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Impuesto Bienes Inmuebles Ayuntamiento
Hola, buenas tardes. Hemos comprado un local comercial a una sociedad limitada. El local no estaba al corriente en el pago de IBI, lo cual viene en la escritura y se comprometió la parte vendedora a abonar cualquier deuda hasta la fecha.
Ahora resulta que la empresa carece de liquidez para abonar ese IBI pendiente… una vez sea fallido el deudor principal…. el Ayuntamiento nos reclamará directamente a nosotros por la afección del inmueble? O primero reclaman al administrador de la sociedad con su patrimonio?
Muchas gracias por vuestras opiniones.
Ahora resulta que la empresa carece de liquidez para abonar ese IBI pendiente… una vez sea fallido el deudor principal…. el Ayuntamiento nos reclamará directamente a nosotros por la afección del inmueble? O primero reclaman al administrador de la sociedad con su patrimonio?
Muchas gracias por vuestras opiniones.