Acceder

Participaciones del usuario Charly17 - Depósitos

Charly17 28/01/26 22:14
Ha respondido al tema BFORBANK - Llévate hasta 230€
Uf, enorme el melón que has abierto... Vaya por delante que no soy jurista.Nunca defendería, tras pronunciamiento vinculante de la AEAT a la consulta vinculante V1771-24, que gratificaciones por sugerir a nuestros "amigos" que se hagan clientes del banco donde ya tenemos cuenta abierta deban incluirse en la casilla 0027 cuyo literal comienza por "Intereses de [...]". Tal pronunciamiento engrosa la Doctrina Tributaria Casilla 0027 encuadrada en los RCM (Rendimientos de Capital Mobiliario), peeeero... no todos los RCM tienen que aterrizar necesariamente en la BIA (Base Imponible del Ahorro), pues algunos RCM podrían aterrizar en la BIG (Base Imponible GENERAL), como por ejemplo los que se incorporen a la casilla 0051 cuyo literal comienza por "Otros rendimientos del capital mobiliario [...]"  y habilita hueco para constatar la reducción ya practicada: Todas las casillas de los RCM (conforme Modelo 100 IRPF 2024): Vale, hemos hecho nuevos amigos, pero el ring no hay combate entre ellos. Los combates serían entre el banco y cada uno de nosotros (a quienes nos han gratificado por tener como nuevos clientes a nuestros nuevos amigos).Yo no veo, para nada, que esto sea propio de incluir en la casilla 0027. Lo veo, tal cual ha expuesto la AEAT en la referida respuesta vinculante: ganancias patrimoniales (como los regalos de boda, etc.) no derivadas de la transmisión de elemento patrimonial alguno.¿La excepción? Pues si un banco con IBAN ES volcó a la AEAT la gratificación que recibí por hacer de mis desconocidos amigos nuevos clientes suyos, me atendré en mi IRPF, por no discutirlo, a lo que hayan volcado, y también por el importe que tampoco será una millonada.Nunca lo discutiría ante la entidad, pero opino que prácticas bancarias como esta por practicar retenciones en la recompensa por llevarles nuevos clientes, no tienen cabida en los RCM. Los servicios jurídicos de los bancos demuestran, es un hecho, que se pasan por el forro la requetemencionada V1771-24.Respecto a lo mío con Bfor, siendo que recibí los 20+60 euros en dic-24, en IRPF 2024 presentado en 2025, tuve que meditar si los metía los 80 en ganancias patrimoniales o en ninguna casilla. Nunca me sobrevoló la 0027. Piensa mal, y acertarás.Por planes con tus amigos, diría que el único que está en línea con la AEAT es N26.
Charly17 28/01/26 15:10
Ha respondido al tema BFORBANK - Llévate hasta 230€
Hay promos, como por ejemplo las que dan un determinado % de cashback por utilizar la tarjeta de crédito, que no tienen retención fiscal en origen (bruto = neto, pues retención = 0) y algunas entidades, como la gallega, ya indican en las BB.LL. que tienen la consideración de ganancias patrimoniales ; en este caso, no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, y por tanto irán a la Base Imponible General, no a la Base Imponible del Ahorro. Cuando dicen "sujeta" (al IRPF) hay que leerlo como que "no está exenta" de declarar, pero ello no implica que el banco tenga que practicar retención fiscal alguna. Hay otras ganancias patrimoniales que sí llevan retención en origen, como las ganancias por el reembolso de participaciones en fondos de inversión, y otras que no la llevan, como las ganancias por venta de acciones; aunque en estos 2 casos (fondos de inversión y acciones) las ganancias irán a la Base Imponible del Ahorro puesto que, aquí sí, proceden ambas de la transmisión de elementos patrimoniales.Es un mundo 🌍 🪐 todo esto, y además no todos los bancos españoles manejan el mismo criterio. Por ejemplo, además de los gallegos, los vascos tampoco retienen por cashback al usar su tarjeta de crédito, y en cambio los de 0pen sí que han retenido en su prima abonada por primera apertura de cta. corriente (Promoción "60€ con tu Cta. Corriente", en jun-25): Los importes pagados por las pr0m0s amig0, por ejemplo, ya se pronunció recientemente (en jul-24) la Agencia Tributaria que las gratificaciones tienen la consideración de ganancias patrimoniales, sin que proceda practicar retención fiscal por parte del pagador y, como serían ganancias no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, engrosarían la base imponible general (no la de ahorro). https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1771-24Bfor no ha retenido nada a nadie, ni a españoles ni tampoco a franceses, por las primas de bienvenida que nos pagaron. De declararse (decisión muy de cada cual) serían ganancias patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, como las pr0m0s amig0 a las que expresamente se refirió la AEAT en su Resolución arriba enlazada.
