Como es público y notorio, estamos en pleno brainstorming (políticos, periodistas, bloggeros, magistrados, etc) acerca de los múltiples problemas vinculados a nuestra crisis. Y entre ellos cobra especial relevancia todo lo relacionado con lo hipotecario. Algunas soluciones parecen ya descartadas, como la superación judicial del marco legal vía el common law catalán, dado el auto publicado ayer por el TC . Os recomiendo la lectura del escrito del juez y del auto del TC para percibir lo dramático del asunto (me refiero a que el juez la intentase colar de dicho modo)
Pero desde Cataluña, una región emprendedora y con ideas propias, no cejan. Y ahí tenemos la última propuesta de ERC, que defiende la creación de un Fondo de Rescate Hipotecario para auxiliar a las familias que no puedan pagar la hipoteca. Lo cierto es que el humor catalán es cachondo, ya que todo esto me parce una humorada, el típico chiste contado con la cara muy seria, eugenio-style: saben aquel que diu que va un fondo de rescate y....
Para empezar, y luego diré de donde, cifran la cantidad a recaudar con dicho Fondo en unos 300 millones de euros ¿anuales? Obviamente, con eso no tienen ni para empezar si quisieran ayudar a pagar esas hipotecas. Como son conscientes de ello, sostienen que dicho dinero se empleara en sufragar los costes financieros de modificar las condiciones de la hipoteca, ya sea dilatando su pago o pudiendo seguir viviendo en la vivienda aun perdiendo su titularidad (sic).
A pesar de la desafortunada redacción del artículo infiero que en el primer caso buscan pagar los gastos necesarios para introducir algún tipo de carencia o alargamiento de plazo (solución modo ICO que ya ha demostrado para lo que sirve: para nada). pero es que en el segundo caso no entiendo ni papa qué gastos van a cubrir, ya que la hipoteca desaparecería y la familia pasará a ser un inquilino (por tanto estaríamos hablando de una renta y de algo opcional para la entidad financiera, al menos en tanto no se declare la República Popular de Catalunya), como parece entenderse en Público.
Pero lo que no tienen claro en cuanto al destino, lo tienen, y vaya que si, en cuanto al origen de la pasta. Un impuesto sobre los depósitos bancarios, a la extremeña (se ve que hay cosas que le molan de la tierra de Rodríguez Ibarra a pesar de los críticas pasadas): Y sobre esto ya me voy a a explayar un poco más:
1. Para empezar, decir que el impuesto extremeño esta recurrido al TC por el Gobierno del PP, que lleva ¿8? años pensándoselo, y que es posible que el desarrollado por los andaluces sea también recurrido por el Gobierno central. Por tanto, cuando menos su constitucionalidad esta siendo cuestionada, aspecto este que los proponentes obvian radicalmente.
2. A diferencia del extremeño estaríamos hablando de un impuesto finalista ex lege, ya que dichos fondos irían destinados a un fin concreto. Una suerte de céntimo financiero (sólo que no sería un céntimo como el sanitario, vaya que no). Introduciríamos eso si otro elemento más de ruptura de la caja única en nuestro sistema tributario. Sospecho que es legal, pero desde luego no es el tipo de arquitectura tributaria que a mi me gusta.
3. Me hace gracia que esta tasa se articule sobre los depósitos bancarios de las entidades financieras con oficinas abiertas en Cataluña.Cuando hablamos de depósitos estamos diciendo, de un modo u otro, directa o indirectamente que quien acaba pagando la constitución de este fondo son los clientes, bien los ahorradores, bien aquellos que van a pedir un crédito. Se que no todos están conformes con que se pueda repercutir dicho coste, pero no voy a entrar en el debate , tan solo apuntarlo ya que hay puntos más jugosos derivados de dicha propuesta.
4. Y es que si nos paramos a pensar, cabe deducir que las entidades financieras con más depósitos (o los clientes de las mismas si aceptamos la teoría de la repercusión) serían las que acabasen pagando los marrones de aquellas más descompensadas en su relación depósitos/inversión.
Sería interesante hacer un estudio de aquellas entidades netamente favorecidas, a través de la ayuda a sus clientes, y de aquellas netamente perjudicadas, aquellas con un menor crecimiento del activo en los años dorados. ¿Nadie observa que se trata de algo netamente injusto, que no hay relación entre de donde sacan el dinero y a donde lo quieren aplicar, que se pude castigar a los prudentes, a los que e centraron en captar recursos, para beneficiar a los hijos pródigos por enésima vez?
5. Por supuesto, ni menciono una obviedad como que este impuesto quedaría muy lejos de las entidades online,aspecto este que entiendo que no se les habrá ocurrido a los padres de la criatura en cuestión. Ayyyy que se les va a escapar el ciberahorro catalán de su cedazo fiscal.
6. Por último, de aprobarse semejante desafuero, cabría que se desviaría buena parte de los saldos en depósitos a otro tipo de vehículos financieros, como los fondos de inversión O quizás, mira tu que risa (otra vez el sentido del humor catalán) a los bonos patrióticos de la Generalitat.