Hola Antonio...
Acabo de colgar la segunda parte.
El caso que comentas es factible pero no se corresponde con este. Como contaba, la descripción de la finca se correspondía con la reaalidad. Digamos que realidad juridica y realidad fisica concidian en esencia en esa una unica finca registral. El problema era otro.
De nuevo otro error (menudo día llevo).
Donde digo la hipoteca es constitutiva me refiero a que la inscripción de la hipoteca es constitutiva de la misma.
Menudo día...
Un saludo
Fe de erratas:
Donde digo "entonces puede que la hipoteca no este inscrita sólo respecto de una de las fincas registrales y no del resto."
quiero decir "que la hipoteca sólo afecte a alguna o algunas de las fincas registrales que forman el TOTAL de la finca física única, por lo que lógicamente la hipoteca sólo afectará a las fincas registrales en las que la misma figure, es decir no gravará a la finca física entera sino sólo a una parte de ella (en concreto las registrales en la que se encuentre inscrita).
Un saludo
Si partimos que la hipoteca es constitutiva (1875CC) yque la misma se ha inscrito en algún momento (obviamente descontando errores humanos, fallo del registrador en la certificación etcétera) la única solución que se me ocurre es esta:
En primer lugar tendríamos la "finca física" que es única y es lo que los compradores quieren adquirir y luego estarían las "fincas registrales", que formarían entre ellas esa finca física única.
Me explico:
Puede que la finca sea físicamente única pero registralmente no sean más que la suma de varias fincas registrales que para más Inri se hallen inscritas en dos registros diferentes por encontrarse en dos términos municipales diferentes, entonces puede que la hipoteca no este inscrita sólo respecto de una de las fincas registrales y no del resto.
Es decir, una finca física única que se encuentra formada por varias fincas registrales, abarcando la garantía real sólo a una o algunas de ellas (fincas registrales) pero no a toda la finca física.
¿Puede ser o me he olvidado o saltado algo?
Muy buen post.
Un saludo
Hola José Antonio, y gracias por participar.
1. No ha habido una segregación(supongo que te refieres al negocio juridico por el cual el propietario escinde en dos las fincas). Sin embargo me gustaría saber, si de haberla, que crees que hubiese pasado para llegar a ese resultado.
2. Lo de indivisible no te sigo, desarolla tu apuesta, que tengo curiosidad.
Hola Anónimo, gracias por lanzar tu apuesta pero...
No hay ninguna hipoteca de máximo. Las hipótecas de máximo deben descansar de hecho sobre alguna finca, con lo cual el problema que tenemos es el mismo.
Creo que la respuesta está en que el matrimonio constituyó una hipoteca de máximos con el banco "x".
¿Acerté?
Un asiduo lector de su blog
Echevarri,
Preguntas:
a) ¿Se había hecho con anterioridad alguna segregación?
b) ¿La respuesta está relacionada con alguna parte indivisible?
Espero tus comentarios, gracias.
j.a.
Pau, gracias por participar.
Ciertamente conozco casos como el que citas, que corresponden en ultima instancia al olvido o dejadez de alguien (y es que con un mero cuadrante y una revisión mensual me cuesta creerlo). Pero el tema que no s ocupa resulta ser más.....curioso.
Sólo un detalle. La inscripción en el Registro para una hipoteca es constitutiva. Si no se inscribe tecnicamente no se podría hablar de hipoteca. Por ceso, en los casos de capital porivadocomentas, si no se inscribe voluntariamente, lo que tienes en tanto en cuanto no lko hagas es un mero préstamo (u obligación que garantize la hipoteca)
Anónimo, gracias también por tu intento, pero no tiene que ver con hipotecas mobiliarias. Hablamos de un prestamo hipotecario con garantia inmobiliaria. El unico bien inmueble que poseen es ese y no interviene nadie más en la operación.
Espero poder colgar el final entre el domingo y el lunes, y seguramente hare también un making off más detallado días despues, pues creo sta hostoria puede servir para dar pie a muchos temas interesantes (por ejemplo los que planteais)
De la lectura del supuesto y de los comentarios posteriores del autor, sólo se me ocurre una solución que encaja con los datos que tenemos: préstamo hipotecario, no cargas ni olvidos o problemas de anotación, no más inmuebles:
Se trata de un préstamo con garantía hipotecaria mobiliaria, anotada en el registro correspondiente, que quieren cancelar con la venta de la finca. Por ejemplo, solicitado para la compra de sendos vehículos de lujo, que son los hipotecados a cinco años, y al cual no pueden hacer frente una vez separados. Deciden que para su nueva vida es mejor desprenderse de la finca en común que vender los vehículos hipotecados.
Supongo que la gestoría del banco no ha registrado la hipoteca. Hay varias posibles razones:
1.- Se "olvidaron".
2.- A pesar de haber firmado la escritura de hipoteca ante el notario, por algún defecto el Registro no dejo inscribirla y no se hizo la subsanación necesaria ante notario.
3.- A pesar de que en tu caso no sea así, podría ser una hipoteca de un capital privado, que muchas veces no se incriben para facilitar al cliente la reunificación.
Y de momento no se me ocurre nada más.
Lacaseton, digamos que el Registro protege al tercero hipotecario de buena fe. Y, aunque en un pleito hay que demostrar que noe xiste esa buena e, como comprenderas no es cuestión de arriesgarse si existen certezas, aunque...bueno no sigo que me adelanto.
Landri, interesante matiz el tuyo. Entiendo que lo que quieres decir es que hay dos fincas regsitrales, chalet y terrenoy que la hipoteca solo afecta a esta última. Pero no. recuerda el tema de la descripción de la finca en la escritura de propiedad, y su correspondencia con el certificado registral y el fax de cargas. Bajo el número de finca que indico estaban el chalet y el terreno.
Yo diría que la hioteca está en la finca sobre la que está construido el chalet (que es una inscripcion independiente en el Registro).
a ver si acierto....
Si los compradores, por lo que dice el registro, compran libre de cargas, ¿qué les importa a ellos la problemática del prestamo?
Frío frío.
Por lo que yo he llegado a conocer lo más habitual es por 2 motivos:
1- No se puede inscribir por motivo x, j o k.
2- Alguien ha cometido un error de control y se "le ha olvidado" inscribirla. Triste, pero esto pasa.
No se ... ¿quizá la hipoteca no se llegó a inscribir en el registro por algún defecto?
Espero intrigado la segunda parte.
S2. Fran.
Eran los avalistas de otra persona?
(por decir algo)(es que tanta espera...)
Uysssss habrá que darle un poco de tiempo al tiempo...lunes o martes...
además así da tiempo al debate y a ver si alguna acierta con la solución del caso (por cierto, caso que ha ocurrido más de una vez)
PD: Lo de los guiones esta hecho. Ponerme en contacto con uan productora y con la Watling.
Ya tardas!!!
Venga, que nos dejaste con las ganas...
(Y a ver como va lo de hacer los guiones de la serie...)
Je,je la segunda parte ya !! ;)