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Participaciones del usuario asdebastos - Preferentes

asdebastos 03/01/24 10:56
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Si, claro, la decisión se tomará espero en una fecha próxima al final de 2026.Mi hipótesis se basa en:Al 31.07.2027 deben estar refinanciadas las OSE o de contrario los bonos vencen en esa fecha.Normalmente las operaciones de los bonos las solapan y pueden (y deberían también por el efecto de tenerlo resuelto antes de que pase a tener vencimiento a corto plazo y por lo tanto un año antes del vencimiento) por lo que la fecha de emisión de la refinanciación y amortización anticipada debería ser el 31.01.2027.El lanzamiento de la nueva emisión debería dar un plazo para aceptación, por lo que supongo que será en noviembre-diciembre 2026 para aceptar en diciembre2026-enero 2027.En esa fecha entiendo que los tipos de interés estarán más bajos y posiblemente una emisión al 5% fijo podría ser aceptable.Y supongo que podría ir acompañada de una amortización en efectivo de un 20%-25% para hacer más atractivo el canje de la emisión en vigor por la nueva.La decisión para mi sería en la fecha que he dicho, pero yo opero con ese horizonte para la decisión que tengo que tomar ahora si comprar más OSE (especialmente cuando reduzca el riesgo por el cobro del cupón a fin de mes). Ya no pienso en amortización total en el 2028, sino en que tendré parte de mi inversión que cotizará en los mercados en un 85%90%..Después me equivocaré, pero el horizonte que veo es ese.
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asdebastos 03/01/24 10:46
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
También hay un préstamo "puente" creo que por importe de 35 millones con vencimiento en 2025 y que se amortizará con las primeras ventas de inmobiliario. El vencimiento del préstamo bancario de las entidades vascas es con la misma fecha que los bonos.Las AFSE perpetuas deben estar en el entorno de los 250 millones, porque si al saldo vivo de las dos emisiones, 138 millones y 142 millones le restas lo que está en poder de la propia eroski sale algo próximo a  250 millones. 
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asdebastos 01/01/24 13:59
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
En mi opinión, parece que la estructura queda:2027 hay que refinanciar las OSE y si no se hace vencen los bonos.La refinanciación de las OSE no puede ser obligatoria para los tenedores, solo opcional y están fuera de plazo para pedir el aplazamiento del vencimiento, por lo que tendrán igual trato de refinanciación todos.Veo que eso nos lleva necesariamente a una emisión de bonos ligada a la amortización anticipada de las OSE para que voluntariamente se puedan acoger los tenedores en el 2027, y en ese caso debería ser en unas condiciones mejores que las actuales para que una mayoría optara por amortizar. Claro que puede ser una opción mixta de tipo amortización en efectivo de un porcentaje y suscripción simultánea por el resto no amortizado.No entiendo muy bien el forzar a que se "amontonen" en el 2027 la totalidad de los vencimientos, las OS por la necesidad de refinanciar y los bonos porque si no lo hacen las OSE por las condiciones de vencimiento de la emisión, pero seguro que habrá sido por alcanzar una fórmula en la que todos estuvieran satisfechos, los adquirentes de los bonos porque de ese modo no quedaban pospuestos a un vencimiento importante y Eroski porque anuncia formalmente que la emisión es a 5 años y medio pero sabe que realmente es a 3 año y medio.Creo que veremos amortizar las OSE en el 2027, aunque desgraciadamente nos eleva un poco el riesgo.
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asdebastos 18/12/23 13:46
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Lo que hizo Renta 4 no fue poner la valoración a 0. (Para la información fiscal de patrimonio no podía pero para el cobro de comisión de custodia ya lo había hecho).Lo que hizo (con un modelo facilitado por ellos y firmado por mi, y por lo tanto a solicitud mía) es dar de baja de forma definitiva la anotación en Iberclear.Y precisamente creo recordar que era uno de los requisitos que ponía Hacienda para considerar pérdida fiscal, porque cuando se trata de acciones (La Seda de Barcelona, Fergo Aisa y otras) no lo admiten precisamente porque no es definitiva hasta que se acuerda la liquidación de la sociedad, y entonces lo que hace Iberclear es una baja provisional y darte un certificado para que en el momento en que quieras puedas conseguir de nuevo el alta.En obligaciones no existe esa posibilidad y la baja es definitiva.Sin haber solicitado individualmente nada la amortización se ha hecho de manera generalizada el 8 de septiembre de 2023, y entiendo que tu eras uno de los incluidos en esa amortización que me parece recordar te hicieron en B. Santander.
