Pues entonces tendrías que haber reclamado si te la echaban atrás por dicha historia adjuntando los correspondientes documentos acreditativos (certificado de empadronamiento histórico y colectivo), no volviendo a echar una nueva solicitud sin más de nuevo.
¿Pero en realidad existían esas otras personas empadronadas en tu dirección? (que eso se ve fácilmente con un certificado de empadronamiento colectivo)¿Acaso no adjuntabas un certificado de empadronamiento COLECTIVO demostrando que las personas empadronadas son las mismas que indicabas en tu solicitud como tu unidad de convivencia?En fin, a ver si esta vez tienes suerte.
Porque ellos no saben ni lo que vas a ganar ni el tiempo que estarás trabajando, y como en algún momento toca "actualizar" dicha información, pues se hace a finales de año, que es cuando pueden acceder a tu información declarada de ingresos gracias a la declaración de la renta última.En 2021 esto se produjo en diciembre, revisándonos a todos con los ingresos del 2020. En 2022 ocurrió entre finales de noviembre y primeros de diciembre con los ingresos del 2021. En 2023 ocurrió en noviembre con los ingresos del 2022. En 2024 ocurrió en octubre con los ingresos del 2023. Este 2025 se prevé que suceda también en octubre o como muy pronto en septiembre, porque la campaña de la renta termina en junio y Hacienda, hasta primeros de julio como muy pronto, no puede ofrecer a ninguna Institución ni Organismo datos reales de ingresos referentes al año anterior... si la Seguridad Social lanzase en julio las actualizaciones no podría atender en agosto presencialmente reclamaciones quejas y dudas, por lo que el proceso como muy pronto se lanzaría en septiembre u octubre (siempre hago la broma de que los funcionarios en julio están viendo donde se van de vacaciones, en agosto las disfrutan y en septiembre comentan donde han estado, así que hasta octubre no pueden retomar el ritmo).Por tanto, como es imposible te revisen en enero, te revisan en octubre, y ese "retraso" es lo que luego genera el problema para quienes por ejemplo han estado tan ricamente cobrando por ejemplo 1500 euros/mes de IMV y por efecto de dicha revisión, donde se le restan los ingresos obtenidos del año pasado, igual se les queda un IMV de 100 euros/mes con efecto retroactivo de enero de ese año y encima tiene que devolver 1400 euros percibidos de más de cada mes del mismo año.
Si es desde septiembre 2024 si que te aparecerán dichos ingresos en el IRPF 2024 que harás el mes que viene y serán tenidos en cuenta para descontarse en la revisión del IMV con los mismos en octubre 2025... con un poco de suerte podrás beneficiarte del sistema de cálculos del incentivo al empleo del IMV y no te bajará mucho el IMV aun a pesar de generar cobros indebidos que te pedirán devolver más adelante, comparativamente a lo que podría ocurrirte en octubre 2026 con la revisión del IRPF 2025, ya que en 2024 solo habrás tenido ingresos de 4 meses por trabajo frente a un hipotético 2025 donde trabajarás 12 meses y, por tanto, te descontarán más IMV.Puedes usar el simulador para hacerte tus propias cábalas, pero en realidad hasta que no llegue octubre "con el susto" e informen de cada caso mediante la correspondiente notificación no sabrás realmente como te afectará.Y siempre que te baje el IMV por efecto de dicha revisión que sepas que además habrás generado cobros indebidos que te pedirán devolverles más adelante, ya sea de golpe o descontándotelo de tu IMV asignado, ya que la revisión de octubre tiene efecto retroactivo desde primeros del año en la que se produce. Hay muchos hilos en el foro donde se ha comentado largo y tendido del asunto.
A finales de este año (en octubre 2025 para ser concretos) te revisarán con los ingresos del IRPF 2024 que es la declaración de la renta que haremos cada uno en unas semanas. Desconozco que ingresos puedes tener del 2024 a declarar que, evidentemente, también pueden afectarte, porque en tu pregunta anterior hablaste de 1200€/mes por un trabajo que había empezado hace poco, no dijiste nada de que llevases todo 2024 trabajando ¿comprendes?
Me temo que lo notaréis sobre todo en la revisión de octubre 2026 con IRPF 2025, ya que los ingresos que obtiene por su trabajo le aparecerán en dicha declaración de la renta que hará el año que viene y serán descontados en dicha revisión.Puedes ver como os afectaría usando el simulador de la Seguridad Social https://imv.seg-social.es/assets/SimuladorIncentivoEmpleo.html e introduciendo la información que os pide... no es algo 100% exacto pero puede serviros. En este artículo hablan de él https://noticiastrabajo.huffingtonpost.es/economia/el-simulador-de-la-seguridad-social-para-conocer-si-puedes-seguir-cobrando-el-ingreso-minimo-vital-aunque-tu-renta-aumente/
No te queda otra más que esperar y en todo caso, quejarte mucho a través de https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/SugerenciasQuejas aportando los detalles de tu expediente, a ver si así mueven el culo y te dicen algo pronto.
Que tu abogada prepare un escrito indicando que se está tramitando dicho convenio regulador en juzgado, aunque por la lentitud del procedimiento no lo tendrás en el plazo que te han dado, y le envías ese documento.Más adelante, cuando ya esté protocolizado de verdad el convenio regulador, se lo envías a la Seguridad Social.
Cuando te piden documentación adicional te dan un plazo de X días (indican en el requerimiento habitualmente 10 días hábiles) para subsanar la información e incluir lo que te hayan requerido les remitas, y una vez se lo envías, pues al mes o así el expediente de tu solicitud continua.Por eso es muy importante en el momento de hacer la solicitud del IMV incluir todos los documentos adjuntos, ya que el hecho de que tengan que pedirte algo y esperar se los envíes, quieras o no, ya ralentiza el curso del expediente entre uno y dos meses como mínimo.