Ha respondido al tema
Renunciar a la devolución de la renta.
Eso lo entiendo y creo que ya lo dijiste. Mi pregunta era si sabes de alguien concreto a quien darías una ayuda económica.
Juan Lackland14/04/25 13:15
Ha respondido al tema
Cambio Estado Civil de Soltero a Casado, Cambio Domicilio Fiscal
1.¿Al cambiar el Estado civil de soltero a casado debo hacer dos declaraciones yo y dos mi pareja. Me case el 25/09/2024 en el año 2024.No, una sola declaración del 1 de enero a 31 de diciembre. Podéis elegir individual o conjunta, como mejor os vaya.El cambio de domicilio tampoco afecta: una sola declaración (individual o conjunta).
Juan Lackland14/04/25 13:12
Ha respondido al tema
Necesito ayuda urgente para declaracion renta.
¿Quién tiene el usufructo del resto?
Juan Lackland14/04/25 11:34
Ha respondido al tema
Renunciar a la devolución de la renta.
La renuncia sólo se puede hacer a favor del Tesoro Público.Lo otro, sea cual sea su etiqueta, no es renuncia sino acceder a compensar con el otro cónyuge. Y aquí te explican el contenido. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2024/3-cuestiones-generales/3_3-declaracion-irpf/3_3_5-suspension-ingreso-deuda/3_3_5_2_solicitud-suspension.html
Juan Lackland14/04/25 10:50
Ha respondido al tema
Renunciar a la devolución de la renta.
Eso no es renunciar sino compensar.
Juan Lackland14/04/25 10:40
Ha respondido al tema
Situación anómala IRPF Vizcaya
Doy por hecho que durante 2024 has residido más de 183 días en Vizcaya.En tal caso, lo correcto es comunicar tu nuevo domicilio a la AEAT y solicitar la anulación de tu declaración de IRPF por corresponderte declarar en Vizcaya.Además, debes declarar el IRPF en la Hacienda Foral de Vizcaya, incluyendo todos los datos que falten en el borrador que te han enviado.
Juan Lackland14/04/25 10:33
Ha respondido al tema
Renunciar a la devolución de la renta.
¿Pero darías una ayuda económica a alguien o a nadie?
Juan Lackland11/04/25 14:30
Ha respondido al tema
Valor adquisición
Yo interpreto que aunque se trate del valor de referencia, dado que es asumido por la Administración autonómica, es de aplicación la doctrina de la sentencia.Dicho sea con todas las reservas.
Juan Lackland11/04/25 09:52
Ha respondido al tema
Valor adquisición
OK. No obstante la Ley de IRPF dice que el valor de adquisición es el importe real por el que se haya adquirido (más gastos) art. 35.P.D. He leído la sentencia (muy interesante) y creo que tienes toda la razón ya que es unificación de doctrina del TS. Por supuesto que hay base para lucharlo e incluso muchas posibilidades de ganarlo.
Juan Lackland10/04/25 12:14
Ha respondido al tema
Valor adquisición
En mi opinión, la complementaria forma parte de los gastos que incrementan el valor de adquisición.