Acceder

Participaciones del usuario Insurance - Seguros

Insurance 05/12/24 08:38
Ha respondido al tema Opinión sobre PIAS con FWU Forward a través de OVB
¡Claro que no!Ellos viven del maná que les cae del cielo por ser buenas personas.Ten cuidado con intentar detectar el maná, porque, a veces, el halo de santidad que les rodea podría cegarte.Los gastos de las pólizas no van a ningún sitio, porque se dejan como ofrenda a los dioses para que les permitan seguir haciendo el bien con sus clientes.La mística es lo único que puede explicar que esto pase.
Ir a respuesta
Insurance 05/12/24 08:35
Ha respondido al tema Esperando la conformidad
Cuando no dan conformidad puede ser por tres cosas:1 un error, no se puede descartar que a alguien se le olvide algo.2 están valorando si es siniestro total.3 el accidente se ha producido de una manera/a una hora/en determinadas circunstancias que da para pensar que hay un atestado, una alcoholemia, o un fraude.Hay que tratar de saber por qué está parado el expediente, para poder resolver el siniestro. Esto es trabajo para tu agente o corredor. Como no tienes, por elegir hacerlo directamente con la aseguradora, te toca llamar hasta que te expliquen que pasa y como resolverlo, si es que estuviera en tu mano.
Ir a respuesta
Insurance 05/12/24 08:28
Ha respondido al tema Coche siniestro Dana - Consorcio
Hay que entender que es "siniestro total".Siniestro total, es la declaración de una aseguradora sobre el valor de reparación de un coche, en función de los porcentajes que aparece en su contrato sobre cuando se declara así.O sea, ante un mismo coche con un mismo coste de reparación una aseguradora podrá declararlo siniestro total (pérdida total), y otra no.Es más, como viene a ser el porcentaje que representa el valor de la reparación del coche, sobre su valor venal/mejorado/real (según el caso), te puedes encontrar con la declaración de siniestro total por una luna rota.O sea, se determina pérdida total en función de tu contrato, por tanto, no tiene sentido que no se pudiera volver a conducir, o tener que pasar la Itv.Lo que viene a decir el RD 265/2021 sobre el tema de la Itv, es literalmente para cuando se va a transferir el vehículo:Si se trata de un vehículo que ha sido previamente declarado como siniestro total por una entidad aseguradora, tras un accidente u otra causa, cuando el vehículo haya sufrido un daño importante que pueda afectar a algún elemento de seguridad, documento acreditativo de haber superado favorablemente una inspección ITV con fecha posterior a la declaración de siniestro total.La obligación de pasar la Itv, es para cuando se va a transferir el vehículo.Y el legislador que sabe de lo intrascendente de una declaración de siniestro total por una aseguradora, advierte, que "cuando pueda afectar a algún elemento de seguridad". O sea, siniestro por la luna delantera rota, no habría que pasar la Itv. Algo, igualmente complejo de decidir por uno mismo.Y si no lo vas a vender... tampoco.Ahora en este caso, fijaos la complejidad de cumplir con la norma, si el siniestro afectara a elementos de seguridad (un sensor de aparcamiento dañado, ¿sería ya obligación de pasar Itv?), tendría que ser reparado antes para poder pasar la Itv, para ser transferido... O sea, el consumidor no podría vender los restos, si no son para destruir.Las regulaciones en la vieja Europa (esto viene de ahí) nos van a acabar incapacitando para cualquier cosa...
Ir a respuesta
Insurance 04/12/24 10:29
Ha respondido al tema El viento ha tirado el letrero de un supermercado encima de mi vehículo
Da el parte a tu aseguradora, si el día hubo una TCA, puede haber cobertura del Consorcio a partir de vientos de más de 84km/h, pero con las condiciones de TCA...En estas circunstancias, repara tu propia aseguradora, y reclama al Consorcio.Si no es el caso, hará la reclamación al responsable, adelántate, y pide al gerente su aseguradora, y nº de póliza y dáselo a tu agente/corredor. 
Ir a respuesta
Insurance 02/12/24 18:12
Ha respondido al tema Inweptos - Consorcio de compensación de seguros
A valencia han llegado 92 millones de euros en indemnizaciones, en el primer mes.92 millones del Consorcio. CERO de otras ayudas.Comparar el Consorcio con algo que tenga que ver un gobierno, cualquiera, es un error.El Consorcio no son ayudas, lo sostenemos todos los que tenemos un seguro.Que va despacio, claro. .Van 92 millones, y tienen que llegar a unos 3,500 millones de euros.Ahora mismo el atasco es por volumen. Después vendrán los trámites con sus particularidades.Va a ser un proceso lento.
Ir a respuesta
Insurance 02/12/24 08:28
Ha respondido al tema Valoracion de Continente
Lo que no tiene sentido es asegurarte en ING.Si te generan problemas para hacer la póliza, imagina cuando tengan que pagar.Lo que te dicen con ese mensaje es que tienes que poner el "VALOR REAL".O sea, el que pondría un tasador para la reconstrucción.No el valor de la vivienda, sino el de reconstrucción. Lo que un tasador pone bajo el apartado de "valor mínimo asegurable".Y lo que no te dicen, es que la responsabilidad sobre la cifra que aparecerá en el contrato es....... tuya. Así que más te vale que aciertes.
Ir a respuesta
Insurance 01/12/24 10:51
Ha respondido al tema Venta vehículo sin que pague el consorcio
En teoría no debería afectar.Porque el Consorcio indemnizará, si es siniestro total, el valor venal menos los restos, y si es reparable el valor de la reparación.Pero:En la venta, puedes equivocarte y que te paguen por los restos menos de lo que valen los restos según el perito.Las aseguradoras suelen pedir un informe a tráfico de quién es el propietario cuando preparan la indemnización. Entiendo que el Consorcio lo va a hacer también. Y está el detalle del art. 25 LCS:Sin perjuicio de lo establecido en el artículo cuarto, el contrato de seguro contra daños es nulo si en el momento de su conclusión no existe un interés del asegurado a la indemnización del dañoAdemás del 34 LCS:En caso de transmisión del objeto asegurado, el adquirente se subroga en el momento de la enajenación en los derechos y obligaciones que correspondían en el contrato de seguro al anterior titularMi opinión, salvo mejor criterio, se podría aplicar por aquí, y que cobrara el nuevo propietario para que el contrato no fuese nulo.O sea, lo que yo haría es esperar a vender a haber cobrado, y, además, saber quién paga por los restos lo que descuentan de la indemnización por ellos.
Ir a respuesta