En el pago del mes de enero 2025 (obviamente) el cual la mayoría de bancos adelantarán unos días antes de final de mes (como es costumbre) y otros bancos que no hacen tal adelanto, pues ya abonarán a primeros de febrero.
Esa "subida" que dices es por el IPC para el IMV en 2025, que nos sube a todos en un +9% aproximadamente, y no, no tiene atrasos, porque es la subida anual que cada año se realiza en pensiones e IMV, cada una en unos % determinados.
Tranquila que ya te cambiará el IMV a lo que tenga que cambiarte y pondrá fecha de efectos económicos de enero 2025 y hasta el día 10 de enero que se emitan las nóminas de enero 2025 pues mira tú si tiene tiempo para mostrar cambios el certificado integral de prestaciones... es que de verdad os agobiáis por todo... disfrutad de las fiestas en paz con alegría y dejaros de calentaros la cabeza con cosas en las que no podéis influir en absoluto porque llevan su ritmo y que lo que tenga que ser será.Más vale estar pendiente de las notificaciones electrónicas de la Seguridad Social que de esas otras historias porque si solo cobras el CAPI no esperes subida porque el CAPI no cambia, solo sube un +9% el IMV de cara a 2025.
Lo de "certificado de revalorización" no tiene nada que ver con el IMV... lo que tienes que mirar es tu certificado integral de prestaciones como siempre se ha hecho, que es donde te aparece el importe mensual de IMV y CAPI que tengas asignado.
No hace falta avisar al INSS si te pones a trabajar de autónomo o asalariado, pero en su momento (más adelante), cuando te revisen el IMV, pues te descontarán todos los ingresos obtenidos por dicha actividad (es decir, si te pones de autónomo nada más empezar 2025, esos ingresos que obtengas en 2025 y años siguientes comenzarán a afectarte en la revisión del IMV de octubre de 2026 porque es cuando aparecerán en tu IRPF 2025 que harás en abril de 2026) y posiblemente te baje bastante el IMV y encima tengas que devolver dinero porque así está montado esta "ayuda" del IMV.No te quiero quitar la ilusión ni impedirte que trabajes o desarrolles una actividad laboral, pero si deberás tener en cuenta lo que ocurrirá; como te salga mal dicha aventura laboral, pues te puedes ver en el futuro en una situación bastante peor de la que puedas estar ahora mismo. Todo hay que sopesarlo en nuestro camino por este mundo material.
Depende de las personas que formen tu unidad familiar... si por ejemplo eres tu sola y conforme a la última declaración de la renta (IRPF 2023) tus ingresos fueron cero euros te darían el total de la ayuda que son 7250,52 € anuales (604,21 €/mes) y si tuviste ingresos te descontarían los mismos de dicha cifra anual y te darían la diferencia, que entre 12, pues sería lo que tenga que ser al mes (obviamente si tus ingresos anuales superan el total de renta garantizada de tu unidad familiar, pues no te lo concederían) ... acá tienes información al respecto: https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-esSi tienes algún menor a cargo, pues también te darían además el CAPI cuyo importe varía en función de las edades de dichos menores:
https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/que-es-el-capi
https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/que-es-el-capi
Si te refieres la subida del IMV para 2025 que te marca tu certificado, pues obviamente en el pago de enero de 2025 (que supongo lo cobrarás a finales de enero como todo el mundo, el 24-25-26-etc. dependiendo de tu banco).
Pues si, el cambio de cuenta bancaria para una pensión de la Seguridad Social es independiente del IMV o de otras ayudas... hay que solicitar el cambio de cuenta bancaria para cada cosa de forma independiente.