¡Buenos días Margraf!
Después de un año (menos 3 días) y 11000 post de diferencia :DDD sin coincidir, me gustaría tuvieras a bien darme tu opinión sobre un Seguro de Inversión que me ha propuesto el Banco de Santander.
Descripción:
Se trata de un seguro de vida, en la modalidad conocida como "Unit Linked" en el que la prima pagada es invertida por la Compañía Aseguradora (I) en bonos de Deuda Pública del Estado Español y (II) en un derivado formalizado con Banco de Santander, siendo exclusivamente el Tomador quien asume el riesgo de dicha inversión. (*)
El objetivo de este seguro será que el tomador reciba:
- A los 2 años y 11 meses: el 20% de la prima aportada más un pago del 5% sobre ese 20%. Rentabilidad anual 1,70%.
- A los 3 años y 07 meses: el 20% de la prima aportada más un pago del 7% sobre ese 20%. Rentabilidad anual 1,87%.
- A vto. 5 años y 07 meses: el 60% de la prima aportada más el 75% de la revalorización media anual de la cesta equiponderada de acciones formada por:
- Inditex (código Bloomberg ITX SM), Coca-Cola (KO US), Mc Donalds (MCD US), Bayer AG (BAYN GY) y Nestlé (NESN VX), con un minimo del 1,50% sobre ese 60%. Rentabilidad anual minimo 0,26%.
La rentabilidad minima anual del Seguro es del 0,69%.
Los porcentajes incluídos como Rentabilidad Total son totales y no anuales. Todos los pagos y prestaciones anteriores son NETOS de los gastos aplicables al producto.
La rentabilidad anual es el resultado de calcular el tipo de interés anual compuesto, con base de 365 días, por año del tramo correspondiente. Tanto esta rentabilidad como la minima anual se han calculado sobe la base de que el seguro se mantenga en vigor hasta el vencimiento del Tramo correspondiente.
La revalorización media anual de la cesta será igual a la variación porcentual de la media aritmética de los precios oficiales de cierre de cada una de las acciones que componen la cesta de las observaciones que se realizarán los días 12 de julio o siguiente día hábil de cada año desde 2014 hasta 2019, fente al precio oficial de cierre el 12 de diciembre de 2013 y en todos los casos de forma equiponderada.
La revalorización media anual (opción asiática) permite participar al inversor de la rentabilidad media obtenida por la cesta durante un periodo, frente a la revalorización punto a punto (opción europea) que recoge la rentabilidad entre dos puntos determinados. Con la primera, se evitan movimientos puntuales de la cesta en fechas concretas y se recoge la rentabilidad media del periodo de inversión.
La revalorización media anual del subyacente actua como amortiguador de la evolución, tanto si es positiva como negativa. En el caso de la "cesta" para el periodo comprendido entre el 31/01/2008 y el 31/08/2013 la revalorización de la opción europea punto a punto fue del 76,71%, mientras que la de la opción asiática anual fue del 29,27%. Para un único periodo anual, dichos valores serían idénticos en ambas opciones. En el caso en que el precio de la cesta disminuya o se mantenga estable durante los primeros años y tenga un comportamiento alcista en la etapa final del producto, la revalorización punto a punto (opción europea) sería positiva, mientras que la revalorización media (opción asiática) podría ser 0.
(*)Sobre este comentario del Banco
siendo exclusivamente el Tomador quien asume el riesgo de dicha inversión. (*)
Que ¿quiere decir que puedo perder el capital invertido, sin responsabilidad alguna por parte de ellos? entonces no comprendo como el Banco dice que el capital está garantizado al 100% pero que por orden del Banco de España no puede hacerlo constar en la documentación a firmar por ambas partes, lo que me hace pensar que si ocurriera lo peor es que de garantizado nada de nada porque como no habría ninguna constancia sobre ese particular, puedo perderlo todo.
Gracias anticipadas por tu atención.
Cordialmente.