El otro día, un vecino fue a una oficina, y el empleado de seguridad le dio un papel con el número de teléfono, pero le dijo que no llamar hasta principios de septiembre porque para agosto estaba todo lleno y hasta principios de mes no abrían las citas ¿? Me quedé a cuadros, y probé a pedirle cita por Internet y decía que no había citas libres en ninguna fecha. Aquí en Valencia hay esa situación, que supongo que se repite en el resto de España. Saludos
Has probado a hacerlo por la sede electrónica? Si vas allí, te cogen la documentación, la escanean y te dan el número de registro de entrada. No se quedan ningún documento, sino que te los devuelven. Saludos
Ten en cuenta que hay comunidades que para poder aplicar reducciones (una de las más habituales es por parentesco), exigen que la donación se realice ante Notario. Compruébalo en la normativa del impuesto en la Agencia Tributaria catalana.Saludos.
Tendréis que ir al Notario para formalizar la donación, y liquidar el impuesto en la hacienda de la comunidad en la que resida el receptor de la donación.Saludos.
Pues depende del destino, pagarás un impuesto u otro. Si es para comprarle un inmueble, coche, etc. , pagarás transmisiones. Si es una donación, él pagará impuesto de donaciones. Si es la liquidación de una herencia, Sucesiones. Si es una empresa y le compras algo, pagarás IVA. Si es un préstamo, tendrás que hacer un contrato y luego presentarlo en la Hacienda autonómica, aunque en este caso estará exento de impuesto.Saludos.
Tienes que declarar los intereses y retenciones en 2019, y en la declaración de 2020 tendrás que declarar la penalización, a compensar con rendimientos del capital mobiliario, o si no alcanzan, con gabachos y pérdidas patrimoniales con un límite. Saludos
Salvo mejor opinión, la plusvalía municipal se líquida en todas las transmisiones. Una vez realizada la transmisión, el propio ayuntamiento te suele hacer la liquidación. Saludos
Copiado de la web de la AEAT: " La deducción por maternidad será de hasta 1.200 € anuales por hijo menor de 3 años y se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos incluido el mes de nacimiento y no computando el mes de cumplimiento de los 3 años, "Por lo tanto, el mes de marzo no te entrará. No obstante, entiendo que como pones la fecha de nacimiento del niño en los datos personales, si marcases el mes de marzo, no lo computaría.Saludos.
Puedes ser que te hayan retenido menos que en años anteriores. Revisa tus datos fiscales, y si lo que te devuelven coincide con las retención de tus salarios, ese es el motivo. Podrías tener desgravaciones por alquiler, plan de pensiones, donativos, etc. Que no te iban a servir para devolverte más.