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Participaciones del usuario Fleischman - Hipotecas

Fleischman 30/12/20 13:58
Ha respondido al tema Cuota o plazo??
Es indiferente. Al reducir plazo da la impresión de que ahorras más intereses, al sumar las cantidades de distintos años, pero eso es erróneo (no vale igual un euro ahora que un euro dentro de 30 años, de igual forma que no puedes comprar lo mismo con un euro ahora que con 166 pesetas hace 30 años). Como ahora tanto los tipos como la inflación están alrededor de 0, este efecto disminuye.Para ser precisos, puede ser mejor o peor una opción u otra dependiendo de la evolución en el futuro, lo que a priori no lo puedes saber.
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Fleischman 29/12/20 16:39
Ha respondido al tema Amortizar o invertir?
Coincido con el comentario anterior, difícilmente vas a conseguir una rentabilidad que iguale a la desgravación. Y nadie te asegura que la desgravación va a seguir ahí en el futuro, ya la recortaron una vez.En cuanto a los planes de pensiones, se tienen que alinear los planetas para que salgan rentables (para ti, para el banco sí que son rentables). Y puede que cuando lo recuperes tengas que pagar más impuestos que lo que desgravas ahora. Pero a gustos se hicieron los colores, yo conozco una persona que está encantada con su plan.En cuanto a ahorrar... hay algunos ahorros fáciles, como prescindir del teléfono fijo y contratar la luz con tarifa regulada con discriminación horaria, pero ya depende de vuestras costumbres.
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Fleischman 29/12/20 16:03
Ha respondido al tema Hipoteca a 20 años o a 10 con 0% de comisión por amortización anticipada / cancelación
Efectivamente es indiferente. De hecho, si amortizas en plazo pagando la cantidad que pagarías en el caso de que fuera a 15 años, al final el préstamo te durará esos 15 años.En tu caso no lo sé, pero en mi caso las amortizaciones eran muy sencillas (primero barclays y después caixabank). Y eso que en ambos casos la página en general era un poco castaña, en comparación con los bancos online. Podías incluso simular antes de realizar la operación, para ver cómo queda.
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Fleischman 27/12/20 22:15
Ha respondido al tema ¿Cuando amortizar hipoteca variable?
Matemáticamente es indiferente amortizar cuota o plazo, para cualquier tipo fijo, suponiendo que el interés del dinero deudor (lo que te cobran por el préstamo hipotecario) es igual al interés acreedor (lo que puedes obtener por tu dinero, por ejemplo en un depósito o en una cuenta).  Para complicar más las cosas, esos intereses no tienen por qué ser igual a la tasa de descuento (la diferencia de lo que vale el dinero en un año u otro), aunque suelen estar relacionados (cuando sube la inflación suben los tipos).Amortizando en tiempo ahorras intereses, pero también "ahorras" las ganancias que obtendrías con ese dinero que tendrías de más todos los meses si amortizaras en cuota (que, para tasa de descuento constante, sería la misma cantidad que esos intereses).Aquí lo explican:https://www.euribor.com.es/2008/09/29/peras-o-manzanas-cuota-o-plazo/Con el interés 0 es aún más sencillo, puesto que no necesitas conseguir una inversión en la que el interés acreedor iguale a lo que tienes que pagar, simplemente te vale tener el dinero en barbecho.La razón es lo que se ha comentado antes: lo que estás haciendo simplemente es reducir deuda, y se reduce igual en ambos casos (pasas a deber la cantidad inicial menos lo que amortizas, en ambos casos). Otra cosa es que nos guste más amortizar en cuota o plazo, por otras razones (yo personalmente siempre lo hago en cuota).Si el tipo es variable, sí puede ser diferente amortizar en cuota o plazo, pero como no sabes cómo va a estar en el futuro, no puedes saber a priori qué es mejor. Teniendo en cuenta que ahora los tipos son muy bajos, mientras que hace 30 años eran muy altos, hace 30 años habría sido mejor amortizar cuota (en el artículo dicen lo contrario, pero creo que está al revés). Ahora se debería dinero, a tipo 0, mientras que se pudo aprovechar el interés de los depósitos de los 90.A día de hoy, con interés 0 en la hipoteca, lo mejor sería no amortizar (en ausencia de otras consideraciones, como desgravaciones fiscales).
