No.Lo que digo es completamente legal.Hay que enterarse del funcionamiento de los impuestos y no hacer caso a los que no saben.Los que te informan mal te dirán que si vendes los pisos pagas impuestos, que si vendes los fondos pagas impuestos y otro montón de falsedades o medias verdades.La realidad es que el que tiene fondos, pisos, pensión, intereses y etc no necesita todo para vivir y no tiene que vender nada que se lo deja a sus herederos que no pagan nada.Los ricos no pagan nada y los que tenemos un poco pagamos poco.Pero tu estas pensando en las tonterías que dicen los que cuentan medias verdades en las redes.
El motivo es que hay muchas declaraciones que salen a devolver.El motivo es que muchas actividades no tienen retención:Cuentas en el extranjero.Alquileres.Venta de valores.Venta de fondos de inversión.Futuros.Criptomonedas.Oro físico.Y un largo etc.Por otra parte puedes ganar mucho dinero y no tributar casi nada.200000 en fondos.50000 en revalorizacion de inmobiliario.30000 de alquileres.40000 de intereses.50000 de pensión.Ingresos de 370000 euros y menos del 10% de impuestos.
Lo normal es que tu madre tenga el 50% de propiedad y el resto en usufructo hasta octubre-22.Vosotros deberíais haber declarado en 2022 el piso como renta imputada desde octubre-22.En 2023 tenéis renta imputada hasta mayo-23. Ademas tenéis que declarar la venta.El precio de compra es el que declarasteis en el impuesto de sucesiones.En el borrador aparece la fecha de la escritura de aceptación de herencia, pero Hacienda puede reclamar desde el fallecimiento.
Y cuando ahora cobro 50000 euros de pensión ¿de donde salen?Cuando trabajaba, por ejemplo en 2015 le costaba a la empresa de SS unos 14000 euros y yo pagaba de SS unos 2750 euros.¿Solo cuentas los pagos?Pagamos impuestos pero la educación es gratis y muchas mas cosas.Es seguro que la gente desconoce muchas cosas. La verdad solo es una.
Creo que tienes razón.Esto dice CC.OO.Finalmente, a diferencia del criterio que han mantenido hasta ahora, la Administración Tributaria, nos confirma que, tras las última sentencias del Tribunal Supremo (la última el 10.1.2024), la parte proporcional de años cotizados antes de 1978 (con carácter general al ser la fecha de integración en el INSS de la mayor parte de las Mutualidades sectoriales), se aplicará sobre los años necesarios para acreditar el 100% de la pensión en el momento de la jubilación, 35 en el caso más frecuente, 36 o 37 en el resto, en lugar de sobre toda la carrera de cotización que cada persona haya tenido. Con ello, los porcentajes de reducción serán muchas veces algo mayores. En el caso de que las personas pensionistas no hayan acreditado los años necesarios para alcanzar el 100% de la base reguladora, el porcentaje se aplicará sobre el periodo total cotizado en realidad, inferior a los 35 años.
Solo quiero aportar información.Tenia un plan de empleo y en el año 2021 retire las cantidades aportadas antes de 2007.En 2022 quise cambiar el resto del plan a otra gestora y no fue posible, ya que en el reglamento de mi plan se decía que una vez retirada una parte el plan no se podía mover de la gestora.En 2023 retire el resto.¿Que dice el reglamento del plan que se esta tratando?
Hay una posibilidad adicional.Hacienda ha reconocido en ejercicios pasados un coeficiente a empleados de Telefónica.Durante estos años, los afectados han hecho la declaración disminuyendo los ingresos de la pensión en ese porcentaje.Este año Hacienda en los datos fiscales les dice:Si usted realizó aportaciones a mutualidades y en sus datos fiscales no se le informa del importe de la reducción de la pensión que podría resultarle aplicable, conforme a la Disposición transitoria segunda de la Ley del IRPF, puede solicitar la misma mediante la presentación de la declaración de Renta 2023 y del formulario que la Agencia Tributaria ha publicado en Sede para su solicitud.Pueden hacer la declaración descontándose el coeficiente que tienen y hacienda puede revisar las declaraciones desde el 2019 si el coeficiente calculado por Hacienda ahora fuese superior.
Los 1800 de tu padre es un % sobre la pensión de 2023.A la pensión de 2019 le aplicas ese % y eso es lo que disminuye la pensión a declarar.A la pensión de 2020 a 2022 le haces lo mismo.Cada a;o la cantidad varia.La pensión ha ido subiendo cada a;o.