: Contacta directamente con la Seguridad Social para confirmar si realmente te han dado el alta y si han enviado alguna notificación al respecto. Puedes hacerlo por teléfono o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.Solicita información detallada: Pide a la Seguridad Social que te expliquen los detalles de la decisión y el proceso de notificación. Asegúrate de tener toda la información por escrito para futuras referencias.Reclamación: Si consideras que la decisión es incorrecta o que ha habido un error, prepara una reclamación formal dirigida al INSS. Debes incluir todos los documentos relevantes y cualquier evidencia que respalde tu caso.Asesoramiento legal: Si encuentras dificultades para resolver el problema por tu cuenta, considera buscar asesoramiento legal especializado en temas de seguridad social. Un abogado puede ayudarte a entender tus derechos y a preparar una defensa efectiva.Espero que puedas resolver esta situación lo antes posible. No dudes en buscar ayuda si la necesitas y sigue luchando por tus derechos.
Ir a respuesta
Emilio44 21/06/24 22:35
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Fran. Las notificaciones telemáticas, como las citas para pasar tribunal de incapacidad permanente, generalmente se envían a través de medios electrónicos como SMS o correo electrónico, dependiendo de las preferencias y datos registrados en la Seguridad Social. En la carpeta ciudadana, que es una plataforma donde se pueden gestionar trámites y recibir notificaciones electrónicas del INSS, es posible que encuentres algunas de estas notificaciones relacionadas con tu expediente de incapacidad permanente.Te recomendaría revisar tu carpeta ciudadana con regularidad para asegurarte de que no se te pase ninguna notificación importante. Además, puedes contactar con la Seguridad Social para confirmar qué tipo de notificaciones específicas recibes a través de este medio.
Ir a respuesta
Emilio44 21/06/24 22:28
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Diazz, bienvenido al foro! Muchas gracias por compartir tu experiencia con nosotros, es realmente alentador escuchar historias como la tuya.Es fantástico que te hayan concedido la IPT tanto en 2009 como en 2024, y que además hayas logrado el incremento del 20% a los 55 años sin problemas. Tu relato es un testimonio de que, aunque el proceso puede ser largo y complicado, al final las cosas pueden salir bien.Recibir la tarjeta de discapacidad en tan poco tiempo también es una buena noticia. Sin duda, tu historia da esperanza a todos los que están en medio de sus propias luchas con la seguridad social y el sistema de incapacidades.Gracias por tu disposición a ayudar y apoyar a los demás miembros del grupo. Cualquier aporte o consejo que puedas ofrecer será de gran valor para todos. Un abrazo y mucha suerte en todo lo que viene.
Ir a respuesta
Emilio44 21/06/24 18:22
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Gracias por compartir tu experiencia y las aclaraciones sobre este tema. Según lo que comentas y lo que he visto en el foro, parece que la práctica puede variar dependiendo de cómo se gestionen los casos por parte de la Seguridad Social y las recomendaciones de los abogados y asociaciones especializadas.Es cierto que la resolución de la incapacidad permanente incluye una fecha de revisión para evaluar si ha habido mejorías en el estado de salud del trabajador. Si durante esta revisión se determina que la persona puede volver a trabajar, se le da el alta y podría reincorporarse a su puesto, siempre que no haya pasado el tiempo límite que garantiza la conservación del puesto de trabajo.Por lo que mencionas, los Campmany indican que si la resolución de alta se produce después del tiempo estipulado (normalmente dos años), la garantía del puesto de trabajo puede perderse. Sin embargo, en algunos casos, para proteger al trabajador, se podría ajustar la fecha de resolución a la de revisión para asegurar que no se pierda el puesto.Es útil escuchar que la asociación contra el cáncer te haya informado sobre esta práctica, lo que refuerza la idea de que las fechas se pueden ajustar para evitar la pérdida del empleo. Sin embargo, sería bueno escuchar de otros compañeros del foro si han pasado por una situación similar para tener más datos sobre cómo se manejan estos casos en la práctica.Cualquier experiencia o consejo adicional sería muy valioso para todos nosotros. Un saludo!