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Fleischman 19/11/20 09:36
Ha respondido al tema Problemas con Hipoteca Remunerada Barclays tras la integración con CaixaBank
Este fue mi escrito, copio y pego:ASUNTO: CAMBIO CONDICIONES CUENTA Nº xxxx En respuesta a su comunicación en la que nos informan del próximo cambio en las condiciones de nuestra cuenta procedente de Barclays: “Le proponemos las siguientes modificaciones de los precios de determinados servicios bancarios de CaixaBank y de las tarjetas de CaixaCard para sus contratos procedentes de Barclays SAU, que se aplicarán a partir del próximo 1 de agosto. En caso de disconformidad, le recordamos que puede usted cancelar el contrato sin coste adicional alguno.” Les comunicamos que: -        En relación a las tarjetas, actualmente no disponemos de ninguna tarjeta CaixaCard. En caso de que figurase alguna en sus sistemas, solicitamos su cancelación. -        En relación a la cuenta, efectivamente deseamos cancelar el contrato, puesto que no estamos conformes con las nuevas condiciones. Dado que se trata de una cuenta tipo “Hipoteca Remunerada”, utilizada para satisfacer las cuotas de un préstamo hipotecario todavía en vigor, necesitamos saber qué mecanismo hemos de utilizar con el objeto de poder pagar las cuotas del préstamo y, en su caso, las amortizaciones anticipadas (e.g., podemos darles un número de cuenta en otra entidad para que procedan al cobro mediante recibos, o realizar transferencias a una cuenta habilitada para tal fin que Vds. nos comuniquen). Por ello rogamos nos informen de dicho mecanismo. Mientras tanto, para dejar constancia del cumplimiento de los criterios establecidos por el Banco de España para la improcedencia de comisiones en cuentas vinculadas a préstamos hipotecarios, y como pueden Vds. comprobar consultando los movimientos de la cuenta, declaramos que: a)     Actualmente, y garantizamos que así será también en el futuro, esta cuenta se utiliza única y exclusivamente para la gestión del préstamo hipotecario (i.e., pago de las cuotas periódicas, realización de amortizaciones parciales y, para poder realizar lo anterior, realización de ingresos). En el caso de que en sus sistemas aparezca algún otro uso, solicitamos su cancelación. b) Se trata de un préstamo hipotecario formalizado el 11/02/2004, por tanto con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden EHA/2899/2011 (29 de abril de 2012) y que no ha sido novado con posterioridad a dicha fecha. 
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Fleischman 19/11/20 09:34
Ha respondido al tema Problemas con Hipoteca Remunerada Barclays tras la integración con CaixaBank
Ya se ha discutido en otros hilos, copio y pego. Cuando lo consulté hace años era una mala práctica bancaria cobrar comisiones en una cuenta que se utiliza solo para el cobro de intereses del préstamo, salvo que vengan en el contrato (a partir de la publicación de una circular del BdE, se hizo obligatorio informar). Yo en su día reclamé a la Caixa por este motivo y me mantuvieron la cuenta sin comisiones.http://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/12/MSB_2012.pdfPáginas 213 a 215, copio lo más interesante, atención al último párrafo:La Circular del Banco de España 5/2012, por su parte, establece expresamente en su norma sexta, apartado 2.2.d), en relación con la información precontractual que se ha de prestar en los depósitos a plazo con garantía de principal, que, entre otras menciones, «tales como la exigencia de apertura de una cuenta vinculada al depósito, deberá indicarse expresamente esta circunstancia y detallarse la naturaleza, las características y el coste de los servicios cuya contratación se requiera al cliente [...]». Y en su norma sexta, apartado 2.5.j): «En su caso, los gastos de mantenimiento de una o varias cuentas», y que, cuando la apertura de una o varias cuentas sea obligatoria para el cliente, los gastos de mantenimiento de ellas no podrán ser modificados unilateralmente por la entidad, siempre que la cuenta o cuentas se utilicen exclusivamente para las operaciones de pago o de