franjgr
07/02/26 08:34
Ha respondido al tema
Subsidio mayor de 52 y RENDIMIENTO PRESUNTO
El tema del rendimiento presunto de las cuentas corrientes es un tema abierto. La Ley establece que se aplica el rendimiento presunto al patrimonio que no tenga un rendimiento explicito, pero el SEPE, en sus instrucciones habla de fondos, cuentas remuneradas, depósitos, acciones.... y obvia las cuentas corrientes, aunque si habla de aplicar rendimiento presunto al dinero obtenido por ventas o premios, mientras no se demuestre que ya no se tiene o que se ha invertido en un producto con rendimiento explicito.A nadie le entra en la cabeza que el SEPE vaya a aplicar un rendimiento presunto al dinero que tienes para el día a día y emergencias pero en un caso como este que la cantidad es tan grande que puede hacer supera.rvel límite de rentas, ya surgen las dudas.El SEPE no sabe que ese dinero existe si no sale en la declaración y tampoco le han pedido que acredite el dinero que tiene en cuenta, así que es mejor no decir nada. Lo más probable es que, en su provincia, no tengan en cuenta el dinero en cuentas corrientes.Las faltas graves están sancionadas con tres meses, no con la perdida del subsidio. Pero si hablamos de que no se cumplan los requisitos desde el principio se trata de una revocación del derecho, sin sanción porque no existe un derecho sobre el que sancionar. La revocación no impide volver a pedir el subsidio si se tiene derecho, pero para tener derecho no puede haber superado rentas 12 meses seguidos.