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Participaciones del usuario franjgr - Economía

franjgr 07/10/23 15:35
Ha respondido al tema Renovación semestral subsidio - desempleo
Si es la prórroga del subsidio, el plazo para hacerla empieza en la fecha que termina los seis meses que tenía concedidos y termina 15 días hábiles después de la fecha en que termina el plazo de pago de la nómina no pagada.Por lo tanto seguramente ha hecho la prórroga en plazo y por lo tanto se lo pagan en la siguiente fecha de pago, nada de sanción ni de que le guarden el mes para más adelante ni nada por el estilo, cobra en la siguiente fecha de pago todo el tiempo que se le debe.Si lo hubiera hecho fuera de plazo perdería los X días (nada de un mes salvo que diera la casualidad de que fueran justo 30 días) que van desde que termino lo ya concedido hasta la fecha de solicitud.La LISOS (Ley de infracciones y sanciones) no recoge como falta el hacer la prórroga ni en plazo ni fuera de el, por lo tanto no puede haber nunca una sanción por esta causa.
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franjgr 07/10/23 11:15
Ha respondido al tema Renovación semestral subsidio - desempleo
No es la ayuda lo que no ha renovado, sino la demanda de empleo, que es competencia de la comunidad autónoma.Debe preguntar en el servicio de empleo de su comunidad autónoma (los que le han hecho la demanda) ellos son los que sancionarían llegado el caso.El SEPE le ha dado la información correcta que ellos tienen a día de hoy, ese tiempo que no ha tenido demanda se le alarga al final. Si hay sanción o no solo lo sabrán cuando se lo comunique la comunidad autónoma.Y cuando hablamos de la comunidad autónoma hay 17 formas de funcionar (más el SEPE en Ceuta y Melilla), 17 interpretaciones de lo más variadas.
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franjgr 26/04/23 23:04
Ha respondido al tema Denegacion subsidio mayores de 52
Pues, en cuanto le llegue la carta por si aclara algo más. Pongan reclamación previa.La argumentación es sencilla el subsidio para mayores de 52 años se regula en la Ley General de la Seguridad social, artículo 274.4 del RDL 8/2015, en el que nada se dice de agotar la RAI para acceder al subsidio y ni mucho menos un número de veces y la RAI se regula en el RD 1369/2006 y este real decreto no habla del subsidio para mayores de 52 años.O sea totalmente absurdo.
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franjgr 26/04/23 15:07
Ha respondido al tema Denegacion subsidio mayores de 52
Le han denegado la RAI no el subsidio para mayores de 52 años. Son dos cosas diferentes.¿Como ha hecho la solicitud? Porque no tiene sentido pedir una cosa y que le denieguen otra.
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franjgr 23/04/23 15:07
Ha respondido al tema Subsidio tras agotar desempleo
El subsidio no se consume por incapacidad temporal al no ser una prestación contributiva.Cuando le den de alta, hará un mes de espera y pedirá el subsidio sin descuentos, dure lo que dure la incapacidad temporal.
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franjgr 21/04/23 22:57
Ha respondido al tema Duda compatibilizar trabajo y subsidio +52 años - paro
Disposición transitoria quinta de la Ley 45/2002https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-24244Lo siento, estoy de vacaciones a más de 1000 kilómetros de mi ordenador y ayudando a la gente desde un móvil, por lo que me resultaria muy complicado pegarle el texto en este momento.
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