Charly17
28/01/26 22:14
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Uf, enorme el melón que has abierto... Vaya por delante que no soy jurista.Nunca defendería, tras pronunciamiento vinculante de la AEAT a la consulta vinculante V1771-24, que gratificaciones por sugerir a nuestros "amigos" que se hagan clientes del banco donde ya tenemos cuenta abierta deban incluirse en la casilla 0027 cuyo literal comienza por "Intereses de [...]". Tal pronunciamiento engrosa la Doctrina Tributaria
Casilla 0027 encuadrada en los RCM (Rendimientos de Capital Mobiliario), peeeero... no todos los RCM tienen que aterrizar necesariamente en la BIA (Base Imponible del Ahorro), pues algunos RCM podrían aterrizar en la BIG (Base Imponible GENERAL), como por ejemplo los que se incorporen a la casilla 0051 cuyo literal comienza por "Otros rendimientos del capital mobiliario [...]" y habilita hueco para constatar la reducción ya practicada:
Todas las casillas de los RCM (conforme Modelo 100 IRPF 2024):
Vale, hemos hecho nuevos amigos, pero el ring no hay combate entre ellos. Los combates serían entre el banco y cada uno de nosotros (a quienes nos han gratificado por tener como nuevos clientes a nuestros nuevos amigos).Yo no veo, para nada, que esto sea propio de incluir en la casilla 0027. Lo veo, tal cual ha expuesto la AEAT en la referida respuesta vinculante: ganancias patrimoniales (como los regalos de boda, etc.) no derivadas de la transmisión de elemento patrimonial alguno.¿La excepción? Pues si un banco con IBAN ES volcó a la AEAT la gratificación que recibí por hacer de mis desconocidos amigos nuevos clientes suyos, me atendré en mi IRPF, por no discutirlo, a lo que hayan volcado, y también por el importe que tampoco será una millonada.Nunca lo discutiría ante la entidad, pero opino que prácticas bancarias como esta por practicar retenciones en la recompensa por llevarles nuevos clientes, no tienen cabida en los RCM. Los servicios jurídicos de los bancos demuestran, es un hecho, que se pasan por el forro la requetemencionada V1771-24.Respecto a lo mío con Bfor, siendo que recibí los 20+60 euros en dic-24, en IRPF 2024 presentado en 2025, tuve que meditar si los metía los 80 en ganancias patrimoniales o en ninguna casilla. Nunca me sobrevoló la 0027. Piensa mal, y acertarás.Por planes con tus amigos, diría que el único que está en línea con la AEAT es N26.