Si el dinero que te dejan para pagar ese impuesto es un préstamo (vas a devolverlo a quien te lo deje), no sería una donación y no deberás pagar ningún impuesto (pero si deberíais formalizarlo para evitar problemas fiscales).Si el dinero te lo dan (no vas a devolverlo), sí sería una donación (independientemente del uso que vayas a dar a ese dinero) y deberías pagar el impuesto correspondiente.saludos
La compensación es hasta 4 ejercicios. Las pérdidas del ejercicio 2017 se pueden compensar con ganancias en los ejercicios 2018, 2019, 2020 y/o 2021.Por lo tanto, las ganancias hasta 31/12/2021 estarían incluidas.PD: Lo que ya no es tan seguro es que el fondo esté en ganancias a diciembre de 2021. :-D
Eso entiendo que no supone ningún problema de cara a Hacienda, ¿verdad? Distinto sería si fuera dinero en efectivo...No, no supone ningún problema para Hacienda.Si fuese dinero en efectivo tampoco lo supondría siempre que pudieses demostrar que el dinero es tuyo (lo cual sería facilísimo si lo retiras de un banco, recogiendo el recibo pertinente, y al poco rato lo ingresas en el otro).Saludos
hace 1 mes compré 500 acciones de iberdrola en Degiroal día siguiente vendí otro paquete de acciones iberdrola que tenía en el Bbva con unas ganacias de 2000€Aunque estés en la ventana de 2 meses, no hay problema porque vendiste las acciones con ganancias.Saludos
Que podemos hacer en este caso?Lo primero, aprender la lección: no se debe firmar un contrato sin haberlo leído y entendido antes.Lo segundo, decidir si os interesa denunciarlo (tendrá costes y dolores de cabeza).
Tal y como lo entiendo yo, aplicaría la norma de los 2 meses sobre esas 4000 acciones, de las cuales no podrías aflorar las minusvalías ya que se interpretaría como si las hubieses recomprado parte de lo vendido (aunque la compra de hecho haya sido antes que la venta).Saludos