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Rumasa, Nueva Rumasa y D. José María Ruiz Mateos (TV 1 octubre / noviembre 2021) -1a parte *293*



Recientemente TV1 ha iniciado una serie denominada “Ruiz-Mateos: el primer fenómeno viral”, que la engloba bajo el género biografías. En el momento en que inicio este post de blog al que luego seguirán uno o dos más, solo estamos en el primer episodio de los 4 previstos. A mi juicio, se centra mucho en el personaje y poco en los motivos que llevaron al desastre de la primera Rumasa y probablemente siga el mismo camino o estilo cuando podamos ver el los capítulos en relación a nueva Rumasa, aun cuando ya en dicho primer capítulo hay alguna entrevista con afectados de la compra de pagarés de Nueva Rumasa.

Seguramente si esta seria se centrase en temas técnicos, iba a tener muy poco público, con lo cual, entiendo que tanto el formato como el contenido responden a consideraciones periodísticas y de cuota de pantalla (share), que es lo que realmente cuenta, incluso en las televisiones públicas.

No soy ningún experto en grandes empresas, y menos de los motivos de estado que provocaron la expropiación de Rumasa el 23 de febrero de 1983, por tanto, este post y los siguientes sobre el particular, serán meras opiniones personales que intentaré argumentarlas. Al final de esto va un blog, de opinar sobre determinados asuntos.

De entrada, a diferencia de las intervenciones de buena parte de las cajas de ahorro de los últimos años, en Rumasa no se produjo una intervención, sino una expropiación, puede que el resultado final fuera parecido, pero no lo fue la forma, el sistema empleado. Visto con perspectiva, la forma apunta a una solemne chapuza, si bien en aquellas fechas yo contaba con poco mas de 20 años. Es posible que uno de los motivos fuera la inexperiencia del gobierno de aquel momento qué, dicho de forma plana, acaba de llegar, el PSOE de Felipe González, ganó las elecciones de octubre de 1982 por mayoría absoluta, realmente tomó posesión el 3 de diciembre de aquel año, por tanto, menos de tres meses antes de la expropiación.

Que había que parar “aquella bola de nieve”, creo que hubo bastante coincidencia, incluso por parte de la oposición, el problema pudo ser el sistema y su coste, aun cuando es histórico que la eficiencia del estado en estos asuntos, con gobiernos tanto del PP como del PSOE, es definitivamente muy mejorable, 

En segundo lugar, y pesar de todo, en mi opinión D. José María Ruiz-Mateos era un emprendedor, el clásico empresario hecho a si mismo, luego las circunstancias le llevaron a otro lugar.

Rumasa (Ruiz Mateos, S.A.) comenzó en el año 1961 con un capital de 300.000 ptas. (1.800 €), un pequeño negocio bodeguero.

Aunque “modernizados”, tanto Rumasa como Nueva Rumasa, adolecieron de idénticos problemas, con lo cual el resultado final acabaría a grandes rasgos, exactamente el mismo. 

Para mí, los principales problemas ya de inicio fueron:

  1. Crecimiento constante tanto de las cifras, como del número de negocios o sociedades. 
  2. Excesivo endeudamiento o, dicho de otro modo, capitalización insuficiente. 
  3. Incumplimiento reiterado de obligaciones fiscales o con la Seguridad Social.
  4. No ajustar volúmenes y gastos en momentos de crisis o de estancamiento de la economía.

Hay montones de empresarios/as de éxito que iniciaron sus actividades con poco capital, excesiva deuda y con dos “activos” reales: su trabajo, y una idea. Sin embargo, al mismo tiempo dicho poco capital y deuda, contabiliza montones de fracasos empresariales, incluso con planteamientos de negocio excelentes. El trabajo y una buena idea no son solo una base magnifica para iniciar un negocio, puede ser insuficiente, ahora bien, sin ello no hay capital que pueda sustituirlo.

1 - Crecimiento constante tanto de las cifras, como del número de negocios o sociedades. 