Ir a respuesta
Emilio44 21/06/24 18:18
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Marineta66. En mi experiencia y conocimiento del foro, es raro, pero no imposible, que alguien a quien le hayan dado una Incapacidad Permanente Total (IPT) o Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) vuelva al trabajo tras una mejora significativa de su salud. Sin embargo, conozco algunos casos, aunque pocos, en los que la persona ha logrado volver a su puesto de trabajo tras una revisión positiva.Generalmente, cuando se concede una incapacidad permanente, se entiende que la condición es duradera y que la probabilidad de mejora completa es baja. Sin embargo, la legislación prevé la posibilidad de revisar estas situaciones si hay cambios en la salud del trabajador. En estos casos, se puede dar el alta médica si se considera que la persona ha recuperado la capacidad laboral. Si se produce una mejoría, y la Seguridad Social lo confirma tras la revisión, la persona podría reincorporarse a su puesto de trabajo.Es importante que, si estás en esta situación, mantengas una comunicación constante con tu médico y con la Seguridad Social para asegurarte de que cualquier cambio en tu estado de salud esté debidamente registrado y documentado. Además, contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho laboral puede ser de gran ayuda para entender tus derechos y las implicaciones de cualquier resolución que se tome.
Ir a respuesta
Emilio44 21/06/24 18:13
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Patricia91z,Buenas tardes. Primero que nada, lamento que estés pasando por estos momentos difíciles en el hospital. Sin embargo, me alegra saber que te han mantenido el grado tras la revisión de oficio del día 14. Esto es un pequeño respiro en medio de toda esta situación.En cuanto a tu plan de solicitar una revisión para la Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) después de tu próxima consulta con arritmias, me parece una decisión acertada si tu condición no tiene cura ni mejora y afecta significativamente tu día a día. Asegúrate de recopilar todos los informes médicos necesarios que respalden tu solicitud, especialmente aquellos que detallen la falta de mejoría y el impacto en tu capacidad para realizar actividades cotidianas.Recuerda que este proceso puede ser largo y estresante, así que te recomiendo que sigas contando con el apoyo de tu médico y, si es posible, considera consultar a un abogado especializado en incapacidades que pueda asesorarte y acompañarte durante todo el proceso.Te deseo mucha suerte y fuerza. Espero que todo salga bien y que consigas la resolución que mereces para "mejorar tu calidad de vida"!Un abrazo,Emilio
Ir a respuesta
Emilio44 21/06/24 18:04
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola Juanmsc. Entiendo perfectamente tu frustración y lamento que estés pasando por esta situación tan complicada. Es realmente desconcertante que te hayan concedido una Incapacidad Permanente Total (IPT) siendo trabajador sedentario, especialmente cuando tus dolencias te impiden realizar trabajos que implican estar sentado.La falta de sentido común en estas decisiones es, lamentablemente, algo que muchos hemos experimentado. Me parece muy acertado que hayas decidido contar con el asesoramiento de un abogado y preparar tanto la reclamación previa como la demanda judicial, así como contar con un perito médico que pueda proporcionar un informe exhaustivo de tus dolencias. Este tipo de documentación puede ser esencial para tu caso.Es cierto que estos procesos no son baratos y pueden resultar en un gasto significativo, pero es importante seguir adelante para buscar la justicia y la correcta valoración de tu situación de salud. La inversión en un buen abogado y un perito médico puede marcar la diferencia en el resultado de tu caso.Espero sinceramente que consigas la IPA lo antes posible. Te envío mucho ánimo y fuerza para continuar con esta lucha.
