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Participaciones del usuario Carlos9 - Fiscalidad

Carlos9 08/09/24 21:50
Ha respondido al tema Iva reducido discapacidad y movilidad reducida
Aquí tienes la respuesta de la Agencia Tributaria:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/beneficios-fiscales-iva/iva-reducido-compra-adaptacion-reparacion-discapacitados.html
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Carlos9 25/05/24 17:37
Ha respondido al tema Actos notariales necesarios herencia hijo unico
NO necesariamente hace falta notario.En caso de heredero único, y siempre que exista testamento, no es necesario documento público ante notario para inscribir en el registro de la propiedad: Artículo 14 del Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria"Cuando se tratare de heredero único, y no exista ningún interesado con derecho a legítima, ni tampoco Comisario o persona autorizada para adjudicar la herencia, el título de la sucesión, acompañado de los documentos a que se refiere el artículo dieciséis de esta Ley, bastará para inscribir directamente a favor del heredero los bienes y derechos de que en el Registro era titular el causante"  
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Carlos9 26/03/24 21:43
Ha respondido al tema Pensionista sin obligación de hacer la declaración tiene que presentar el 720??
La obligación de presentar el modelo 720 es independiente de la obligatoriedad de presentar declaración de la renta. Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos:Artículo 42 bis. Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, vendrán obligados a presentar una declaración informativa anual referente a la totalidad de las cuentas de su titularidad, o en las que figuren como representantes, autorizados o beneficiarios, o sobre las que tengan poderes de disposición, o de las que sean titulares reales conforme a lo señalado en el párrafo siguiente, que se encuentren situadas en el extranjero, abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio, a 31 de diciembre de cada año .....No existirá obligación de informar sobre ninguna cuenta cuando los saldos a 31 de diciembre a los que se refiere el apartado 2.d) no superen, conjuntamente, los 50.000 euros, y la misma circunstancia concurra en relación con los saldos medios a que se refiere el mismo apartado. En caso de superarse cualquiera de dichos límites conjuntos deberá informarse sobre todas las cuentas 
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Carlos9 24/02/24 17:18
Ha respondido al tema ¿Se podría pagar el Impuesto de Sucesiones con el dinero heredado?
Artículo 80.3 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: " La oficina gestora que hubiese practicado las liquidaciones podrá autorizar, a solicitud de los interesados, deducida dentro de los ocho días siguientes al de su notificación, a las Entidades financieras para enajenar valores depositados en las mismas a nombre del causante y, con cargo a su importe, o al saldo a favor de aquél en cuentas de cualquier tipo, librar los correspondientes talones a nombre del Tesoro Público por el exacto importe de las citadas liquidaciones "
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Carlos9 13/01/24 07:23
Ha respondido al tema Imp.Sucesiones JCYL
No, no han modificado nada.Todas las bonificaciones las tienes en https://tributos.jcyl.es/web/es/informacion-tributaria/sucesiones.html y https://servicios4.jcyl.es/sirijcyl/usuario/DescargaPDF?modelo=660&pageOperation=DESCARGARINSTRUCCIONES
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