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Participaciones del usuario franjgr - Fiscalidad

franjgr 18/02/25 17:30
Ha respondido al tema Cobro subsidio de los 52 años
Para cobrar el subsidio para mayores de 52 años sólo se tienen en cuenta los ingresos del solicitante y no los del resto de la familia. Esos ingresos no pueden superar el 75% del SMI (888 euros en 2025).Aquel patrimonio que no tenga rendimiento explicito tendrá un rendimiento presunto del 3,25% anual.Los fondos de inversión que tengan dividendos tienen ese ingreso, lo debe mensualizar para saber lo que corresponde a cada mes, los que no tengan dividendos deberá aplicar el 3,25% de su valor y mensualizarlo. Lo mismo el plan de jubilación, no así el de pensiones que está exento hasta su rescate.Olvide las cuentas corrientes salvo que el SEPE le reclame los extractos, sobre esto hay mucha discrepancia y no debe ser usted el que les de pie a que las tengan en cuenta.La vivienda de la que es cotitular con sus hermanos, si el usufructo es de su padre no afecta en nada ya que no tiene capacidad de usar esa vivienda, no se tiene en cuenta.Haga los cálculos con estas premisas, especialmente los rendimientos presuntos de los productos que tiene contratados y si no supera los 888 euros al mes, podrá cobrar el subsidio.
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franjgr 18/02/25 17:18
Ha respondido al tema Declaración anual de rentas de subsidio mayores 52 años
¿Ha hecho la Declaración Anual de Rentas?La DAR es sólo una declaración, no una solicitud, por lo tanto no debe haber respuesta ninguna salvo que declarara (o el SEPE encontrara) ingresos superiores a los límites.Guarde el justificante una temporada por si hay algún problema y listo.
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franjgr 17/02/25 15:28
Ha respondido al tema Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
No sé queda igual, si lo vende por más valor del que tenía cuando heredó, tiene una ganancia patrimonial.Son dos ganancias patrimoniales diferentes y podría haber doble suspensión. Pero ahora solo deben contarle la plusvalía y no todo el valor de venta.
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franjgr 14/02/25 12:21
Ha respondido al tema Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
Si cobra el subsidio por cargas familiares loss ingresos de la familia influyen.Para cobrar este subsidio, los ingresos de la familia no pueden superar los 888 euros por persona.Según el importe que herede y el tipo de patrimonio (si el subsidio es anterior al 01/11/2024 no influye las propiedades heredadas, solo los valores líquidos) puede que le suspendan el subsidio un mes y se podrá reanudar una vez pasado el mes.Divida el importe de capital heredado entre 12, sume el resto de ingresos de la familia y dividalo entre el número de miembros de la familia, si supera 888 hay que suspender el subsidio un mes.
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franjgr 29/01/25 12:23
Ha respondido al tema Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52
¿Cuando le reconocieron el subsidio?En subsidios anteriores al 01/11/2024 se puede compatibilizar si el contrato es a tiempo parcial y no se tienen ingresos superiores a 850,50 euros al mes (sumando el bruto del salario), hay que solicitarlo y le descuentan el % de jornada trabajada, sin limite de tiempo. Fijo discontinuo o no,  no tiene relevancia.Si el subsidio es posterior al 01/11/2024, la compatibilidad es obligatoria salvo que haya trabajado en esa empresa en el año anterior, tampoco importa si el contrato es de fijo discontinuo o no. Se paga un porcentaje del IPREM que depende del trimestre que este de subsidio y el % del contrato, no se considera renta el importe del salario y máximo se puede cobrar 180 días.
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franjgr 27/01/25 22:37
Ha respondido al tema Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52
Lease el mensaje de Wediehard se lo explica claramente.Si, cuando terminó el paro e hizo el mes de espera (por entonces había que hacerlo) ya tenía 52 años reclame porque tenía la causa de acceso. Sino, debe haber permanecido apuntado desde ese momento hasta hacer los 52 años, si permaneció apuntado reclame también pues tenía causa de acceso.
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franjgr 12/01/25 20:20
Ha respondido al tema Limite rentas subsidio agrario para mayores de 52 años
Si ese dinero es para pagar facturas del subsidiado, le están regalando dinero y por lo tanto le están donando dinero.Que es muy difícil que la administración se entere, tanto la agencia tributaria como el SEPE y que si ven algún indicio probablemente hagan la vista gorda porque les daría más trabajo que lo que podrían recaudar (probablemente 0), es otra historia.De todas formas, en el caso que comenta y de cara al SEPE no se preocupe, si le van a considerar los ingresos de toda la unidad familiar, no se puede considerar un ingreso el regalo de un miembro de la unidad familiar a otro, porque el patrimonio de la familia no aumenta.
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