Supongo que se trata de un plan de pensiones, no de jubilación. En tal caso, lo que cobres al rescatar tributa en el IRPF. Dependiendo de cómo lo rescates, tributará más o menos. P.D. Esta consulta recibiría más respuestas si la pones en el foro de fiscalidad.
¿Por qué todo debe plantearse exclusivamente en términos mercantilistas?¿Acaso no presumimos de ser una civilización cristiana, cuyo fundador se lio a latigazos con los mercaderes del Templo?
Cuando se entra en un foro, hay que asumir el riesgo cierto de recibir respuestas de ese tipo. Hay mucha gente que se divierte con esas "gracietas". Pero si sabes desbrozar las respuestas útiles (que casi siempre las hay) de eso otro, acabas obteniendo una buena ayuda de gente altruista, lo cual siempre compensa.
Todo se reduce a aquello tan antiguo: separar el trigo de la cizaña.