Gracias a ti José Luis por compartir tu situación. Si al final esas nuevas enfermedades no mejoran y te llevan a solicitar revisión por agravamiento ya nos contarás que tal tu experiencia.Un saludo.
Respecto a pasar de una total a una absoluta por nuevas dolencias, tengo entendido lo siguiente (no soy ningún experto, que me corrija alguien si me equivoco):-En principio no es posible ya que sólo se tienen en cuenta las patologías recogidas inicialmente para la concesión de la pensión. -Si se ha cotizado de nuevo lo suficiente en otro trabajo, se genera derecho a solicitar nueva pensión por incapacidad que sí podría ser absoluta (supongo que habría que elegir qué pensión cobrar, no las dos).En cambio, en este enlace hablan de que hay controversia con este tema y enlazan dos sentencias del Tribunal Supremo en las que dan a entender que sí han concedido el paso de total a absoluta por nuevas dolencias (no he leído las sentencias para comprobarlo). Si es así quizás haya jurisprudencia con este asunto, pero ni idea.
Hola Simpabb, una cosa respecto a Hacienda. Supongo que ya lo sabes pero por si acaso te comento que como perceptor de una incapacidad permanente no sólo te corresponde la deducción por equiparación con discapacidad marcando la casilla del 33% (aumenta el mínimo personal y familiar), sino que si además estás trabajando, también puedes marcar la casilla de "Trabajadores activos con discapacidad" (aumenta la reducción de los rendimientos del trabajo de 2000€ a 3500€) indicando el periodo trabajado. Todo esto está recogido en el manual de la renta oficial de Hacienda.
Hola. Viendo las capturas de Lolaferriol me han surgido dos dudas. Aquí las dejo por si alguien me las puede resolver.1.Con cada revalorización anual con el IPC, ¿se aplica la subida sólo a la base reguladora inicial de la pensión o también a todas las revalorizaciones anteriores?2.Cuando con una TOTAL pasas del 55% al 75% a los 55 años, misma pregunta que el punto 1.Saludos.
Mi abogado me dijo que lo mío al ser accidente laboral y ser “joven”(44 años), la mutua iba a dar mucho por culo al inss para que me la revisaran. Y me ha metido más miedo que antes de pelear todo. En fin, esto es una auténtica mierda No entiendo el porqué querría presionar la mutua al INSS. ¿Es por algo relacionado con ser accidente laboral?
Tu tienes que notificar cuando vas a comenzar la relación laboral y de lo que vas a trabajar. Eso se suele hacer una vez as comenzado a trabajar pero yo como me lo olía lo notifique 15 días antes, y así fui me mandaron una notificación de que no era compatible. Hola Simpabb. ¿El INSS te avisó de que el trabajo era incompatible? ¿En los 15 días antes de empezar el trabajo o después?Es que por experiencias de otros foreros y páginas de abogados que he leído, la forma de enterarte de que es incompatible es cuando te llega una carta retirándote la pensión.¿Te llegó una carta o cómo te lo notificaron? ¿Tu caso es enfermedad común o laboral? Perdona tantas preguntas, es que es un tema que me gustaría tener lo más claro posible y es muy valiosa la información que aportáis los que tenéis experiencia directa.
Como te han comentado, pierdes el paro acumulado por cotizaciones anteriores a la aprobación de la IP. Lo que podrías pedir en el caso que expones es el subsidio por retirada de IP. Creo que dura hasta 18 meses y es una cuantía básica pero en fin, algo es algo.