disposición del crédito».Conforme a ello, en el caso de préstamos o depósitos formalizados con posterioridad a la entrada en vigor de la nueva normativa —o en aquellos préstamos que hubieran sido objeto de novación con posterioridad a dicha fecha—, no se podría considerar apartado de las buenas prácticas bancarias el hecho de que la entidad cobre comisiones en las cuentas vinculadas a dichos servicios, aunque se utilizaran exclusivamente para la gestión de estos, siempre que, en todo caso, se cumplan con las exigencias establecidas en la respectivanormativa (según se encuentren vinculadas a la gestión de un producto o de otro), esto es: i) que se haya informado previamente a los clientes, en el documento de entrega obligatoria previa según la operación de que se trate, acerca de la exigencia —en su caso— de contratar la cuenta vinculada; ii) que se informe de la parte del coste total que corresponda al mantenimiento de dicha cuenta; iii) que tanto la contratación como su coste se recojan expresamente en el contrato, y iv) que dicho coste no pueda ser modificado unilateralmentepor la entidad a lo largo de la vida del préstamo o del depósito.Si no se contemplaran todas y cada una de ellas, la actuación de la entidad se consideraría apartada de las buenas prácticas financieras.Sin embargo, en las operaciones de depósito o de préstamo anteriores a la entrada en vigor de la nueva normativa, las entidades deben conformar su actuación al criterio tradicionalmente mantenido por el Servicio de Reclamaciones, según el cual no es posible el cobro de comisiones en las cuentas instrumentales de los depósitos o de los préstamos (o de otro tipo de productos bancarios o no), siempre que estas se usen exclusivamente para la gestión de dichos productos, circunstancia que deberá ser valorada y acreditada en cada caso en que se manifiesten discrepancias respecto de dicha cuestión. Esto obedece al hecho de que los prestatarios no sujetos a dicha normativa no gozan de las garantías derivadas de esta para el cobro de dicha comisión (principalmente, de información previa y de la imposibilidad de que el coste sea modificado unilateralmente por la entidad). 
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Fleischman 22/10/20 17:25
Ha respondido al tema Si el Euribor cotiza negativo, ¿podría el banco pagarme por mi hipoteca?
En realidad, el negocio puede ser ganar dinero... o perder menos dinero del que se perdería en otro caso.El BCE está cobrando por el dinero que tienen las entidades depositadas en él, por lo que cualquier cosa que hagan con ese dinero a un tipo de interés superior, aunque sea prestarlo a un tipo de interés negativo, implica perder menos dinero. Por lo que en este caso no les perjudica dar ese préstamo, sino que les beneficia.Y si no les gusta, recordemos que nadie les puso una pistola en la cabeza para que firmaran.. :)
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Fleischman 22/10/20 17:08
Ha respondido al tema Si el Euribor cotiza negativo, ¿podría el banco pagarme por mi hipoteca?
Presiento que ningún banco va a pagar, se empezarán a poner demandas y tendremos sentencia del Supremo dentro de diez o quince años... Los bancos se defienden diciendo que no tiene sentido que te paguen por tener una hipoteca, pero es un argumento falaz (a mi juicio), pues lo que no tiene sentido en sí, es tener tipos de interés negativos. Y los tenemos. (Y lo que queda...)Si nos basamos en lo que tiene sentido común, tampoco tiene sentido un préstamo a tipo cero.Y si lo tiene, por ejemplo porque se gana un cliente, entonces también puede tenerlo a un tipo negativo.Porque el banco no te está pagando por tener una hipoteca, realmente, sino dándote un préstamo (con garantía hipotecaria, en este caso). Por poder, podría haber préstamos de otro tipo fijados al euribor.Si la alternativa a darte el préstamo para el banco fuera depositarlo en el BCE, y ahí le están "pagando" el -0.5, mientras que un hipotecado le tiene que "pagar" el -0.1, por ejemplo, en realidad el banco está ganando ese diferencial.
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