Cualquier crecimiento relevante, generalizando, crea tensiones de liquidez, y es lógico, porque las diferencias temporales entre la inversión a realizar o la financiación de los nuevos procesos productivos (o su incremento) suponen ciertas necesidades de tesorería. 

El cobro del incremento de las ventas previsto, no va a llegar en la mayoría de las ocasiones al mismo tiempo del momento de pago de las inversiones o, del de pago de las materias primas y los gastos de la nueva producción, con lo cual hay dos soluciones, incrementar la capitalización de la empresa o acudir a la deuda.

Que yo conozca no hay una proporción establecida y estandarizada entre recursos propios (capital más reservas de la empresa o grupo empresarial) y recursos ajenos (crédito) para una sociedad, depende de muchos factores, incluso pueden no tener las mismas necesidades dos empresas con idéntica actividad empresarial. Si que existen negocios muy regulados, por ejemplo, la banca o las aseguradoras, en los cuales hay unas exigencias legales de capitalización, pero es solo por regulación, una empresa de un determinado sector puede funcionar perfectamente con una proporción del 25% en fondos propios y el 75% en ajenos que otra con una proporción del 30/70%. 
Este sería un tema muy largo de explicar, por la multitud de parámetros a considerar.

Pero es que además en el caso Rumasa, no se trataba de crecer de manera orgánica en unas empresas, sino que el grupo, por llamarlo de algún modo, ya que nunca se constituyó como tal, creció con la adquisición de empresas en crisis, adquiridas a precios muy bajos, por tanto, había que reflotarlas, y ello lleva tiempo, mayores de necesidades de capitalización para ello, tiempo para realizar tal tarea, y no sería precisamente poco tiempo en ningún caso, incluso considerando que la nueva administración sea capaz de darle” la vuelta” a absolutamente todas. Rumasa contaba cuando fue expropiada, con más de 700 sociedades, solo considerando la estadística es materialmente imposible.

Con lo cual, ante la necesidad de recursos ajenos para financiar el crecimiento de Rumasa, D. José María Ruiz-Mateos tuvo una idea excelente, al menos en sus comienzos, comprar un  banco, presumiblemente le iba a facilitar la financiación necesaria. Hay que tener en cuenta que en 1952 y probablemente algunos mas en 1964, en España había más de 170 bancos,  de los cuales 129 eran “bancos locales”, pequeños negocios de ciudades pequeñas o medias, muchos habían surgido de agrupaciones de comerciantes o fabricantes de un determinado sector económico predominante en aquella comarca o provincia, otros por la conversión en banco de corresponsales de bancos regionales o nacionales. Un corresponsal era una persona o sociedad que actuaba por cuenta de un banco en determinada zona y a comisión, en una época que no había libertad de apertura de oficinas bancarias, tenía que ser autorizado por el gobierno y cuando lo concedían era donde le daba la gana al gobierno, llegando a extremos como el del Banco Perfecto Castro Canosa, de la gallega localidad de Cee a pocos kilómetros de Fisterra en A Coruña, al que le autorizaron una nueva oficina, pero en Gavà (Barcelona) que dista exactamente, nada menos que más de 1.100 km. de distancia  de cualquier otra oficina y desde luego ya no lo de internet, simplemente algo más que teléfono y por centralitas locales a nadie, supongo, se le había pasado por la cabeza siquiera como algo futurista.

Estos bancos locales, tenían como mucho una sola oficina, puede que media docena en casos contados.

Los inicios de Banca Catalana, la de la familia Pujol, la pongo como ejemplo para todos nos situemos, aunque nunca fue de Rumasa, fua la compra de Banca Dorca y Cia de Olot (Girona), una sola oficina con 15.000.000 de pesetas de depósitos en 1959. 15 millones de pesetas de 1959 serían poco mas de 3 millones de euros de hoy. 

