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Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año

5 respuestas
Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año
Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año
#1

Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año

 Tenemos un cliente autónomo que finaliza su actividad en enero pero hasta junio no puede jubilarse.
Necesita liquidez mientras no se jubila. Tiene un plan de pensiones con aportaciones anteriores al Recuperar plan de pensión con aportaciones antes del 31/12/2006 en las que se puede aplicar el 40% de reducción.
Este plan de pensiones está compuesto por 25.000 € aportados antes del 31/12/2006 y 10.000 € aportados posterior a esa fecha, lo que hace un total de 35.000 €.
El propósito era de fraccionar el plan de pensiones mensualmente para ajustar esas fracciones y que fiscalmente sea ventajosa en renta y no suba a tramos elevados de IRPF. Pero para poder beneficiarse el 40% a reducción no se puede hacer así. Creo entender que tiene que ser un pago único.
He leído la consulta vinculante "V2289-24" queremos entender que si.

Pregunto:
es posible recuperar 12.500 de los 25.000 € este año otros 12.500 el próximo año aplicando la reducción del 40% y el resto que no da derecho a reducción en años posteriores?
Si se puede fraccionar la parte derecha reducción del 40% en cuantos años se puede fraccionar?
Es correcto que puede recuperar el plan de pensiones antes de jubilarse porque tiene una antigüedad superior a 10 años? 
#2

Re: Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año

Según el sitio web de la Agencia Tributaria y la consulta vinculante V2289-24, la reducción del 40% en el rescate de un plan de pensiones solo se puede aplicar a las aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006, siempre que el rescate se haga en forma de capital, es decir, en un solo cobro o en varios cobros dentro del mismo ejercicio fiscal.

Respuestas a tus preguntas:

  1. ¿Es posible recuperar 12.500 € de los 25.000 € este año y los otros 12.500 € el próximo año aplicando la reducción del 40%?
    No. Para beneficiarse de la reducción del 40%, las aportaciones anteriores a 2006 deben rescatarse en un único cobro en un solo ejercicio fiscal. Si divides el rescate en dos años, solo una parte de lo recuperado en el primer año tendría derecho a la reducción, y el importe rescatado en el segundo año tributaría sin beneficio fiscal.
  2. Si se puede fraccionar la parte con derecho a reducción, ¿en cuántos años se puede fraccionar?
    Como se mencionó, la reducción del 40% solo se aplica en cobros de capital dentro de un único ejercicio fiscal. No se permite fraccionar este rescate en varios años con la reducción.
  3. ¿Es correcto que puede recuperar el plan de pensiones antes de jubilarse porque tiene una antigüedad superior a 10 años?
    Sí, es correcto. Desde 2015, los planes de pensiones permiten el rescate anticipado de las aportaciones con una antigüedad superior a 10 años, siempre que las condiciones del plan lo permitan. En este caso, dado que hay aportaciones anteriores a 2015 con más de 10 años de antigüedad, se podrían recuperar sin necesidad de estar jubilado.

Recomendación fiscal:


Si el objetivo es optimizar el impacto fiscal, lo recomendable sería:

  • Rescatar en un solo pago en un único año la parte de 25.000 € sujeta a reducción del 40%, de modo que solo tribute por 15.000 € (60% de 25.000 €).
  • Rescatar los 10.000 € restantes (sin derecho a reducción) en años posteriores para repartir la carga fiscal y evitar saltos a tramos superiores del IRPF.

Si la planificación fiscal es compleja, puede ser recomendable consultar con un asesor fiscal para evaluar la mejor estrategia según la renta total del contribuyente en cada ejercicio.

Según la web de ai de hacienda 

#3

Re: Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año

Puede rescatar este año por la contingencia de rescatar lo aportado antes del 2015, en forma de capital, los 12500€ aportado antes de 2007 y aplicarse la reducción del 40.
El año que viene (si se jubila en junio de 2025) o en 2027 puede rescatar por la contingencia de jubilación los otros 12500€ aportados antes de 2007, en forma de capital y beneficiarse igualmente de la reducción del 40%.
El plazo para rescatar con el 40% de reducción abarca el año en que se produce la contingencia y los dos siguientes. Pero no puedes fraccionar el capital por la misma contingencia, ya que el rescate para beneficiarte de la reducción tiene que ser en forma de capital.
En este caso podrías fraccionar porque estás rescatando por dos contingencias diferentes.


#4

Re: Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año

El primer rescate tendría que hacerlo antes que se produzca la jubilación (antes de junio de 2025) . Una vez producida esta contingencia se considera que todo lo que rescate lo hace por está contingencia. Y por tanto tendría que rescatar los 25000€ en el mismo ejercicio para beneficiarse de la reducción. Si lo fracciona solo podría aplicarse la reducción a los primeros 12500€, perdiendo la posibilidad de reducirse por el resto.
#5

Re: Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año

Tal y como indica Paco50 y recoge la propia consulta vinculante que propones, SI SE PUEDE. 
Tendrá que hacer atención a no hacerlo en disposición de jubilación porque si lo hace será por ese motivo, jubilación, que es la razón fundamental del fondo de pensiones. Y en ese caso perdería la posibilidad de un segundo rescate por el supuesto de liquidez ya que nuevamente sería por el mismo motivo, jubilación. Recuerda que el rescate por jubilación con derecho a la reducción siempre puede hacerlo en los dos años siguientes a la jubilación. 
Salvo mejor opinión. 
#6

Re: Rescatar plan de pensiones con reducción 40% en más de un año

Otra posibilidad es traspasar la mitad del plan a otro plan de pensiones, teniendo cuidado el banco de traspasar a este nuevo plan la mitad de las participaciones anteriores a 2007. De esa forma, una vez jubilado, podrá retirar la parte correspondiente a un plan y al año inmediatamente siguiente la otra mitad, en ambos casos con derecho a reducción del 40% y sin ejecutar ambas en el mismo año.