En estos días en todas las noticias hemos visto contradicciones de toda índole entre las declaraciones de los imputados, y también en la defensa del partido Popular, que recordemos que únicamente está imputado a título lucrativo.
No voy a efectuar una defensa del PP, ni de ningún partido político, de hecho la financiación de ellos desde la reinstauración de la democracia, tiene muchas lagunas, y casualmente (o no tan casual) las cuotas de “líos” por no llamarlo de otro modo, no tiene que ver en mi opinión de si es un partido u otro, la relación parece o apunta a ser proporcional a las cuotas de poder ostentado y al tiempo en el que se permanece en el poder. En fin esta parte la dejó ahí porque no pretendo debatir de política, cada cual tiene sus opiniones, normalmente muy respetables y debatir esto, al margen de ser bastante estéril, mi blog no es de política o no pretende serlo. Solo un comentario sobre ello.
A mí me chirrían algunos artículos periodísticos, tertulianos de esta titulación académica o comentaristas con otros conocimientos que debaten sobre ello.
Vamos a ver, ES UN ERROR CONFUNFIR LAS ESTRATEGIAS DE DEFENSA, que serán a nivel ético y de opinión, acertadas o desacertadas CON LA IDEOLOGIA POLÍTICA, O INCLUSO CON LAS ESTRATEGIAS ELECTORALES.
EL ABOGADO DE UN ACUSADO TIENE LA OBLIGACIÓN DE DEFENDER A SU CLIENTE, CON TODAS LAS ARMAS LEGALES A SU ALCANCE, ESTO NO ES CENSURABLE, podemos opinar que tales estrategias no cuadran o hasta pueden ser contrarias a nuestra opinión a nivel ético o estético, NO DEFENDER ADECUADAMENTE A SU CLIENTE ES IGUAL, PRIMERO A UNA MALA DEFENSA Y SEGUNDO NO CONSIDERAR QUE TODOS SOMOS INOCENTES HASTA QUE SE DEMUESTRE LO CONTRARIO, luego, insisto, ética o estéticamente a nivel de ciudadano, nos agradará más o menos.
Utilizar una determinada estrategia de defensa como “arma arrojadiza” a nivel político, contra el adversario en las urnas, me parece una forma como otra de manipulación de la percepción de la ciudadanía, cuando no una forma de obtener titulares periodísticos.
Eso si, los tribunales están, entre otras cosas, para delimitar si tal defensa es acorde con los procedimientos legales (que son muy importantes) y con las leyes vigentes. Con lo cual que lo primero que intente un abogado es anular las pruebas de cargo, porque de este modo su cliente quedaría libre, será, repito de nuevo, ética o estéticamente poco agradable, pero es la obligación del abogado efectuar el intento.
En el caso que nos ocupa, las imputaciones son absolutamente transversales, hay políticos, sindicalistas, representantes de agrupaciones empresariales, etc., lo cual confirmaría que la corrupción, de momento presunta en este asunto, no es un tema de siglas, es un tema de poder, creo que en ello estaremos todos de acuerdo.
Vamos al lío !!!!!
Acabamos de empezar y al margen de contradicciones en las declaraciones de los imputados, digamos que hay curiosidades dignas de mención, por ejemplo:
- Tarjetas clonadas
- Cargos no reconocidos
- Responde a percepción salarial
- Los cargos corresponden a gastos de representación
- No verificación de los ingresos a declarar en IRPF
- Un alto cargo que ya advirtió de la irregularidad de ello, en el momento de recibirla.
- .....
Vamos a analizarlas una a una:
A la primera sería necio no reconocer esta posibilidad, pero estadísticamente no hay un porcentaje de clonaciones, esto ocurre con una de cada miles de ellos, con lo cual la pretensión de varios de los encausados en este sentido, al menos estadísticamente tiene pocas posibilidades, puede ocurrir en un caso, en dos … pero no parece un recurso muy creíble, para muchos de los declarantes.
Aquí hay una noticia que me ha sorprendido sumamente:
http://cincodias.com/cincodias/2016/09/27/mercados/1475005654_546245.html
A alguno de mis lectores, le habrá ocurrido, un extravío de la tarjeta, cuando ello ocurre, el banco procede a emitir un duplicado, y si nos fijamos las dos o tres últimas cifras de la numeración varían en la nueva, y si a alguien se le hubiera ocurrido utilizar la presuntamente extraviada, se habría encontrado con la denegación del pago. Es posible que algunos gastos de bajo importe, que la disposición se acepte el “off”, sin realizar la consulta al banco por imposibilidad técnica, o por ejemplo hace algunos años, desconozco si sigue utilizándose el mismo sistema, en las autopistas por ejemplo, no se realiza la consulta al banco, sino que simplemente el sistema cotejaba la caducidad, la lista de anuladas y poca cosas, en dicho caso si una tarjeta hubiera sido anulada en fecha muy reciente, no estuviera tal lista actualizada, con lo cual pretender que se puede utilizar un plástico anulado sin ningún problema, es mucha pretensión la verdad.
Ahora bien, si las pruebas ya han sido presentadas, y a Bankia (por un tema de procedimiento) ya no se le permite presentar nuevas pruebas (*) para desmontar este argumento, entonces podemos entender la estrategia.
(*) Hay que considerar que los juicios no van como vemos en las películas de abogados norteamericanas, donde el abogado de la acusación o la defensa, presenta una prueba de última hora que “da la vuelta a la tortilla”, las pruebas deben presentarse en su momento procesal, para que la contraparte pueda contar con los mismos medios y datos, por tanto la presentación de nuevas pruebas, existiendo la posibilidad, está muy restringida … uno no puede ir diciendo “oigan señorías, me olvidé de presentar esto, y aquí lo tienen para incluir”, obviamente si se van a admitir pruebas que en el momento procesal correspondiente no existían.
