Acceder

Participaciones del usuario carlosocean - Fiscalidad

carlosocean 06/04/24 19:58
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
 Buenas tardes. En ese caso que comentas hago lo mismo, además es poca la diferencia y dejo ese valor que tiene la AT. Normalmente la agencia tributaria tiene en su poder la información que remite la entidad con la que trabajamos, tenemos la hipoteca o productos contratados por lo que en principio no debería haber diferencias. Lo mismo con los datos del trabajo. Si se me ha dado el caso que la entidad en la que tenía una cuenta tuviese un error en la documentación presentada en Hacienda pero se me informó de ese caso antes de que la campaña se iniciase. Suelo ir llevando un control de todas las operaciones y gastos durante el año, por lo que tengo otra fuente más a cotejar, pero no suelo encontrar discrepancias. Otro tema son datos que no tiene la agencia tributaria como rentas de alquileres entre otros. Un saludo! 
Ir a respuesta
carlosocean 06/04/24 19:42
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Buenas tardes.Ocurre en ocasiones y la agencia tributaria tiene de plazo hasta el 31 de diciembre para realizar una devolución que seguramente esperabas que fuese tramitada con prontitud.No suele ir más allá porque se acumularían intereses a tu favor.En mi caso prefiero que las retenciones sean lo más ajustadas posibles y prefiero casi mejor que salga a pagar que tener  ese tipo de cantidad pendiente.opero con acciones y su operativa no tiene retención salvo el cao de los dividendos y suelen generar cierta factura fiscal por las plusvalías.Tengo una conocida que siempre le gusta generar esa devolución para que le pague las vacaciones de verano.Un saludo y suerte y prontitud en la devolución!
Ir a respuesta
carlosocean 06/04/24 19:20
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
 Buenas tardes. Gracias. Nada como la experiencia personal para aprender y también la de los demás. Sin duda de estos foros también se aprende y también es una motivación para escribir en ellos. No olvidar que están los teléfonos de la agencia tributaria para resolver las dudas. Otro aspecto es cotejar bien la información sobre operaciones financieras que nos remiten nuestros bancos y demás información que se deba incluir en la declaración. Un saludo! 
Ir a respuesta
carlosocean 06/04/24 18:23
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
 Buenas tardes.  Según tu comentario el lunes debería pasar a un día o a transferencia emitida. El proceso empieza con la conformidad con la declaración y que se acepta la devolución presentada, después que quedan 4 días, 3 días, 2 días y hasta que la trasferencia está emitida. Para todos aquellos que tienen el cartel de su declaración se está tramitando a esperar toca. Un saludo! 
Ir a respuesta
carlosocean 06/04/24 17:48
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Buenas tardes.El que sea aceptada y falten dos días para que se produzca la devolución debería ser una buena noticia y la semana próxima te devolverán ese dinero que un día pagaste demás.Así que un usuario que ya ha finalizado sus trámites con la Agencia Tributaria hasta el año que viene, mientras tanto te seguirán reteniendo dinero de tus ingresos y rentas para la campaña del año que viene.Un saludo y buen finde!
Ir a respuesta
carlosocean 31/03/24 13:55
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
 Buenas tardes. Aquí están todas las casillas de la campaña de RENTA del año pasado y puede servir de referencia para confeccionar la declaración, salvo cambio en alguna de ellas. https://www.bankinter.com/blog/finanzas-personales/todas-casillas-declaracion-renta Un saludo y buen domingo! 
Ir a respuesta
carlosocean 31/03/24 13:38
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
 Buenas tardes. El hilo toma nueva vida  a partir de la semana que viene y con la campaña de RENTA 2023. Veremos esas tramitaciones y su tardanza. Esperemos que sea como indica el promedio de 15 días para su resolución. Un saludo y buen domingo!! 
Ir a respuesta
carlosocean 29/03/24 17:37
Ha respondido al tema Declaración venta de acciones
 Buenas tardes. Si son ganancias del mismo tipo es decir de FI, Bolsa y otros elementos patrimoniales cuya transmisión generan ganancias o pérdidas patrimoniales sujetas a al base del ahorro, la compensación es hasta el 100% de la minusvalía, si no existiesen otras ganancias se podría compensar en los 4 años siguientes. otra forma de compensar sería con los rendimientos del capital sujetos a la base del ahorro en este caso si sería aplicable el 25% del total para compensar minusvalías en caso de que las hubiese de ganancias/pérdidas patrimoniales, estos rendimientos serían intereses, dividendos, cupones de RF, amortización de deuda y transmisión de deuda. Un saludo! 
Ir a respuesta
carlosocean 25/12/23 21:00
Ha respondido al tema Aclaración compensación pérdidas años anteriores fondos de inversión
 Buenas noches. Ese motivo que comentas también está bien visto, no podemos asegurar nada en el mercado y aprovechar la compensación de minusvalías y quedarnos limpios para el próximo año quizás es lo mejor. Siempre he tenido la idea de no esperar al último momento para compensar este tipo de cosas pero el tiempo apremia y solo quedan ya 3 sesiones hábiles para ejecutar los últimos movimientos que se declararán en la campaña del IRPF sobre este ejercicio. Me alegra leer que tienes plusvalías de sobra para compensar, se trata de sacarle y no perder poder adquisitivo de nuestros ahorros. Feliz Navidad! 
Ir a respuesta
carlosocean 25/12/23 19:15
Ha respondido al tema Aclaración compensación pérdidas años anteriores fondos de inversión
 Buenas tardes. La regla de los dos meses solo se aplica en caso de hacer minusvalías, este no es el caso ya que en los FI que comentas harías plusvalías y los podrías comprar sin problemas. Sobre la compensación de minusvalías se puede hacer hasta el 100% siempre que sean rendimientos por ganancias / pérdidas patrimoniales sujetos a la base del ahorro, esto incluye ETFs, FI, acciones y derivados.  Si los rendimientos proceden del capital mobiliario se pueden también compensar entre sí y hasta un 25% de los mismos podrían compensar las minusvalías de la transmisión de ETFs y FI. Aquí se incluyen la remuneración de cuentas, depósitos, cupones y amortización de deuda, dividendos entre otros rendimientos de capital mobiliario.  Las minusvalías en caso de no ser compensadas en el ejercicio en el que se generaron podrían compensarse en los 4 siguientes ejercicios hasta que se compensen totalmente o finalice el plazo. Sobre la operativa que propones, haz tus cálculos y ver si prefieres declarar ahora o esperar ya que tienes 4 años. Sobre la retención que te pudieran aplicar en aquellos valores que trasmitan si quedan compensados con minusvalía tendrías derecho a devolución de esa parte declarada y luego tendrás que tener en cuenta el resto de la declaración ya que podría ser que no estuvieses obligado a declarar y por vender valores si lo estés y sería mejor aplazar esa realización de plusvalías. Feliz Navidad! 
Ir a respuesta