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asdebastos 18/12/23 13:26
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
De acuerdo en todo.Los COCOS Unicaja valorados a 0 porque no cotizan, sin embargo cuando te envían información para patrimonio los valoran al nominal. Las obligaciones Fagor también las valoraban al nominal hasta que las dieron de baja (a cada uno en su año, es decir en mi caso personal ya no aparecían en el 2022 porque se "amortizaron" ese ejercicio)Yo si tengo una "boleta" de amortización. Supongo que si se pide al broker dicha boleta te la facilitan y espero que eso sea el documento "oficial" pero con Hacienda nunca se sabe.
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asdebastos 18/12/23 13:16
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Es que los mensajes que hacían referencia a la amortización por conclusión del concurso de acreedores de las Fagor son del 6 de septiembre.Si revisas esas fechas verás lo comentado sobre el tema.Pero no hay nada "oficial", aunque si se ha aplicado en todas las entidades
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asdebastos 15/12/23 17:55
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Si, eso es.La diferencia va a ser imputar la pérdida en el 2022 o hacerlo en el 2023.Pero ya se sabe cómo es Hacienda, el tema puede venir por las sanciones que por un lado son escandalosas (creo recordar que la mínima es el 50% de lo "defraudado" y puede llegar al 150%) y además te ponen el caramelo de si pagas sin recurrir te hacen "rebaja" , pero si recurres ya no te hacen la rebaja y si vas a un contencioso tienes que pagar abogado y procurador.En fin, yo he tenido muy mala suerte con Hacienda. Hasta han llegado a no reconocerme la pérdida en CFD y eso me parece que es de primero de inspección que los CFD son pérdidas fiscales. 
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asdebastos 15/12/23 17:43
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Eso es lo que he hecho-No hay "sello" porque R4 te facilita "a título informativo"  los rendimientos pero no es un certificado, y, no se puede certificar la ganancia o pérdida patrimonial, ya que es un tema personal (por ejemplo, tienes que aplicar la norma FIFO y puedes tener los mismos títulos en diferentes entidades)Lo que si me han facilitado son las "boletas" y es lo que voy a enviar, pero claro, canta mucho una boleta de amortización con valor cero. (bueno realmente -1,00 euro por la comisión). Por eso quería apoyarlo con una norma oficial, porque me estoy temiendo que no me lo admitan.
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asdebastos 15/12/23 17:33
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Si. Creo que es el mismo caso. Teníamos que firmar un documento que nos facilitaba R4 en el que se solicitaba a Iberclear la baja definitiva del registro. Eso equivale a la amortización. Pero era una amortización individual (solo las tuyas) y voluntaria (a tu solicitud)Supongo que declaraste la pérdida fiscal en el 2021.La mala suerte que tengo es que me están haciendo una comprobación. Mientras que no te hagan la comprobación lo que hayas puesto es lo que vale. El problema es cuando te llaman, que tienes que justificar lo que has puesto.Gracias. 
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asdebastos 15/12/23 16:33
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
A ver si alguien me puede ayudar.Me están haciendo una comprobación limitada en Hacienda.Yo amorticé individualmente y voluntariamente las Fagor (un modelo de solicitud a Iberclear en el que se daban de baja definitiva las obligaciones) en el año 2022 y por lo tanto di pérdida fiscal en ese ejercicio.Después en septiembre de 2023 se han dado de baja todas (ya no voluntariamente, sino la totalidad).Pero, en su fecha cuando lo hice, estaba completamente convencido que había una consulta vinculante de Hacienda en la que se aclaraba la situación de la amortización definitiva y voluntaria y el cómputo de la pérdida fiscal. Sin embargo ahora no la encuentro, pero si he encontrado otra, la 0437/20 de 25 de febrero de 2020  que dice lo contrario, que hasta que no se liquide la sociedad no se puede dar la pérdida fiscal, si bien es cierto que en este caso se trata de renta variable en la que hay que llegar a la liquidación, mientras que las obligaciones son renta fija y no parece que sean las mismas situaciones.Escribo en este foro porque me parece recordar que ya lo tratamos en su momento, pero ahora no lo encuentro.Gracias. 
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