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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#3673

Re: Rellenando el Modelo 720



De nuevo se mezclan cosas.

Una cosa es la obligación de presentar el 720 que tiene variabilidad según circunstancias y otra cosa es de lo que se informa una vez obligado a presentarlo (se informa de todo el bloque de cuentas, sin matices ni exclusiones por saldos o porque ya haya sido informado antes).

Los requisitos para presentar el modelo 720, los estás trasladando hacia las cuentas individuales y ya no distingues el modelo de las cuentas.

Entonces según tu versión, si en un ejercicio todo sigue igual que la última presentación del 720 salvo que se cancela una cuenta, ¿sólo hay que presentar el 720 con el registro de cancelación y del resto de registros que sigue exactamente igual no se informa? Pues no.

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#3674

Re: Rellenando el Modelo 720

Si, con el modelo 720 estás modificando la base de datos de hacienda, dando de alta o de baja un producto, o modificando su saldo. Si no haces nada pues ese producto sigue ahí con los datos que has declarado la última vez.

Saludos
#3675

Re: Rellenando el Modelo 720

Cierto. Si no informas de una cuenta, en los registros de la AEAT todo sigue igual pero esa es la consecuencia. La normativa dice que si se presenta el 720 hay que informar del bloque entero.

Si has venido haciéndolo así y te ha funcionado, pues bien. No seré yo quien te indique que cambies la forma en que declaras. Has tenido suerte.

Imagino que la AEAT sólo requiere a los contribuyentes que tienen descuadre entre los datos informados y los datos que reciben del intercambio de información entre las agencias tributarias de cada país.

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