Entonces en 1964 Ruíz-Mateos, adquiere el Banco de Jerez, antigua Banca Jiménez y Cia, (exactamente denominada Electro-Harinera Santa Marina de Giménez y Cia) nacida en 1906 en la localidad cordobesa de Fernán Núñez que trasladó a Jerez de la Frontera. En 1962 lo más antiguo que he encontrado, tenía un capital y reservas de 1.590.000 pesetas (9.556 €) ver en la página 171 del Anuario Estadístico de la Banca Privada de 1974 que incluye algunos datos de balance desde 1948, en el caso de Banco de Jerez. Incluso actualizando valores a hoy, estaríamos hablando de 360.000 € de capitalización. La cifra ya nos da una idea del volumen, los depósitos eran de 30 millones de pesetas, 180.000 €, que actualizados a hoy, algo menos de 7 millones de euros, un banco minúsculo sin duda alguna.

Publicidad en La Voz (Diario Republicano de 9 de septiembre de 1931).
Observemos que algunos de estos pequeños bancos eran de familias con varios negocios al mismo tiempo y en la misma sociedad, veremos algo similar al final, en lo que fue el Banco de Murcia (Banca Mariano Martínez Montiel). 


Publicidad del ya denominado Banco de Jerez en el grupo bancario de Rumasa.


Lo importante entiendo era conseguir la ficha bancaria, captar depósitos pagando mas interés que la competencia y en teoría conseguir financiación con la única limitación de la cifra de depósitos que tuviera el banco, exceptuando la parte que no podría ofrecerse como préstamos o créditos por temas legales. creo que se llama coeficiente de caja. 

Dije “en teoría”, porque al margen de que el cualquier negocio lo ideal es no estar concentrado en ventas a unos pocos clientes, porque si alguno “se resfría”, a ti te toca “la pulmonía”, en banca lo de la concentración siempre ha estado muy regulado, el Banco de España tiene y siempre tuvo como uno de sus cometidos el evitar la concentración. 

Desconozco como Rumasa “salvo” este tema durante muchos años, pero en la expropiación se detectó una elevada concentración de riesgo (créditos y préstamos) a empresas vinculadas en los 18 bancos, que al final eran 20, concretamente lo publiqué en este post de blog, hace poco más de 2 años Algo de historia de la banca en España y desde la posguerra III *267*

Para evitar la detección por parte del regulador, el Banco de España, probablemente tenga mucha relación que en aquellos momentos las obligaciones de auditoria no existían, salvo por error por mi parte la Ley es de 1988. Asimismo, las normas de consolidación de balances como las conocemos hoy es de principios de los años 2.000, tal vez un poco antes, pero desde luego no existían en los años 80 cuando la expropiación de Rumasa y menos en las décadas de 60 y 70, cuando Rumasa adquirió buena parte de sus 20 bancos. Es evidente que sin estas dos herramientas el trabajo inspector debía ser como poco, de muy complicada detección de algunas poco recomendables técnicas contables, con solo interponer empresas entre el prestamista y el destinatario final de las financiaciones. Si a ello añadimos que tampoco existían normas del préstamo responsable que instruye el Banco de España hoy, probablemente las posibilidades del “escaqueo” por parte de quien precisaba mostrar poca transparencia, serían muchas.

¿Por qué fue capaz de comprar 20 bancos? Algunos por simple acuerdo con los accionistas de los mismos, pero en varios casos los compró al propio estado, bancos en crisis intervenidos por el estado, como el caso de dos bancos de la familia Rato, salvo error padre y tío de D. Rodrigo Rato (Ministro de Economía en gobiernos del PP y ex presidente de Bankia) el Banco de Siero (Banco del Norte en Rumasa) y Banco Murciano (Banco de Murcia en Rumasa), entre otros, que también habían tenido problemas de negocio. El estado tenia necesidad de desprenderse de aquellos bancos en crisis.


Seguirá en próximos post de blog. 

 


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  1. en respuesta a Bender
    -
    Top 10
    #11
    05/11/21 00:17
    Uff .... de interés histórico !!! Amigo ...no me des tanta importancia, dirijo por cuenta ajena y desde hace 18 años, la administración financiera y contable de un grupo de empresas muy, muy modestas .... mi trabajo es ese, todo lo que se apunta es la base de la ortodoxia contable y financiera, lo sabe cualquier contable que tenga una visión global de los estados contables. Por decirlo de algún modo, esto te lo explican en el  primer curso de la diplomatura !!! Aunque si una adecuada  interpretación global de los estados financieros no la obtienes el 18 años, mejor que hubiera cambiado de trabajo, definitivamente la cuentas no hubieran sido lo mío !!!!!

