Tras el post que me ha salido del cabreo, por el acuerdo, (de hecho más por el acuerdo que por la reforma que la tenía ya muy descontada), que podemos considerar como un bonus post, toca el del día y ya que estamos creo que toca hablar de lo que significa realmente alargar la vida laboral
En esta discusión sobre la reforma de la seguridad social, y en particular sobre el alargamiento de la edad de jubilación, (y de las prejubilaciones), el objetivo oficial es alargar el período de actividad y retrasar estas edades para conseguir que exista un mayor número de personas en activo.
En definitiva se trata de que trabajemos más años, (bajo la coartada de que vivimos más años y con una situación mejor, debido a las mejoras de la sanidad). Para conseguir esto, por un lado se nos propone desde el gobierno el retraso de las edades de jubilación obligatoria y de la edad mínima para acceder a las prejubilaciones. Por otro lado, tenemos los sindicatos y otros partidos que parecen sugerir la conveniencia de alargar la edad de jubilación mediante un sistema de incentivos a la permanencia en el mercado de trabajo.
En principio, puede que los dos sistemas sirvan al objetivo de lograr que la gente se jubile más tarde y en consecuencia de adaptar el sistema de seguridad social a la realidad demográfica de las sociedades actuales. Tan parecido puede ser, que de hecho este es el argumento de los sindicatos para defender su propuesta, aunque desde luego este sistema no va a ser aceptado por el gobierno, ni desde luego por los mercados.
En este caso tenemos una situación un poco absurda, porque resulta que si al final todo el mundo propone cosas parecidas, no se entiende muy bien el hecho de que no se pueda llegar a un acuerdo; o enfocado al revés, si todo el mundo está a años luz, proponiendo medidas que pueden resultar parecidas es que nos estamos perdiendo algo.
Y para eso podemos dedicarnos a mirar las diferencias, para encontrar los verdaderos motivos de cada uno de los bandos, que este es el principal de los problemas. En el fondo no estamos hablando de prolongar la edad de la jubilación, (que efectivamente se conseguiría mediante los dos sistemas), sino que se trata de reducir el importe de las pensiones a pagar, y además se trata de actuar sobre los incentivos en los sistemas de pensiones privados.
Pensemos en una persona que va a llegar a los 65 años en activo; en este caso, nos encontraremos con que según el sistema del gobierno, podría prejubilarse asumiendo que la pensión se reduzca en un porcentaje por jubilarse antes de tiempo. Si tomamos la otra propuesta, también se jubilaría perdiendo dinero, debido a que dejaría de conseguir el premio por prolongar su vida laboral. En ambos casos tendrá un incentivo a prolongar su vida laboral pero desde luego la situación para el sistema de pensiones, sería diametralmente opuesta. En un caso, estaríamos hablando de reducir las pensiones, (el coste que asumiría el jubilado sería una reducción de las pensiones), mientras que en otro caso estaríamos hablando de que el coste se incrementaría, (por el importe de los premios a las jubilaciones).
Desde el punto de vista del sistema financiero y los incentivos a contratar planes de pensiones, (que ofrecen a las entidades beneficios desde el punto de vista de comisiones, así como mayor disponibilidad de fondos para los mercados financieros), la situación es diametralmente opuesta y en el mismo sentido. Si vamos a tener una pensión menor, los incentivos para contratar un plan de pensiones, van a ser mayores. En cambio si tenemos una situación en la que esperamos un premio en forma de pensión por prolongar nuestra vida laboral, los incentivos para los planes de pensiones se reducen.
Desde luego, todo lo anterior se relaciona con la situación en el mercado laboral, ya que un detalle que todos sabemos es que una parte importante de la población no se jubila por la llegada a la edad de jubilación, sino que se ve obligada a jubilarse de forma anticipada. Más allá de las profesiones penosas, (donde a ciertas edades y sobre todo después de ciertos períodos desarrollando la actividad, no se puede físicamente seguir la actividad), la realidad es que a medida que las personas van avanzando en la edad, en numerosos puestos la posibilidad de despido es mucho mayor, de forma que aunque todo el mundo hable de que las personas cada vez están en mejores condiciones, o que la experiencia es importante, la realidad lo que dicta es que las empresas suelen prescindir de estas personas y por supuesto una persona de cierta edad que acabe en situación de desempleo por encima de los 45 años tiene muy complicado encontrar un nuevo trabajo, (ya no digamos por encima de 50-55).
Pues estas personas van a ser el grueso del ahorro del sistema de pensiones, ya que imponiendo dos años más de edad de jubilación tendremos que en realidad lo que conseguimos es que se sigan jubilando lo antes posible, pero a dos años más de diferencia respecto a la edad de jubilación. El ahorro para el sistema, (o bajada de la pensión para el pensionista), viene derivado de dos partes.
Cuanto mayor sea el tiempo que la persona esté en situación de desempleo o sin cotizar, mayor será el número de bases mínimas, (cuando no exista cotización o exista desempleo), la base de cotización será la mínima; por tanto la base de cálculo de la pensión será menor.
Por otra parte, al existir coeficientes reductores por no alcanzar la edad de jubilación el importe del porcentaje de la base se reduce también. En consecuencia, si una persona es despedida cuanto tenga 61 años, (o cualquier edad), al mover las fechas legales de jubilación verá reducida su pensión.
Si este detalle, lo unimos a la reducción de las indemnizaciones de despido, lo que tenemos es un panorama en el que el alargamiento de la edad de jubilación supone un coste importante para los pensionistas y a su vez acabar con el sistema de seguridad social.
Sin embargo, perversamente esta discusión ni se plantea y lo que se trata de enfocar la discusión en aquellas personas que puedan seguir trabajando a los 65, (porque no los han despedido y porque están en condiciones). Curiosamente estas personas son cada vez menos y en particular en muchos de los casos, ya pueden seguir trabajando con las normas actuales ya que actualmente ya pueden prolongar su vida laboral. De hecho este es uno de los peregrinos argumentos que ha usado el PSOE para justificar esta reforma, al contarnos que había un problema con el estatuto de los trabajadores, porque las empresas podían despedir a los trabajadores a los 65 años por llegar a esa edad sin indemnización. Por lo tanto se llegó a plantear la reforma de la seguridad social como un aspecto técnico para evitar el despido sin indemnización a los 65. Evidentemente este problema, (de ser real, porque estoy seguro que una norma que casi nadie conoce no genera problemas reales), se solucionaba de una forma muy sencilla y no es otra que eliminar esa causa de despido sin indemnización. (y no dirán que no se puede tocar el estatuto de los trabajadores).
Si se quisiese prolongar la vida laboral de las personas, lo que se haría es extender el sistema vigente para determinadas profesiones, (sin jubilación obligatoria) a otras profesiones, pero esto ni se ha planteado y de hecho ni se comenta.