Aquí agradecería que si algún forero abogado lee mi blog, me indicase si estoy en lo cierto.
Cargos no reconocidos: Bueno esto no sé si tiene más recorrido que la simple declaración del imputado, “no estuve, no comí ahí, nunca he comprado un bolso de tal …” pues vale, sin embargo la credibilidad tiene sus lagunas.
Responde a percepción salarial: Si todos hubieran “entendido” lo mismo cuando les fueron entregadas las tarjetas, pues tal vez, pero por lo que parece ni en esto se han puesto de acuerdo dichos encausados.
Tal vez la idea sea cargar la responsabilidad al “inventor” de este sistema de ingresos extrasalariales, descargando las que corresponden a uno mismo. Si es una estrategia de defensa.
Los cargos corresponden a gastos de representación: Tal como indiqué en el post 239, de ser así fue una “chapuza” de manual, mirad que era fácil (reproduzco lo que ya comente en el 239 en dicho sentido)
Supone un control adecuado de los gastos que un empleado o directivo realiza por cuenta de la empresa, e imputables a ella.
Si los gastos de estas tarjetas black se hubieran limitado a restaurantes, hoteles, y pequeños (o medianos) regalos, hubiera sido extremadamente complicado demostrar que tales dispendios no correspondían a relaciones con clientes o potenciales clientes, reuniones de negocios, o atenciones a tales clientes, de verdad hubiera sido difícil demostrar que no era así, para empezar habría que conseguir que los alguien negase haber sido invitado o recibido un regalo, en primer lugar porque no siempre iba a quedar registrado a quien se invitó, y luego tal como parece verse en los múltiples juicios sobre corrupción, una de las partes ni está ni se la espera.
En este caso y siento dar “ideas”, podría discutirse la oportunidad de tales invitaciones o regalos, si serían una adecuada política o como poco la proporcionalidad de los mismos contra los objetivos comerciales perseguidos y obtenidos, pero no más allá de eso.
No verificación de los ingresos a declarar en IRPF: Aceptando como correcta la comunicación de datos fiscales facilitada por la empresa. Ciertamente hay muchos ciudadanos que no comprueban el certificado de ingresos para el IRPF, me atrevería a indicar que es una relevante mayoría, es más también habrá una abrumadora cantidad de ciudadanos que dan por buenos los datos que les facilita la administración tributaria, y no comprueban absolutamente nada, aun cuando en las hojas que se nos remiten o bajamos por internet la Agencia Tributaria nos deja meridianamente claro que debemos declarar nuestros ingresos por todos los conceptos, a menos que esten exentos, de no hacerlo la excusa de que la AEAT no nos los comunicó de nada nos va a servir.
Al señor Spottorno, creo que habrá que recordarle eso, y además que “la ignorancia de la Ley, no prejuzga su cumplimiento”
Un alto cargo que ya advirtió de la irregularidad de ello, en el momento de recibirla: Esta cuestión me parece sumamente relevante, porque salvo error por mi parte, muchos de los encausados, no han estado en banca “toda la vida”, es más la mayoría proceden de otros sectores, algunos de la política y de ellos algunos que en su vida ni siquiera habrían trabajado en el sector privado. No es que trabajar en el sector público sea algo negativo, pero si es relevante en dicho sentido, que las empresas privadas tienen unas reglas distintas en muchas cuestiones.
Tampoco considero “banquero de toda la vida” al Sr. Rodrigo de Rato Figaredo, a pesar de su paso como director del Fondo Monetario Internacional, y de los bancos de los que su padre D. Ramón de Rato Rodríguez San Pedro, fue propietario, el Banco de Siero (redenominado como Banco del Norte) y del Banco Murciano (redenominado como Banco de Murcia), los cuales antes de recalar en la órbita de la primera Rumasa, tuvieron ciertos problemas, aun cuando es posible que enfrentarse a un hermano del General Franco, ejecutarle un crédito a Nicolás Franco, pudiera “ayudar” a los problemas de tales bancos.
Bien, me refiero al Sr. Francisco Verdú Pons, ex Consejero Delegado de Bankia, que no aceptó tal presunta “prevenda” cuando le fue entregado el plástico. Aquí no se discute la valía profesional, ni su capacidad como Consejero Delegado de un gran banco, de hecho con el poco tiempo que estuvo en el cargo, es difícil evaluar su capacidad ejecutiva. Lo que si es un hecho es que estuvo con cargos relevantes, hasta llegar a vicepresidente en Banca March, anteriormente estuvo en el grupo Argentaria, antes o al tiempo de la fusión con el Banco Bilbao Vizcaya.
En alguna noticia se ha indicado que la experiencia del Sr. Verdú fue en un banco muy pequeño como es Banca March, no creo que ello tenga mucha relevancia, para empezar será “pequeño” en cuanto a oficinas, empleados, cifras de balance, pero no en cuanto a solvencia, que es uno de los más capitalizados del mundo, será por el grupo empresarial de la familia March, de la cual el banco es la cabecera del grupo, o por la razón que fuere, pero si “la grandeza” se mide por solvencia, estuvo en uno de los mejores !!!!!
En todo caso, lo que sí sabe el Sr. Verdú, por su experiencia profesional, que no fue en un único banco http://cincodias.com/cincodias/2011/05/21/mercados/1306072034_850215.html Es la ortodoxia bancaria, lo que es aceptado, lo que no lo es, lo que es correcto en el negocio bancario, y que no lo es.
De ahí que en contra de “la opinión” de sus “compañeros” en el Consejo de Administración, no utilizó la tarjeta, y según manifiesta, advirtió de la irregularidad de aquella forma de actuación.
En fin … supongo que durante las próximas semanas, seguiremos con más sorpresas.