    No hay importancia en eso, simplemente es fruto de la experiencia en mi trabajo, la misma que un mecánico de coches, sabe algunas cosas solo con sacar un vehículo "a pasear" un rato.

    ¿Investigación? Todo, absolutamente todo lo encontré en la red, es solo cuestión de poner las palabras adecuadas en Google, y hacer unas pocas llamadas a ex empleados de Rumasa, con el montón de empleados que tuvo, muy difícil encontrar a unos pocos no es.


  2. en respuesta a Bender
    -
    #10
    04/11/21 23:54
    La labor investigadora que hizo W. Petersen antes de que saltara la liebre es increíble, y destaca su encomiable imparcialidad, pues no adelanta conclusiones y hasta el último momento concede el beneficio de la duda a NR.

    Ya en plena debacle, me quedo con su post #714 www.rankia.com/foros/preferentes/temas/290011-cnmv-avisa-pagares-nueva-rumasa?page=90#respuesta_687194
    y los siguientes de @jexs71 y @abdelkrim #719 y #720, respectivamente.  Son de 21/02/2011 contienen reflexiones muy interesantes y clarividentes acerca de la responsablidad de la CNMV en el asunto y la de los propios inversores en pagarés que cuando pierden van a pedir compensaciones a los mismos (CNMV, BdE, FGI, etc) contra los que protestarían si les hubieran impedido comprar.  Lo dicho, un hilo de interés histórico...
  3. en respuesta a Bender
    -
    Top 10
    #9
    04/11/21 23:29
    Lo de "la prenda sin desplazamiento" es una figura legal bastante útil, pero que en el caso de Nueva Rumasa, se utilizó como una garantía que no iba a servir de nada. Pretendo explicarlo a lo largo de esta serie de post's al igual que alguna idea vista en los programas de TV1, como por ejemplo lo de "las comisiones" por los amagos de compra de empresas, cuando no había idea alguna de adquirlas realmente, en este caso la idea de desarrollar ello, la saco de un comentario de uno de los que fue abogado de D. José María Ruiz Mateos.

    Luego, también en base al tercer y cuarto programa que acabo de ver ahora, hay una cosa que quiero comentar, y no lo hice en la publicación, la voy a poner ahora, reeditado la segunda parte, casi al final del post, porque es el lugar adecuado.

    Se trata de este párrafo:

    A lo largo de esta serie de publicaciones, voy a anotar una operativa muy curiosa e imaginativa de la primera Rumasa, que es calcada a los pagarés, incluso en el formato empleado. Lo que desconozco es si fue una sistemática o simplemente unas pocas operaciones financieras que, mucho más allá de simples anécdotas, no fueron generalizadas o el número de operaciones pudo no ser significativo en relación al volumen total de operaciones de grupo. Lo que si creo estar en condiciones de asegurar, es que era calcado a los pagarés


  4. en respuesta a W. Petersen
    -
    #8
    04/11/21 20:35
    Sí, a ese mensaje me refería, aunque a lo largo del hilo antes y después de ese mensaje tuyo  se señala esa particularidad
     c. Mediante prenda sin desplazamiento.
    que deja con el c*l* al aire a los compradores de pagarés de NR en caso de problemas.
    Otro forero que aclara muchas cosas en ese hilo es  @jexs71
    Apenas he llegado a la página 23 (febrero del 2010) y ya estoy medio perdido. La maraña era de cuidado por esas fechas, esta es la idea que saco. 
    Quizás la CNMV pudo haber hecho más (o no). Me queda claro que se cubrió las espaldas. No la defiendo, siento vergüenza ajena de que algo así haya pasado, pero frente a la libertad de invertir el dinero propio donde uno quiera está la libertad de asumir el perderlo todo.
    Y que puede volver a pasar pues parece que se limitaron a subir el limite para "inversor mayorista" de 50.000€ a 100.000€. 
    https://www.rankia.com/blog/fernan2/3381050-emisiones-mayoristas-minoristas-estafistas

