Las que ponen "se está tramitando", probablemente le salieron, en su día, a pagar. La AEAT no las comprobó y, en consecuencia, todavía aparecen como que están "en tramitación", y así se quedarán, aunque, como el 2018, vayan prescribiendo. Sólo aparecen "tramitadas" las declaraciones con resultado a devolver que ya han sido pagadas. Y "finalizadas", aquéllas que han sido objeto de comprobación (quizá realizando un procedimiento de gestión, o quizá sólo revisándolas un funcionario y dándolas por correctas). Esos expedientes se refieren siempre a autoliquidaciones. Las rectificaciones son declaraciones diferentes, con otros números de expediente, y no afectan a la tramitación de las primeras. Por cierto, mi madre, que es maestra del Estado jubilada, tiene pendientes las devoluciones derivadas de la DT2, y yo estoy esperando a que le estimen las rectificaciones (ya sabemos: la del 19 durante la Campaña de Renta del 25, y demás...) para poner un recurso de reposición contra dicha estimación, porque, como sabes, sólo se ha considerado, en este tipo de trabajadores, la exención sobre un porcentaje del complemento a la pensión que les abona MUFACE, pero mi madre posee un documento del año 71 (cuando empezó a trabajar) en el que consta su incorporación OBLIGATORIA a la Mutualidad Nacional de la Enseñanza Primaria, que estuvo en vigor hasta que, en 1979, la absorbió MUFACE. Por tanto, yo considero que, por esas cotizaciones, mi madre tiene derecho a la exención en su pensión de Clases Pasivas. Te lo digo por si es el mismo caso de tu jubilada y ella también posee ese documento justificativo. Ya se le han pasado los plazos para interponer recurso o REA, pero quizá pueda interponer una demanda judicial contra la resolución de su solicitud.