Ir a respuesta
Emilio44 21/06/24 17:51
Ha respondido al tema Dudas de la cotizacion - Incapacidad Permanente Total
Hola Joseng, las reclamaciones previas administrativas no se pueden ver ni seguir por nigún sitio web. Lo que puedes hacer es: Contacto Telefónico:Llama al número de atención al ciudadano de la Seguridad Social (900 16 65 65) para obtener ayuda directa. Ellos pueden informarte sobre el estado de tu reclamación y darte instrucciones adicionales.Cita Previa:Pide una cita previa para acudir a una oficina de la Seguridad Social. Los funcionarios allí podrán revisar tu expediente y proporcionarte la información que necesitas.Espero que te vaya bien en tu reclamación.Un saludo,Emilio
Ir a respuesta
Emilio44 21/06/24 17:45
Ha respondido al tema Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total
Hola Josmaria,Entiendo perfectamente tu situación y tus preocupaciones. Vamos a intentar aclarar tus dudas una por una.Informes Médicos:Es fundamental tener informes médicos detallados y actualizados que respalden tu diagnóstico y las limitaciones que te impone la demencia frontotemporal. Los informes del neurólogo y del psicólogo son muy importantes, pero sería recomendable tener también informes de tu médico de cabecera y, si es posible, de otros especialistas que puedan avalar tu situación.Incapacidad Permanente Absoluta:La incapacidad permanente absoluta se concede cuando una persona está incapacitada para realizar cualquier tipo de trabajo. Dado tu diagnóstico, puede ser viable solicitarla, pero es necesario que los informes médicos lo justifiquen claramente.Comparación con Jubilación Anticipada:Es cierto que la pensión por incapacidad permanente total (IPT) puede ser menos favorable económicamente que la jubilación anticipada. Sin embargo, si te conceden la incapacidad permanente absoluta (IPA), esta suele ser del 100% de tu base reguladora, lo que podría ser más beneficioso económicamente.Irrevocabilidad de la IPT:La pensión de incapacidad permanente total es compatible con el trabajo en otras ocupaciones que no sean las habituales del pensionista. Sin embargo, en términos de prejubilación y jubilación, la normativa puede ser compleja. Generalmente, una vez concedida la IPT, no se puede renunciar a ella para optar por la jubilación anticipada. Por eso, es importante evaluar todas tus opciones antes de tomar una decisión.Recomendaciones:Te recomiendo que consultes con un abogado especializado en derecho laboral o un gestor que pueda analizar tu caso en detalle y asesorarte sobre la mejor opción en tu situación. Ellos podrán ayudarte a decidir si es mejor luchar por la IPA o considerar la jubilación anticipada.También puede ser útil contactar con asociaciones de pacientes de demencia o de trabajadores con discapacidad para obtener apoyo y orientación.Espero que esta información te sea útil y te ayude a tomar la mejor decisión para tu situación.Un saludo y mucho ánimo,Emilio.
Ir a respuesta
Emilio44 20/06/24 02:19
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Cuando un trabajador se encuentra en situación de Incapacidad Temporal (IT), las vacaciones no se pierden y se deben disfrutar una vez finalice la situación de baja médica. Sin embargo, existen ciertos límites y condiciones:Plazo General:Las vacaciones no disfrutadas a causa de la IT deben disfrutarse dentro de los 18 meses siguientes al final del año en que se generaron. Esto significa que si tus vacaciones de 2022 no pudieron disfrutarse debido a una baja, tienes hasta el 30 de junio de 2024 para disfrutarlas.Convenios Colectivos:Algunos convenios colectivos pueden tener disposiciones específicas que amplíen o modifiquen este plazo. Es importante revisar tu convenio colectivo para ver si hay alguna condición particular aplicable a tu situación.Si la IT se prolonga más allá de esos plazos y no se pueden disfrutar las vacaciones, es posible que estas se pierdan. No obstante, en situaciones donde la prolongación de la IT excede los plazos legales y se niega la incapacidad permanente, puede haber espacio para reclamar, aunque es un proceso que puede resultar complicado.Te recomiendo consultar con un asesor laboral o tu sindicato para obtener una orientación específica basada en tu situación y convenio colectivo. Cada caso puede ser diferente. Saludos!Enlace de interés sobre este tema: https://www.campmanyabogados.com/blog/puedo-reclamar-vacaciones-18-meses-baja
Ir a respuesta