    También estoy convencido de que muchos de los que picaron con los pagarés de NR habrían picado por mucho que se les hubiera advertido. ¡En el documental sale alguno que metió más de 300.000€!  Si se lo hubieran impedido en su momento habría puesto el grito en el cielo.
    La codicia es lo que mueve el mundo, como dice el señor Gordon Gekko (Michael Douglas) en la película Wall Street.

  5. en respuesta a Ribonucleico
    -
    Top 10
    #7
    04/11/21 14:29
    Lo de las conexiones ni idea, pero supongo que pertenecer a este selecto grupo, debe ser, guardando las distancias, como el palco del Real Madrid.

    Lo que si creo recordar de entonces, aunque tan solo contaba yo con 20 años, que de los hermanos Valls Taberber del Banco Popular, también pertenecientes al Opus Dei, habrían colaborado de forma relevante en la caída y desenlace, pero esto dudo que fuera algo que figure en sumario judicial alguno.
  6. #6
    04/11/21 13:50
    ¿Crees que las conexiones religiosas tuvieron algo que ver en su ascenso o es una leyenda conspiranoica?
  7. en respuesta a Bender
    -
    Top 10
    #5
    04/11/21 11:10
    Te refieres a este comentario ?
     
    Otra cosa sacada del blog salmón:

    http://www.elblogsalmon.com/productos-financieros/nueva-rumasa-tercer-aviso-de-la-cnmv-y-el-articulo-282-de-la-lsa

    Vamos a analizar el artículo 282 y 284 de la ley TSLSA (texto refundido de la ley de sociedades anónimas)

    Punto 1: No está claro que los pagarés puedan considerarse series numeradas de obligaciones y otros valores que creen o reconozcan una deuda.

    Luego dice el mismo párrafo: ……. siempre que el importe total de las emisiones no sea superior al capital social desembolsado, más las reservas que figuren en el último balance aprobado y las cuentas de regularización y actualización de balances, cuando hayan sido aceptadas por el Ministerio de Economía y Hacienda.

    Con lo cual si esto fueren valores que tuvieran esta consideración Maspalomas Hoteles SA solo podría emitir unos 10/12 millones de euros.

    El artículo 284 de la misma ley sigue con algo que me ha picado la curiosidad:
    Artículo 284. Garantías de la emisión.

    1. La total emisión podrá garantizarse a favor de los titulares presentes y futuros de los valores especialmente:
    a. Por medio de hipoteca mobiliaria o inmobiliaria.
    b. Con prenda de valores que deberán ser depositados en un Banco oficial o privado.
    c. Mediante prenda sin desplazamiento.
    d. Con garantía del Estado, de Comunidad Autónoma, provincia o municipio.
    e. Con aval solidario de Banco oficial o privado o de Caja de ahorros.
    f. Con el aval solidario de una Sociedad de garantía recíproca inscrita en el Registro especial del Ministerio de Economía y Hacienda.

    2. En los casos a, b, d, y e del apartado anterior no será aplicable la limitación impuesta, por razones de capital y de reservas, en los artículos 282 y 289.

    En el caso f, el límite y demás condiciones del aval quedarán determinados por la capacidad de garantía de la Sociedad de garantía reciproca en el momento de prestarlo, de acuerdo con su normativa específica.

    Obsérvese el punto 2 que dice que no hay limitación en las emisiones garantizadas mediante hipoteca, con prenda de valores, con la garantía del estado, aval solidario de una entidad financiera o una SGR, pero nada dice de las garantías el punto c – “prenda sin desplazamiento”, y resulta que este es el caso de la emisión de esta tercera emisión de pagarés.

