Compañer@, el no venir reflejado una bonificación en datos fiscales o el borrador, no se exime de no declararlo. En algunas ocasiones, esa carga fiscal, recae sobre el cliente y no sobre la entidad.
Incluso es las bases legales de la promoción/campaña llegan a indicar (evitando su responsabilidad de recabar esa retención para la Hacienda Pública): "el abono de la bonificación podría tener implicaciones fiscales, por lo que deberás tenerlo en cuenta en tu Declaración de la Renta”.