Charly17 26/01/26 21:20
Ha respondido al tema BFORBANK - Llévate hasta 230€
Pues son tan desastre que no enviaron informe o información fiscal de 2024, ni por email ni tampoco rastro de él en la app.  En mi caso, como recibí las 2 primas de bienvenida, los 20+60 euros en dic-24, me tocaba declararlos -en teoría- en el IRPF 2024, pero nada me enviaron y nada era descargable. Simplemente, no existía (sigue sin existir) tal informe fiscal del año 24. Al menos este año, hace unos días, han facilitado el "Relevé annual de frais", donde efectivamente ahí no están, ni se les esperan, los importes de las gratificaciones, pues solo está para gastos/comisiones e intereses del año por las ctas. de ahorro remuneradas.Pero el año pasado ni siquiera enviaron ese documento, así que algo han hecho al menos de un año para otro. A lo mejor sí que os envían este año el informe fiscal a quienes recibisteis gratificaciones en 2025. A saber, con este banco todo puede ocurrir, hasta lo inimaginable 🤷🏼Añado.-  Consultada la cuestión a ChatGPT me dice esto:
Charly17 26/01/26 18:22
Ha respondido al tema ING al 4%
Misterio resuelto, 🆗Muchas gracias 👏🏼👏🏼👏🏼👏🏼 
Charly17 26/01/26 16:13
Ha respondido al tema ING al 4%
En fin, sí, mejor voy a seguir tu consejo. Gracias.
Charly17 26/01/26 15:05
Ha respondido al tema ING al 4%
A mí también me huele a lo mismo, pero en ese caso, tendrían que decir en letra pequeña que el TIN sería, redondeado a 2 decimales, el 2,48% en lugar del 2,47% anunciado. A ver si alguien contratase, para saber cuál será finalmente el que figure en las condiciones particulares.Cuando, tiempo atrás, habían sacado el 4% TAE también a 3 meses, salía TIN 3,942%, con 3 decimales que, efectivamente, era una TAE del 4,007% o 4,00% en 2 decimales: Convención ACT/ACT Convención ACT/ACT
Charly17 26/01/26 14:53
Ha respondido al tema ING al 4%
No entiendo... En web tienen un simulador y probando con 50.000 € salen 304,52 de ints. brutos a los que se llega con un TIN del 2,470000% (el que indican en letra pequeña) durante 90 días exactos: Pero con liquidación trimestral (a vencimiento), como es el caso, el 2,47% tendría su equivalente TAE en el 2,4930% que expresado en 2 decimales sería 2,49% y no el 2,50% que anuncian.Y de ser realmente un TAE 2,50% entonces su TIN equivalente sería 2,4769%, superior al 2,4700% que manejan en su simulador.¿Alguien sabe cuál es el TIN realmente, el que figure con todos sus decimales en contrato?Si la hay, no encuentro la FIPRE de este depósito donde supongo tendrá que venir el tipo nominal aplicado con todos sus decimales a efectos de cotejar cálculos exactos.
Charly17 26/01/26 13:11
Ha respondido al tema ¿Qué os parecen los depósitos de EBN Banco?
La cuenta a la vista, o cta. corriente, no tiene comisiones de administración ni de mantenimiento. Así figura en contrato:
Charly17 25/01/26 18:54
Ha respondido al tema Openbank 3,20% TAE... con amago
En su web veo que dicen que las intradía son posibles si se ordenan en día hábil antes de las 13:00 (no de las 12): https://www.bankinter.com/banca/ayuda/transferenciasPor si vieras que BK te liquida el jueves 29-ene después de las 12h., pero antes de las 13h. 
Charly17 25/01/26 18:06
Ha respondido al tema Openbank 3,20% TAE... con amago
Si los fondos procedentes de BK entrasen en OB un jueves, el depo se constituirá el viernes (día siguiente hábil), en la madrugada del viernes, entre las 2 y las 5 de la madrugada, pero si el dinero llegase a OB el viernes, con las mismas, hasta el lunes, siguiente día hábil, no se constituiría.  Doy fe que de jueves a viernes sin problema, siendo hábil el viernes, por supuesto, pues ha sido mi caso reciente. No tengo cta. de ahorro con ellos, solo cta. corriente: @croqueta