    Con todo ¿Qué debemos entender que no hay límite en cuanto a la cifra de pagares comparada recursos propios? ¿Acaso a los pagarés de esta emisión no les afectan para nada estos artículos del TRLSA? 

    Si, la CNMV fue muy tímida en sus advertencias, y a demás las hizo tarde. Visto en perspectiva hay que considerar que se supone que es un organismo imparcial, y del mismo modo que debe proteger a los inversores, no pude actuar contra emisores si estos cumplen las normas, por mal que le pueda parecer a la CNMV debe ser muy escrupulosa con sus comentarios y advertencias.

    Ahora bien, alguna forma había que algún organismo oficial o alguna organización e prestigio, pudiera "haber hablado"  con la suficiente contundencia "bajo los auspicios"  de tal oficialidad, no seria la primera vez, comentarios interesados, los tenemos casi todos los días, no era una cosa tan difícil. 


  8. en respuesta a Solrac
    -
    Top 10
    #4
    04/11/21 10:30
    Pues amigo, acabo de detectar un error en uno de los enlaces del pasado ..... que ahorra corrijo, hablando del Banco del Oeste, en mi post 273, es que no sale !!!!!

    Lo que está claro es que la forma de "parar la bola" de la primera Rumasa, fue una chapuza del 15, visto con perspectiva, podría ser un claro ejemplo de "el fin justifica los medios".

    Y en la segunda, el caso Nueva Rumasa  del hilo que @Bender indica, habrá que decir en próximos post, seran dos, puede que tres .... la CNMV como poco, fue tímida en las advertencias sobre los pagarés, de haber sido mas contundente la probabilidad de menor afectación hubiera sido alta, aunque al mismo tiempo hay que decir que del trio del riesgo Seguridad, Liquidez y Rentabilidad, por más advertencias que se den, habrá un colectivo relevante que su norte es la rentabilidad y lo ponen en primera fila !!!! ...

    La CNMV no hubiera evitado  una buena parte de la suscripciones de pagarés impagados, pero creo honestamente que se habría conseguido que el calado de la captación fuera bastante menor. 
  9. Top 25
    #3
    04/11/21 09:06
    ¡Qué buena serie! No me la pierdo.

    PD me refiero a la de este blog, claro...
  10. en respuesta a Bender
    -
    #2
    04/11/21 01:27
    Sobre los pagarés de Nueva Rumasa, y en relación a las quejas de los "inversores" que aparecen en las distintas entregas del documental, acerca de la responsabilidad de la CNMV, es muy instructivo seguir el hilo de Rankia de 2009
    https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/290011-cnmv-avisa-pagares-nueva-rumasa?page=1
    No me lo he leído todo,aunque acabaré haciéndolo, son más de 150 páginas, pero lo que me he leído ya basta para hacerme una idea.
    Hay muchos enlaces de hemeroteca aún visitables y advertencias de foreros, entre los que se cuenta W. Petersen. Genial su respuesta  #72 en el mencionado hilo, que me atrevo a calificar de gran interés histórico.
    Las advertencias de la CNMV sobre los pagarés de NR estaban para el que quisiera encontrarlas. Yo ya seguía Rankia en esa época y recuerdo las menciones que se hicieron.

  11. #1
    03/11/21 13:45
    Muy interesante tu aportación.
    El primer reportaje lo pusieron la noche del lunes al martes  a las tantas de la noche ¿1:20am?, pero los cuatro están disponibles ya en la web de rtve. 
    https://www.rtve.es/play/videos/ruiz-mateos-el-primer-fenomeno-viral/episodio-1/5915667/
    Ir hacia abajo y allí están los enlaces a los tres restantes.
    Siendo de tu "quinta", bien que recuerdo las colas en una sucursal del Banco Atlántico cuando iba a la facultad. 
    Sí, me temo, por lo que ya he visto, que no van a analizar demasiado el tema técnico, así que bienvenida sea este post y muchas gracias por compartir tus conocimientos.
    Sobre el tema del peligro de los pagarés de Nueva Rumasa ya se alertó en su momento en Rankia por parte de muchos foreros.
    Gracias otra vez.