Se anuncia ya para agosto la creación del banco malo y van a meter en el paquete una normativa que nos cuentan que va a servir para evitar casos como los de las preferentes. Por supuesto el que espere una normativa para evitar casos como los de las preferentes va a ir apañado, ya que si de verdad se quisiese solucionar este y otros problemas, la solución sería muy sencilla.
Tengamos todos claro que el caso de las preferentes, así como otros cuantos como de cédulas hipotecarias, deudas subordinadas, valores convertibles o unos cuantos más, por no hablar de swaps, suelos, acciones a punto de desmoronarse y todo lo que se nos ocurra se han permitido porque todo el mundo está interesado en conseguir que los bancos generen beneficios y si lo hacen a costa de la gente y traspasando las normas, pues ¡que así sea!. De hecho en la misma ocasión nos colarán un banco malo de tal forma que es muy difícil entender que se trate de evitar pérdidas a los ciudadanos, cuando nos cuelan la mayor. De hecho lo triste del asunto es que si los bancos no logran colocar un activo de la forma que sea a los ciudadanos directamente se lo acaba colocando a los ciudadanos vía estado.
Por supuesto, tan sólo estoy especulando, pero sin embargo estoy completamente seguro que ocurrirá lo mismo con otras normas de “transparencia financiera y protección del consumidor”, que directamente lo que han hecho es tratar de poner una serie de condiciones que los bancos podrían cumplir directamente para que los ciudadanos no pudiesen reclamar ante los numerosos casos de engaños. Evidentemente las normas MIFID, circulares y todos los contratos no han servido para otra cosa que para poner más difícil al ciudadano reclamar en un sistema de locura y en un sistema judicial que es demencial.
En este caso, la primera conclusión de la nueva normativa es que de repente nos encontraremos con esta nueva normativa. El tema no es baladí, ya que el hecho de que exista una nueva normativa da una salida muy fácil a los abogados de las entidades financieras. El argumento es muy sencillo; todas aquellas actuaciones que sean prohibidas o limitadas a partir del día de entrada en vigor de la citada norma, se convertirán en legales actualmente por la mera entrada en vigor de esta norma. El argumento que van a tener los abogados de los bancos es sencillo; tal aspecto está ahora prohibido pero no lo estaba en el momento en que se comercializaron las preferentes previas, (precisamente por esto hay que legislar ahora). Esto complica y mucho las reclamaciones.
Además, la propia existencia de la normativa genera una idea muy poderosa que tendrá también cierta influencia en los juzgados y en los consumidores; el hecho de que ahora algunas cosas se conviertan en ilegales, supondrá que antes eran legales. Sin embargo ese es un argumento falaz, pero será aprovechado y usado con mucha frecuencia, (de hecho se suele usar con relativa frecuencia, como por ejemplo con la manipulación del euribor).
Incluso aunque la normativa fuese perfecta, (que estoy segurísimo que vendrá con trampa), la realidad es que tampoco significaría absolutamente nada, ya que el problema de las relaciones con las entidades financieras, (y en general en España), no está en la existencia o inexistencia de normas, sino en su cumplimiento y sobre todo en los cauces para que la sociedad pueda exigir el cumplimiento. Es decir: ¿Qué más da que pongan cuatrocientas normas que no se cumplen, no se controlan, no se exigen y se ponen cuatrocientas mil pegas a los ciudadanos para que no puedan exigir su cumplimiento?. ¿Qué más da que se pongan cuatrocientas normas cuando determinados colectivos tienen directamente impunidad?.
Esta es la clave, porque de hecho en la comercialización de estos activos, y en muchos otros casos, nos encontramos con hechos que son claramente delictivos. Concretamente estaríamos hablando en unos casos de estafa y en otros casos de coacciones. En realidad es todo tan simple como este. A cualquiera que le hayan colocado un activo cualquiera puede ser que se le haya engañado, (sería directamente la definición de estafa) o que se le haya presionado de cualquier forma, (Coacción). En estos casos está claro que ahora mismo ya hay argumentos jurídicos para responder a toda esta situación; y en aquellos casos en los que no ha existido engaño ni coacción, pues directamente no hay problema.
Si yo pretendiese diseñar cualquier solución para TODOS los abusos de las entidades financieras, no trataría de inventarme nuevas normas, sino facilitar a los afectados por el incumplimiento de cualquiera de ellas, las armas suficientes para que puedan defenderse en un mercado en el que el poder de las entidades es evidente. Mejorar el sistema de reclamaciones, (sacándolo de un Banco de España que entra en contradicción al tener que defender la estabilidad de las entidades y por supuesto que sea vinculante para las entidades, no como ahora que se lo pasan literalmente por el forro), y por supuesto facilitar el acceso a los juzgados, (en sentido contrario al que se ha ido extendiendo en el que se trata de buscar la menor cantidad de litigios posibles). Todo ello, tiene que completarse con la existencia de indemnizaciones punitivas de tal forma que exista un incentivo para el cumplimiento de la ley, (no deja de ser un poco surrealista que cuando el cliente denuncia al banco están expresamente prohibidas las indemnizaciones punitivas, mientras que al revés el banco cobra intereses de demora que tienen carácter punitivo).
Por supuesto que todo esto generaría más litigios, lo que desde luego es malo desde muchos puntos de vista, salvo uno en particular; Es una mala señal la existencia de muchos litigios en una situación en la que las leyes se cumplan y desde luego es una mala señal la existencia de muchos litigios en el caso de que las leyes no se cumplan; pero lo peor de todo es una situación en la que tenemos estafados o coaccionados por cientos de miles o millones y que directamente no tengamos litigios. Esta es la peor de las situaciones y el mayor incentivo posible para que al final las leyes no se cumplan.