franjgr
07/10/23 15:35
Ha respondido al tema Renovación semestral subsidio - desempleo
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Si es la prórroga del subsidio, el plazo para hacerla empieza en la fecha que termina los seis meses que tenía concedidos y termina 15 días hábiles después de la fecha en que termina el plazo de pago de la nómina no pagada.Por lo tanto seguramente ha hecho la prórroga en plazo y por lo tanto se lo pagan en la siguiente fecha de pago, nada de sanción ni de que le guarden el mes para más adelante ni nada por el estilo, cobra en la siguiente fecha de pago todo el tiempo que se le debe.Si lo hubiera hecho fuera de plazo perdería los X días (nada de un mes salvo que diera la casualidad de que fueran justo 30 días) que van desde que termino lo ya concedido hasta la fecha de solicitud.La LISOS (Ley de infracciones y sanciones) no recoge como falta el hacer la prórroga ni en plazo ni fuera de el, por lo tanto no puede haber nunca una sanción por esta causa.