Habría que saber si las valoraciones de 2005 y 2023 se refieren a la vivienda entera o al 50%. Lo digo porque lo que se hereda en cada fecha es el 50%.
Lo primero es dejar claro que mis comentarios se refieren a territorio donde se aplique el Derecho común. No valen si hay Derecho propio como en Galicia o Cataluña.La herencia se divide en dos partes: la legítima (2/3) y la libre disposición (1/3). A su vez, la legítima se divide en dos partes: la legítima estricta (1/3) y la mejora (1/3). La legítima (2/3) sólo puede ser para hijos y descendientes salvo el usufructo de la mejora por el consorte. Sí se puede dejar a alguno sólo su parte de la legítima estricta y asignar a algún otro heredero (u otros) la mejora siempre que sean hijos o descendientes.Dado que según el testamento sólo hay un heredero (el hijo), en caso de impugnar el testamento no habría posibilidad de dejar la mejora a otro heredero, la nieta no es heredera por lo que nada puede percibir. Por lo que toda la legítima (2/3) sería para el hijo salvo el usufructo de la mejora, que sería para el consorte.Se podría solventar el asunto si la nieta también fuese heredera.
No es justificable pero es la realidad. Lo mismo sucede en atención médica primaria, nadie quiere serlo.Es muy lógico que nadie quiera atender a gente enfadada sin tener la culpa.No obstante, lo adecuado es comunicarse con la Administración por escrito, ahí la calidad sube exponencialmente.
La atención al público en casi todas las instituciones es cada vez peor. Lo más grave es que una parte importante de la culpa la tiene el público, aunque parezca absurdo.De unos años a esta parte la atención al público se ha convertido en un trabajo desagradable e incluso peligroso por causa del comportamiento de una parte considerable del público (no son todos ni siquiera mayoría). la consecuencia es que los trabajadores huyen de ese trabajo que acaba atendido por los más novatos o los más torpes.Resumiendo, tenemos lo que merecemos, aunque paguen justos por pecadores.