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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Pues la opinión de este en cuanto a que no hay inconstitucionalidad, tiene el mismo valor que mi opinión aunque yo sea un pelagatos de a pie y el esté encaramado en dónde está, que por fin, después de intentar colocarlo en diversos puestos, acabó recalando donde está.
Repito, para hablar de inconstitucionalidad tenemos al alto y supremo Tribunal Constitucional y nadie más, que nuestros buenos dineros nos cuesta a los contribuyentes.
Repito, para hablar de inconstitucionalidad tenemos al alto y supremo Tribunal Constitucional y nadie más, que nuestros buenos dineros nos cuesta a los contribuyentes.