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Participaciones del usuario Camionero - Fiscalidad

Camionero 24/09/24 17:46
Ha respondido al tema Duda sobre Bonos del Tesoro
 El Tesoro Público Español ha recibido este martes una demanda "récord" de más de 50.000 millones de euros en la emisión -todavía por cerrar y conocerse el importe colocado- de un bono ligado a la inflación a 12 años.El organismo ha señalado que este dato supone una "demanda récord para un bono de estas características en la zona euro".En consecuencia, la institución dependiente del Ministerio de Economía ha adelantado que, gracias a este volumen de demanda, se ha podido reducir en tres puntos básicos el diferencial anunciado inicialmente.En un plano más amplio, desde el Tesoro destacan que la "gran demanda junto con el elevado número de inversores y de alta calidad" reflejan el "profundo acceso" del Tesoro a los mercados financieros, en un contexto de relajación monetaria del Banco Central Europeo (BCE), así como la confianza de los inversores en la economía española.El BCE acometió hace dos semanas su segundo recorte de cuarto de punto sobre los tipos de interés, dejando las tasas de referencia en el 3,5%. 
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Camionero 29/07/24 12:05
Ha respondido al tema Indemnización por despido. Situación actual
 El Comité Europeo de Derechos Sociales ha fallado contra España, por 13 votos a 1, por su regulación de la indemnización por despido improcedente al considerar que "viola" el artículo 24 de la Carta Social Europea.La resolución del Comité, adelantada por UGT hace unos días y cuyo contenido íntegro se ha conocido este lunes, establece que la indemnización por despido improcedente debe ser disuasoria para que el empresario no incumpla la ley y ser resarcitoria para el trabajador despedido.En España, el límite máximo de la indemnización en caso de despido improcedente no puede exceder de 33 días de salario por año de servicio, con un límite máximo de 24 mensualidades. En caso de despido por causas objetivas y despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, el tope máximo no puede superar los 20 días de salario por año trabajado, con un límite máximo de 12 mensualidades.Aunque el Gobierno español defiende ante el Comité que uno de los objetivos de establecer en la legislación límites máximos de remuneración es el de proporcionar una mayor seguridad jurídica a ambas partes del contrato de trabajo, el organismo europeo señala que "no puede excluirse que la indemnización predeterminada pueda servir más bien como un incentivo para que el empleador despida a los trabajadores de manera injusta"."De hecho, en ciertos casos, los límites máximos de indemnización podrían inducir a los empleadores a realizar una estimación pragmática de la carga financiera de un despido improcedente sobre la base de un análisis de costes y beneficios. En algunas situaciones, esto podría fomentar despidos improcedentes", subraya el Comité.Al mismo tiempo, la resolución del organismo, que da la razón a UGT en su denuncia contra el Gobierno español, afirma que los límites máximos fijados por la legislación española "no son lo suficientemente elevados para reparar el daño sufrido por la víctima en todos los casos y para disuadir al empleador"."Es posible que no se tenga debidamente en cuenta el perjuicio real sufrido por el trabajador afectado en relación con las características específicas del caso, entre otras cosas porque la posibilidad de una indemnización adicional es muy limitada", apunta el Comité.Por consiguiente, el organismo europeo considera que el derecho a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada en el sentido que establece el artículo 24.b de la Carta Social Europea "no está suficientemente garantizado". "Por consiguiente, el Comité considera que se ha violado el artículo 24.b de la Carta", concluye.Asimismo, el Comité advierte de que el límite superior de la escala indemnizatoria "no permite conceder una indemnización más elevada en función de la situación personal e individual del trabajador", ya que los tribunales sólo pueden ordenar una indemnización por despido improcedente dentro de los límites de la escala."De acuerdo con la legislación española, los tribunales consideran que las normas laborales son lex specialis en comparación con las normas civiles y, por lo general, rechazan las solicitudes de indemnización adicional presentadas de conformidad con el Código Civil", expone el Comité. 
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